Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 23 de Noviembre de 2017, expediente CCC 039531/2014/TO01

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 39531/2014/TO1 CAUSA n°5017 – estupro en concurso real con promoción o facilitación a la corrupción de menores TOC N° 27 Buenos Aires, 23 de noviembre de 2017.

Y VISTOS:

Reunidos los Sr. Jueces del Tribunal Oral en lo Criminal n° 27, integrado por los doctores J.H.R., J.E. de la Fuente y F.M.S., con la presencia de la Señora Secretaria, I.M.B., para dictar sentencia en la causa n°5017 seguida a E.D.S. (argentino, nacido el 15 de abril de 1991 en esta ciudad, hijo de R.R.S. y de F.C.C., con domicilio en Necochea n°593 La Tablada, Provincia de Buenos Aires, identificado mediante DNI n°35.682.862, Expte. de Reincidencia n°02935523, P.. Pol. Serie AGE 194.377) en orden al delito de estupro en concurso ideal con promoción o facilitación a la corrupción de menores.-

RESULTA:

Que de conformidad con los argumentos de hecho y de derecho expresados en la presentación de fs. 488, la Fiscalía, contando con el consentimiento expreso del imputado en lo que al respecto le es requerido por la ley, y actuando éste con la asistencia letrada del doctor P.O., solicitó la tramitación de las Fecha de firma: 23/11/2017 Alta en sistema: 11/12/2017 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28878256#189018914#20171211115004317 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 39531/2014/TO1 presentes actuaciones bajo las reglas del juicio abreviado, de conformidad con las previsiones del art. 431 bis del C.P.P.N..-

Que atento ello, el Tribunal tomó conocimiento “de visu” del imputado, según surge del acta de fs. 489.-

En consecuencia, encontrándose reunidos los requisitos objetivos y subjetivos requeridos, corresponde proceder de conformidad con lo dispuesto por los arts. 431 bis apartados 3 y 5 del CPP y dictar la sentencia, rigiendo el art. 399 C.P.P.N.-

REQUERIMIENTO FISCAL DE ELEVACIÓN A JUICIO:

Conforme surge del requerimiento fiscal de fs.

420/430 suscripto por el doctor A.G. de la Fuente, a cargo de la Unidad Fiscal para la Investigación de delitos contra la Integridad Sexual de Niñas y Niños, al momento de describir el hecho que se le imputa a E.D.S. refirió lo siguiente:

…haberse aprovechado de la inmadurez sexual de A.................... (5/8/1998), cuando ésta contaba con 15años de edad y quien padece un retraso madurativo leve, para seducirla y lograr mantener relaciones sexuales con la menor, a la que accedió carnalmente vía vaginal en una oportunidad, siendo que tales maniobras tuvieron entidad suficiente para impactar en el desarrollo psico-sexual de la joven.

Dicho episodio de connotación sexual, que fuere precedido por una serie de contactos promovidos por el acusado Fecha de firma: 23/11/2017 Alta en sistema: 11/12/2017 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28878256#189018914#20171211115004317 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 39531/2014/TO1 vía Facebook y telefonía celular, se produjo el día sábado 28 de junio de 2014, en el interior de un hotel alojamiento ubicado en el barrio de Liniers, de esta ciudad, en horas de la tarde, con posterioridad a las 13 horas.

Destáquese que la investigación se inició a raíz de la denuncia radicada por la progenitora de A...................., en tanto ésta le había manifestado unos días atrás que […] a través de F. había conocido a un hombre […] y acordado un encuentro […] llevándola entonces a un hotel alojamiento […]

que en dicho albergue transitorio […] tuvo relación sexual con acceso carnal con DOMINGO SOLIS.

El requerimiento calificó la acción como configurativa del delito de estupro en concurso ideal con la figura de promoción o facilitación a la corrupción de menores, en calidad de autor (citó

los artículos 45, 55, 120 y 125 del Código Penal de la Nación).

PRUEBAS:

Los elementos de convicción con que se cuenta en la causa son los siguientes:

-Declaración de A.B.A...................., de fs.

3/4, de la cual surge que es la mamá de A.................... B.A...................., quien padece un retraso madurativo, emocional e intelectual, por lo que posee certificado de discapacidad y cursa segundo año en la escuela con sistema de integración llamada “Canto a la Vida”, sita en la calle L. n°3118 de esta ciudad. Que su hija, por la deficiencia que padece, asiste a una Fecha de firma: 23/11/2017 Alta en sistema: 11/12/2017 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28878256#189018914#20171211115004317 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 39531/2014/TO1 psicóloga integradora llamada M.C.M., a la cual concurre los días martes, miércoles y viernes. Que el sábado 28/6/2014 su hija asistió al consultorio, para recuperar un turno del día martes, en el horario de 11.30 a 12.45 horas. Entre las 14.30 y 15.00 horas, como su hija no regresaba la llamo al teléfono celular en reiteradas oportunidades. Al no ser contestadas las llamadas se comunicó con la psicóloga, que le dijo que A.................... ya se había ido del consultorio y además le había mandado un mensaje de que había llegado a su casa. Entonces llamó a su hija nuevamente y como no le contestaba se comunicó con la psicóloga que le dijo que en la sesión A.................... le había dicho que conoció a una persona por F., que la iba a pasar a buscar por el consultorio, por lo que ella la desalentó de esta para que no concrete el encuentro logrando que la niña le envíe un mensaje de texto a la persona, además la acompañó al terminar la sesión a dar una vuelta y al supermercado asegurándose que nadie la siguiera.

Es así que siendo entre las 17.00 y 18.00 horas A....................

regresó a su casa y al preguntarle a donde había ido le contestó que estuvo mirando regalos para una amiga, que paso por lo de otra amiga y se asustó por lo que regresó a su casa. Al resultarle extrañas esas explicaciones, por no ser jamás el modo de actuar de su hija, quien además le dijo que quería bañarse, la siguió

cuestionando sobre el tema su hija se mostró esquiva y ofuscada, no respondió sus preguntas. Al día siguiente, el domingo, después del mediodía, A.................... le contó que el jueves 26/6/2014, a Fecha de firma: 23/11/2017 Alta en sistema: 11/12/2017 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28878256#189018914#20171211115004317 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 39531/2014/TO1 través de F., había conocido a un hombre con quien intercambió varios mensajes y acordó un encuentro para el día siguiente a la salida de la escuela. Agregó que el hombre posee una cuenta en Facebook en la que se da a conocer como D.S.. El día viernes 27/6/2014 a la salida del colegio, el hombre se encontraba allí porque lo reconoció por la foto del Facebook, pero se asustó porque le pareció que tenía más de 20 años, por lo que se escondió y se fue a lo de su psicóloga integradora. Entre el día lunes 30/6/2014 y 1/7/2014 su hija le contó que el mismo viernes, conversó por Facebook o por teléfono con D.S. y acordaron un nuevo encuentro para el día siguiente a la salida del consultorio de la psicóloga. Ésta intentó convencerla de que el encuentro no se produzca, pero cuando salió del consultorio se fue para la parada del colectivo 117, sita en la intersección de Acasusso y L., donde llamó a D.S. y lo esperó

en el lugar. Una vez que llegó se fueron juntos al Shopping de Liniers y almorzaron en “Burger King”, luego le dijo que fueran...

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