Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 4, 28 de Noviembre de 2017, expediente CFP 003065/2017/TO01

Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 4

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 4 CFP 3065/2017/TO1 tifico: en cuanto ha lugar y por derecho que el día de la fecha se recibieron, provenientes del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 5, Secretaría Nº 10, un incidente de embargo de A.D. en 4 fojas, un incidente de entrega de bienes registrables del nombrado en 11 fojas y un sobre identificado como “Informe Pericial nro. 252/2017” de la División Scopometría de la Superintendencia de Policía Científica de la P.F.A. que contiene una Licencia Nacional de Conducir de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, clase A3, Nº 38.154.104, a nombre de A.D.. Secretaría, 28 de noviembre de 2017.

P.J.K.S.B.A., 28 de noviembre de 2017.

T. presente el certificado que antecede, hágase correr por cuerda los incidentes y resérvese en secretaría lo detallado.

Pasen los autos a despacho para resolver el planteo del señor fiscal de fs. 101.

M.G.L.I. JUEZ DE CÁMARA Ante mí:

P.J.K.S.F. de firma: 28/11/2017 Alta en sistema: 04/12/2017 Firmado por: N.G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.G.L.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.J.K., SECRETARIO DE JUZGADO #30900793#194455234#20171130105948162 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 4 CFP 3065/2017/TO1 Buenos Aires, 28 de noviembre de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Fecha de firma: 28/11/2017 Alta en sistema: 04/12/2017 Firmado por: N.G.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.G.L.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.J.K., SECRETARIO DE JUZGADO #30900793#194455234#20171130105948162 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 4 CFP 3065/2017/TO1 Para resolver sobre la competencia de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 4 para intervenir en la presente causa Nº 2575 (CFP 3065/2017/TO1) caratulada “D., A. s/

falsificación de documentos públicos”.

Y CONSIDERANDO:

I. Que a fs. 91/3, el fiscal ante la instrucción requirió la elevación de la presente causa a juicio por encontrar mérito suficiente para imputar a A.D. el delito de uso de documento público adulterado en calidad de autor (arts. 296 en función del 292, párrafos 1° y 2°, y 45 del Código Penal).

Puntualmente, le atribuyó haber falsificado y/o haber participado en la falsificación de la Licencia Nacional de Conducir de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 38.154.104, clase A3, a nombre de A.D. –falsa–, la cual fuera exhibida y secuestrada por...

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