Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 2 - SECRETARIA, 19 de Marzo de 2018, expediente FSM 067487/2014/TO01

Fecha de Resolución19 de Marzo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 2 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 2 FSM 67487/2014/TO1 vos, 19 de marzo de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa nro. FSM 67487/2014/TO1 sobre la situación procesal de J.C.G..

Y CONSIDERANDO:

  1. que se requirió la elevación a juicio respecto de J.C.G. en orden a los delitos de expendio de moneda extranjera falsa en concurso ideal con estafa en grado de tentativa, los que a su vez concurren realmente con el delito de encubrimiento agravado por haber actuado con fines de lucro, y que los hechos atribuidos se habrían verificado el día 3 de diciembre de 2014.

  2. Que con fecha 16 de mayo de 2016 este tribunal resolvió

    suspender el proceso respecto de J.C.G. por incapacidad sobreviniente, disponiendo que sea examinado semestralmente por las autoridades del Cuerpo Médico Forense de la Justicia de la Nación, toda vez que el encartado presentaba un síndrome cerebral orgánico, deterioro cognitivo severo y esclerosis lateral amiotrófica, a causa del cual sus facultades mentales no encuadraban en la normalidad jurídica.

  3. Que en el último informe remitido por las autoridades de dicho cuerpo pericial, establecieron que el encartado presenta esa enfermedad autoinmune desde hace ya varios años atrás y que tal patología ha ido deteriorando su condición, causándole una parálisis de todo su sistema muscular esquelético hasta su presente situación, absolutamente dependiente y sin capacidad para siquiera hablar, postrado en silla de ruedas, totalmente pasivo, con dificultad para girar sus ojos, Fecha de firma: 19/03/2018 Firmado por: D.L.G., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: M.M.D.S., Secretaria de Cámara #28106010#201455723#20180319112750208 sin posibilidad de pronunciar palabras, prácticamente amímico, hipobúlico al extremo e hipotímico, con sus funciones psíquicas, tanto básicas como superiores, globalmente deterioradas, en grado profundo e irreversible, lo que afecta también su juicio crítico de realidad.

    Concluyendo que presenta un síndrome orgánico cerebral involutivo, condición que lo hace enfermo mental y anormal desde la perspectiva psicojurídica y que no se encuentra y, muy probablemente, nunca se encontrará en condiciones de ser sometido a juicio penal ni de concurrir a un juicio oral (fs. 459/460).

  4. Tras poner en conocimiento de la defensa lo informado por las autoridades del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional, a fs. 463/464vta., dicha parte solicitó el sobreseimiento del nombrado, en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR