Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL, 6 de Febrero de 2018, expediente CCC 073269/2015/TO01
Fecha de Resolución | 6 de Febrero de 2018 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 73269/2015/TO1 Buenos Aires, 6 de febrero de 2018.-
Y VISTOS:
Para redactar los fundamentos de la sentencia dictada el 28 de diciembre de 2017 en la causa N° 73.269/2015 (registro interno 4914) del registro del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nro. 19 de la Capital Federal, presidida por el suscripto, en presencia del Secretario de Cámara, Dr. P.F.M., remitida a juicio por el delito de lesiones graves contra L.B. (sin sobrenombres ni apodos, de nacionalidad argentina, titular del D.N.
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n° 23.464.702, nacido el 28 de octubre de 1973 en esta ciudad, hijo de L. y de M.E.L., casado, gasista matriculado y empleado bancario, estudiante de la Licenciatura en Administración de Empresas, con domicilio real en M. 2020, piso 1°, departamento “4”, y constituido en R.P. 336, piso 3°, oficina “302”, ambos de esta ciudad, identificado con P.. Pol. C.
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nro. 13.815.921, sin antecedentes condenatorios registrables).-
Intervienen en el proceso, el Sr. Fiscal General, Dr.
E.C.M., el Querellante Dr. A.A.L. junto con su letrado patrocinante Dr. J.A.H. y el Sr. Defensor Particular, Dr. D.M.G..-
RESULTA:
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REQUERIMIENTO.
Al comienzo de la audiencia de debate se dio lectura a los requerimientos de elevación a juicio formulados por la Querella Fecha de firma: 06/02/2018 Alta en sistema: 08/02/2018 Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: P.F.M., SECRETARIO DE CAMARA #28914712#197290002#20180206134515255 y el Sr. Fiscal de Instrucción, a fs. 136/138vta. y 140/142 respectivamente, en los que se tuvo por acreditado, con las exigencias de la primera etapa, el siguiente hecho:
Requerimiento de la Querella: “El hecho por el cual se le imputa a BARREIRA Leonel, consiste en que el día 13 de diciembre del 2015 a las 23:00 hs., en la calle M. al 2017, de esta ciudad, lesionó gravemente en el cráneo, la región facial, el hombro derecho y la región infraciliar izquierda a su vecino, A.A.L., tras golpearlo con el puño en el rostro y provocar que éste cayera contra el asfalto, provocándole graves lesiones, encontrándose sobradamente demostrado la existencia de una relación causal entre los golpes recibidos por el damnificado A.L. y las graves lesiones sufridas, consecuencia esperable y directa de aquellos”.-
Requerimiento Fiscal: “Imputo a L.B. el hecho acaecido el día 13 de diciembre del año 2015, siendo aproximadamente las 23.00 horas, en la vereda de la calle M. 2017, de esta ciudad, oportunidad en que lesionó gravemente en el cráneo, la región facial, el hombro derecho y la región infraciliar izquierda a su vecino, A.A.L., provocándole una fractura de piso de órbita izquierda, por la cual fue intervenido quirúrgicamente. Para ello, en momentos en que el nombrado se encontraba arribando a su domicilio -en aquella dirección- junto con su pareja la Sra. R.A. y sus hijos menores de edad -A.M. y L.U.- fue sorprendido imprevistamente por el encartado -quien habita en esa arteria a la Fecha de firma: 06/02/2018 Alta en sistema: 08/02/2018 Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: P.F.M., SECRETARIO DE CAMARA #28914712#197290002#20180206134515255 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 73269/2015/TO1 altura catastral nro. 2020-, quien mediante insultos y provocándose entre ambos una discusión por asuntos vinculados a sus vehículos, le propinó golpes de puño en el rostro, cayendo el damnificado al suelo, golpeándose su hombro derecho. Luego de ello, el sujeto se dio a la fuga en su rodado marca Chevrolet dominio LZC-797, que se encontraba allí estacionado. A los pocos minutos se presentó
allí, el Cabo de la P.F.A., P.B., quien observó que L. se encontraba con el rostro ensangrentado, tomándose el brazo derecho, por lo que fue internado en el Sanatorio de la Trinidad”.-
B) INDAGATORIA.
Luego de la apertura del debate y previo ser puesto en conocimiento de las disposiciones del art. 296 del C.P.P.N., L.B. fue invitado a prestar declaración indagatoria y manifestó:
Bueno, yo con esta persona tuve varios incidentes, varios altercados. El día del hecho puntualmente que se me está
imputando ocurre el día 13 de diciembre de 2015, yo arribo a mi casa alrededor de las 22:45 horas con mi señora, mis dos hijas y dejo el auto estacionado sobre la calle M. al 2042, del lado de mi vereda. Yo vivo del lado par y L. vive del lado impar.
Ingreso con mis dos hijas y mi señora a mi domicilio para ir a descansar y recuerdo que el lunes, como arrancaba la semana, yo en ese momento trabaja en Provincia de Buenos Aires y no tenía mucha nafta, le digo a mi señora voy a cargar nafta, ahora vengo.
Ella se dispone a acostar a las gordas, es ahí cuando bajo, llego a la Fecha de firma: 06/02/2018 Alta en sistema: 08/02/2018 Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: P.F.M., SECRETARIO DE CAMARA #28914712#197290002#20180206134515255 calle, me dirijo hacia mi auto donde estaba estacionado y es ahí
donde avizoro que del lado derecho, de la vereda impar, venían caminando L. y Aradas con un cochecito con menores de edad. En esa mirada, ellos comienzan a hacerme comentarios como ¿qué mirás?, ¿qué te pasa? y demás. Yo viendo que había tenido problemas con ellos, lo que atino es a contestarle ¿qué te pasa?, ingreso al auto, lo pongo en marcha y, como tenía un coche adelante, retrocedo para salir, siempre del lado de mi vereda. Es ahí
donde L. y A. se cruzan en diagonal dejando a los menores en la otra vereda, L. por el margen izquierdo del lado del acompañante golpeándome el auto, lo mismo A., golpeándome el techo con la mano y es ahí donde, estando arriba del auto, lo veo a L. parado en la vereda de M. 2032 y de fondo veo un vecino que, ante los gritos se asomó y se puso a mirar por la ventana, que es un vecino contiguo a donde yo vivo, M. 2020. Cuando intento salir lentamente adelante, un poco asombrado, A. se me pone adelante del auto impidiéndome que yo pudiera avanzar, con lo cual doy marcha atrás con el auto, hasta llegar al único lugar que había para estacionar, porque del lado de mi vereda son todas cocheras, de hecho yo estaba dando marcha atrás y saliendo de una cochera, termino estacionado en la vereda de enfrente, nunca impidiendo ninguna salida del garaje. Es ahí cuando L. con ánimo de invitarme a pelear, con gestos y ademanes, se para frente a la puerta del lado del conductor y Aradas viene por la vereda con los dos menores, los cuales los deja un poco más atrás del auto, a los gritos e insultos constantes.
Fecha de firma: 06/02/2018 Alta en sistema: 08/02/2018 Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: P.F.M., SECRETARIO DE CAMARA #28914712#197290002#20180206134515255 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 73269/2015/TO1 L. no se iba de mi puerta, no me dejaba bajar, atiné a bajar el vidrio pero como vi el nivel de agresividad que tenían y sin motivo, me llamaba bastante la atención, bajo el vidrio del lado del acompañante y Aradas empezó, ahí escuché claramente todos los insultos, me decía: hijo de puta, te voy a hacer mierda. Eran quejas, reclamos, que no se entendían cuáles eran, pero básicamente insultos y lo mismo L. del otro lado. Yo no quería bajar el vidrio porque claramente me iban a propinar un golpe. A. comenzó a patear la puerta del lado del acompañante al mismo tiempo que me escupía para adentro del auto. En eso L. se retira de la puerta y ahí yo logro bajar del auto y un poco entender qué era lo que estaba pasando, por qué esa reacción y violencia, si bien yo sabía que había un problema previo con estos dos vecinos.
Es ahí donde L. se me tira encima, me propina un golpe en el pómulo, me agarra de la remera y me quiere agarrar del cuello, ahí
trato de sacármelo de encima y es ahí donde hubo un intercambio de golpes. En eso, L. se va para atrás, yo me quedo en mi lugar y ahí es donde vuelve con la embestida, quedamos los dos tomados del brazo y en un giro yo, con toda la intención de sacármelo de encima y no continuar con la situación, rotamos, rotaron los dos cuerpos y él se termina cayendo al asfalto. La verdad que no puedo ver si él se golpea o no, no podría asegurar eso, él cayó en lo que usualmente se dice como en cuatro patas y logré ver que se reincorporaba. Como yo tenía el coche en marcha, vuelvo a mi auto, tenía un coche pegado adelante y lo que intento es acomodarlo y obviamente apagarlo. Es ahí donde escucho a Fecha de firma: 06/02/2018 Alta en sistema: 08/02/2018 Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: P.F.M., SECRETARIO DE CAMARA #28914712#197290002#20180206134515255 Aradas gritando: ¡hijo de puta, me quiere pisar a mi hijo!, yo no veo al hijo de ella. Los chicos de ella en ese momento yo creo que tendrían entre un año y dos años y medio. Atento a esa situación de que ella comenzó a los gritos, primero dijo me lo pisó, yo ahí me asusté, entonces rápidamente puse marcha para adelante casi tocando el coche que tenía adelante y apagué el auto. Después me di cuenta que muy lejos estuve de haberle pisado al hijo y no solo eso, sino que ella lo saca del cochecito al hijo y ante la situación del hecho, el hijo va en busca del padre. Yo esa secuencia no la veo, porque la altura del conductor no me permitía ver a un chico de esa altura, pero atento a los gritos que pegaba A. yo un poco aturdido, atemorizado y de alguna manera previendo que podía suceder algo peor, apagué el coche y me quedé quieto. Es ahí
donde bajo, L. se retira de la escena y Aradas pasa por detrás del auto nuevamente con una embestida hacia mí, devuelta insultándome y diciéndome de todo, yo obviamente contestándole.
Ahí es cuando me retiro y me voy a la vereda de mi domicilio y subo. Quería aclarar algo que omití, en el momento en que estaba frente a mi domicilio, L. estaba parado y no me dejaba bajar...
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