Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL, 4 de Diciembre de 2017, expediente CCC 032750/2017/TO01
Fecha de Resolución | 4 de Diciembre de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 32750/2017/TO1 Buenos Aires, 4 de diciembre de 2017.
VISTA:
Para dictar sentencia en esta causa n°
32.750/2017 (n° interno 5485) seguida a G.E.N. -argentino, nacido el 11 de marzo de 1993 en Moreno, Provincia de Buenos Aires, hijo de N.B.N., titular del D.N.
-
n°
37.425.181, con domicilio real en la calle Consejal Tribulato 5459, S.M., Provincia de Buenos Aires, e identificado con prontuario de la Policía Federal Argentina legajo serie R.H. n°
299.238-. De la cual, RESULTA:
A fojas 105/106 se incorporó el pacto de juicio abreviado suscripto por el F., doctor A.Y., y por el imputado G.E.N., asistido por su defensora, la doctora G. de Dios, titular de la Defensoría Oficial n° 15.
Se tomó conocimiento personal del justiciable –
ver acta de foja 108- y la causa ha quedado en condiciones de recibir pronunciamiento definitivo.
Y CONSIDERANDO:
la conducta atribuida.
En el convenio, el acusador se remitió a la imputación formulada en el requerimiento fiscal de elevación a juicio de fojas 58/60, en el cual se atribuye a N.:
“...haber intentado apoderarse ilegítimamente, mediante fuerza en las cosas, de la bicicleta de color azul, marca Fecha de firma: 04/12/2017 Alta en sistema: 06/12/2017 Firmado por: R.A.O., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #30168031#195130240#20171206142045004 “MAZZI”, propiedad de E.G.F., el día 30 de mayo de 2017, alrededor de las 17:15 horas, en circunstancias en que la misma se encontraba atada mediante una linga a un poste de luz sito en la intersección de la Avenida Córdoba y Cerrito de esta ciudad. Concretamente, en dichas circunstancias de tiempo y lugar, se acercó a la referida bicicleta y forzó con herramientas la linga con que la misma estaba atada, logando cortarla, circunstancia que fue advertida por el sargento A.M.R. y el Cabo 1° D.B., quienes le dieron la voz de alto, ante lo que N. se dio a la fuga, siendo perseguido, hasta que se logró su detención la calle Libertad, llegando a su intersección con la calle V....”.
Con respecto a la prueba, la remisión fiscal a la requisitoria de elevación a juicio, abarca:
1) Las declaraciones testimoniales: a) del damnificado E.G.F., de foja 10 y b) del personal policial que intervino en el procedimiento: el sargento A.M.R., de fojas 1/2, del inspector C.G.G. y del cabo 1° D.B., de foja 8.
2) Las actas de detención y secuestro de fojas secuestro de fojas 3 y 4, las cuales fueron suscriptas por los testigos A.S.M.A. y D.A.P., quienes la ratificaron a fojas 5 y 6, respectivamente.
3) el inventario de la bicicleta secuestrada, obrante a foja 17.
Fecha de firma: 04/12/2017 Alta en sistema: 06/12/2017 Firmado por: R.A.O., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #30168031#195130240#20171206142045004 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 32750/2017/TO1 4) Las impresiones fotográficas de los elementos incautados de fojas 34/35.
5) El informe técnico de foja 32, que dice: “...se trata de una bicicleta rodado 26 MTB, con cambios, marca MAZZI, en buen estado de conservación, con un valor en plaza de $8.000 aproximadamente...”.
6) El informe técnico de foja 33, que dice: “...se trata de un cortapernos de 24¨ (pulgadas) con empuñadura de plástico en estado regular de uso y con un valor aproximado de $700, una cadena con eslabón cortado de 50mm, recubierta en tela sin valor comercial y un candado de 60mm, procedente de China, sin llave, sin valor comercial; una caja de cartón de 50x50 cm, en regular estado sin valor comercial...”.
La prueba colectada y el reconocimiento de los hechos...
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