Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4, 7 de Febrero de 2018, expediente FSM 029779/2014/TO01

Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4 29779/2014 -///Martín, 7 de febrero de 2018.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente expediente FSM 29779/2014/TO1 (registro interno 3250) en relación al dictado de pena única respecto de DYLAN IGNACIO CHARRAS.

RESULTA:

  1. Que a fojas 777/779 y 780/797 obra la sentencia dictada por este Tribunal con fecha 28 de abril de 2017 en la que se declaró responsable a D.I.C., condenándolo a la pena de cinco años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas del proceso, ello por resultar coautor penalmente responsable del delito de secuestro extorsivo agravado por haberse perpetrado contra una persona mayor de 70 años de edad y por el número de intervinientes, el que concurre en forma ideal con el de robo agravado por el empleo de armas de fuego –cuya aptitud para el disparo no pudo probarse por ningún medio- y por haber sido cometido en poblado y en banda -víctima Y.P.B.- (arts. 12; 45; 54; 55; 166, inciso segundo, tercer párrafo; 167, inciso segundo y 170, primer párrafo, incisos primero y sexto del Código Penal); y privación ilegítima de la libertad agravada Fecha de firma: 07/02/2018 Alta en sistema: 09/02/2018 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ALEJANDRO DE KORVEZ, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: S.I.I., SECRETARIA DE CAMARA #27712407#198196421#20180207165023963 por el uso de violencia -víctima D.O.P.L.-

    (arts. 12; 45; 54; 55; 142 inciso primero del Código Penal), hechos que concursan realmente entre sí.

    Asimismo, se impuso al encausado de mención la pena única de ocho años y tres meses de prisión, accesorias legales y costas procesales, comprensiva de la señalada precedentemente y la condena de tres años y seis meses de prisión impuesta a C. por el Juzgado de la Responsabilidad Penal Juvenil nro. 1 del Departamento Judicial La Matanza en el marco de la causa 2383/2014 (IPP 23937-14).

    Que con fecha 19 de diciembre del año próximo pasado, la Cámara Federal de Casación Penal resolvió por mayoría hacer lugar parcialmente a los recursos de casación interpuestos a fs. 802/814 y 815/826 vta., por la Asesora de Menores, doctora D.B., y por el Defensor Público Oficial, doctor L.S.M., en representación de D.I.C., y, en consecuencia, anular el punto dispositivo III de la sentencia recurrida –relativo a la imposición de pena única- y reenviar las actuaciones a este tribunal para que se dicte una nueva resolución conforme a derecho, mientras que por unanimidad dicho tribunal resolvió

    rechazar todos los restantes motivos de agravio.

    Dicho pronunciamiento se encuentra firme, por cuanto no fue interpuesto recurso extraordinario en su contra, habiendo Fecha de firma: 07/02/2018 Alta en sistema: 09/02/2018 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por...

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