Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 16 de Febrero de 2018, expediente FGR 083000804/2012/TO01/CFC017

Fecha de Resolución16 de Febrero de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FGR 83000804/2012/TO1/CFC17 REGISTRO N° 27/18 la ciudad de Buenos Aires, a los 16 días del mes de febrero del año dos mil dieciocho, se reúne la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal integrada por el doctor M.H.B. como P. y los doctores J.C.G. y G.M.H. como vocales, asistidos por el Secretario actuante, a los efectos de resolver los recursos de casación interpuestos a fs. 12.326/12.353, 12.354/12.384vta., 12.385/12.411 y 12.412/12.592vta., en la causa FGR 83000804/2012/TO1/CFC17 del registro de esta Sala, caratulada “CASTELLI, N.R. y otros s/recurso de casación”.

I. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén, provincia homónima, mediante sentencia del 30 de noviembre de 2016 (fs.

12.121/12.315), en cuanto aquí interesa, resolvió:

1) RECHAZAR la totalidad de los planteos propuestos por los letrados defensores vinculados a nulidades, inconstitucionalidades y excepciones.

2) CONDENAR a A.A.C., de condiciones personales obrantes en autos, a la pena de 6 AÑOS DE PRISIÓN, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas del proceso, por considerarlo PARTICIPE NECESARIO penalmente responsable de los delitos de: privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia (art. 144 bis -inciso 1, último párrafo- en función del art. 142 -inciso 1- del CP, t.o. ley 20.642), cometido en 4 oportunidad (CASOS: R.M.P., J.D.P., J.E.P. y J.A.P.); aplicación de tormentos agravada por resultar la víctima perseguido político (art. 144 ter -segundo párrafo- del CP, agregado por ley 14.616) cometido en 2 oportunidades (CASOS: R.M.P. y J.A.P.); todos concursan en forma real (arts.

5, 12, 29 –inc. 3-, 45, 55 CP; 399, 530, 531 y cc.

CPPN). ABSOLVER a A.A.C. en orden Fecha de firma: 16/02/2018 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CÁMARA DE CASACIÓN 1 Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA #16596506#198325246#20180215081625160 al delito de aplicación de tormentos agravada por resultar la víctima perseguido político (art. 144 ter -segundo párrafo- del CP, agregado por ley 14.616; 402 CPPN) (CASOS: J.D. y J.E.P..

3) CONDENAR a M.Á.C., de condiciones personales obrantes en autos, a la pena de 3 AÑOS DE PRISIÓN EN SUSPENSO, inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena, accesorias legales y costas del proceso, por considerarlo COAUTOR penalmente responsable del delito de: privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia (art. 144 bis -inciso 1, último párrafo- en función del art. 142 -inciso 1- del CP, t.o. ley 20.642; arts. 26 y 45 CP) cometido en 1 oportunidad (CASO: A.F. de MURPHY). ABSOLVER a M.Á.C. en orden al delito de aplicación de tormentos agravada por resultar la víctima perseguido político (art. 144 ter -segundo párrafo- del CP, agregado por ley 14.616; 402 CPPN) (CASO: A.F. de MURPHY).

4) CONDENAR a N.R.C., de condiciones personales obrantes en autos, a la pena de 5 AÑOS DE PRISIÓN, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas del proceso, por considerarlo PARTICIPE NECESARIO penalmente responsable de los delitos de: privación ilegal de la libertad agravada por su duración mayor a un mes (art.

144 bis -inciso 1, último párrafo- en función del art.

142 -inciso 5- del CP, t.o. ley 20.642) cometido en 1 oportunidad (CASO: L.L.) y aplicación de tormentos agravada por resultar la víctima perseguido político (art. 144 ter -segundo párrafo- del CP, agregado por ley 14.616) cometido en 1 oportunidad (CASO: L.L.); ambos en concurso real (arts.

5,12, 29 -inc 3-, 45 y 55 CP; 399, 530, 531 y cc.

CPPN).

5) CONDENAR a J.H.D.P., de condiciones personales obrantes en autos, a la pena de 10 AÑOS DE PRISION, inhabilitación absoluta y Fecha de firma: 16/02/2018 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CÁMARA DE CASACIÓN Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA #16596506#198325246#20180215081625160 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FGR 83000804/2012/TO1/CFC17 perpetua, accesorias legales y costas del proceso, por considerarlo PARTICIPE NECESARIO penalmente responsable de los delitos de: privación ilegal de libertad agravada por el empleo de violencia (art. 144 bis -inciso 1, último párrafo- en función del art. 142 -inciso 1- del CP, t.o. ley 20.642 y 21.338) cometido en 15 oportunidades (CASOS: J.D.P., J.E.P., J.A.P., R.M.P., A.F. de MURPHY, M.G., G.A.C., J.D., H.G.G., R.M., M.J.G., F.E.L., G.G., S.I.M. y L.V.); privación ilegal de la libertad doblemente agravada por el empleo de violencia y su duración por más de un mes (art. 144 bis -inciso 1, último párrafo- en función del art. 142 -incisos 1 y 5- del CP, t.o. ley 20.642 y 21.338) cometido en 3 oportunidades (CASOS: R.A.J., J.A.R. y L.L.); aplicación de tormentos agravada por resultar la víctima perseguido político (art. 144 ter -segundo párrafo- del CP, agregado por ley 14.616) cometido en 12 oportunidades (CASOS: R.A.J., J.D.P., J.E.P., J.A.P., L.L., R.N.S., M.G., J.L.O., J.A.R., G.G., S.I.M. y G.A.C.) todos ellos en concurso real (arts.5, 12, 29 -inc 3-, 45 y 55 CP; 399, 530, 531 y cc. CPPN).

ABSOLVER a J.H.D.P. en orden a los delitos de aplicación de tormentos agravada por resultar la víctima perseguido político (art. 144 ter -segundo párrafo- del CP, agregado por ley 14.616)

(CASOS: R.M.P., A.F. de MURPHY y F.E.L., y de abuso deshonesto y violación doblemente agravada por ser el encargado de la guarda y con el concurso de dos o más personas (art. 119 –inc. 3-, 122 y 127 CP; 402 CPPN) (CASO:

G.A.C.).

Fecha de firma: 16/02/2018 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CÁMARA DE CASACIÓN 3 Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA #16596506#198325246#20180215081625160 6) CONDENAR a R.A.G., de condiciones personales obrantes en autos, a la pena de 8 AÑOS DE PRISION, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas del proceso, por considerarlo PARTICIPE NECESARIO penalmente responsable de los delitos de: privación ilegal de libertad agravada por el empleo de violencia (art. 144 bis -inciso 1, último párrafo- en función del art. 142 -inciso 1- del CP, t.o. ley 20.642) cometido en 3 oportunidades (CASOS: J.D.P., J.E.P. y A.F. de MURPHY); privación ilegal de la libertad doblemente agravada por el empleo de violencia y su duración por más de un mes (art. 144 bis -inciso 1, último párrafo- en función del art. 142 -incisos 1 y 5- del CP, t.o. ley 21.338)

cometido en 1 oportunidad (CASO: R.A. JURE); aplicación de tormentos agravada por resultar la víctima perseguido político (art. 144 ter -segundo párrafo- del CP, agregado por ley 14.616) cometido en 3 oportunidades (CASOS: R.A.J., J.D.P. y J.E.P.); todos en concurso real (arts. 5, 12, 29 inc. 3, 45, 55 CP; 399, 530, 531 y cc. CPPN). ABSOLVER a R.A.G. en orden al delito de aplicación de tormentos agravada por resultar la víctima perseguido político (art. 144 ter -segundo párrafo- del CP, agregado por ley 14.616; art. 402 CPPN) (CASO: A.F. de MURPHY) […].

8) CONDENAR a O.A.L.C., de condiciones personales obrantes en autos, a la pena de 8 AÑOS DE PRISIÓN, inhabilitación por el doble del tiempo de la condena, accesorias legales y costas del proceso, por considerarlo PARTICIPE NECESARIO penalmente responsable de los delitos de:

privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia (art. 144 bis -inciso 1, último párrafo-

en función del art. 142 -inciso 1- del CP, t.o. ley 21.338) cometido en 4 oportunidades (CASOS: H.G., R.M., J.A.R. y Fecha de firma: 16/02/2018 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CÁMARA DE CASACIÓN Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA #16596506#198325246#20180215081625160 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FGR 83000804/2012/TO1/CFC17 Milton GOMEZ). ABSOLVER a O.A.L.C. en orden al delito de aplicación de tormentos agravada por resultar la víctima perseguido político (art. 144 ter -segundo párrafo- del CP, agregado por ley 14.616; art. 402 CPPN) (CASOS: J.A.R. y M.G.).

9) CONDENAR a S.M., de condiciones personales obrantes en autos, a la pena de 4 AÑOS DE PRISIÓN, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas del proceso, por considerarlo PARTICIPE NECESARIO penalmente responsable de los delitos de: privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia (art. 144 bis -inciso 1, último párrafo- en función del art. 142 -inciso 1- del CP, t.o. ley 20.642) cometido en 1 oportunidad (CASO: J.A.P.); aplicación de tormentos agravada por resultar la víctima perseguido político (art. 144 ter -segundo párrafo- del CP, agregado por ley 14.616) cometido en 1 oportunidad (R.M.P.); todos en concurso real (arts.

5, 12, 29 inc. 3, 45 y 55 CP; 399, 530, 531 y cc.

CPPN). ABSOLVER a S.M., de condiciones personales obrantes en autos, en orden a los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia (art. 144 bis -inciso 1, último párrafo- en función del art. 142 -inciso 1- del CP, t.o. ley 20.642) (CASO: J.D., J.E. y R.M.P.) y aplicación de tormentos agravada por resultar la víctima perseguido político (art. 144 ter -segundo párrafo- del CP, agregado por ley 14.616, art. 402 CPPN) (CASOS: J.E., J.A. y J.D.P..

10) CONDENAR a J.E.M.E., de condiciones personales obrantes en autos, a la pena de 10 AÑOS DE PRISION, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas del proceso, por considerarlo PARTICIPE NECESARIO penalmente responsable de los delitos de: privación ilegal de libertad agravada por el empleo de violencia Fecha de firma: 16/02/2018 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN...

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