Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA, 7 de Noviembre de 2017, expediente FRE 005718/2014/TO01/CFC001
Fecha de Resolución | 7 de Noviembre de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA |
Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes En la ciudad de Corrientes, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los seis (6) días de Noviembre del año dos mil diecisiete, se reúne y constituye en la sala de acuerdos y deliberaciones del Cuerpo, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, bajo la presidencia del señor Juez de Cámara, doctor V.A.A., e integrado por los señores Jueces de Cámara, doctora L.M. ROJAS de BADARÓ y FERMÍN AMADO CEROLENI, asistidos por la Secretaria autorizante, doctora S.B.C., para dictar sentencia por el PROCEDIMIENTO DE JUICIO ABREVIADO en la causa Nº FRE 5718/2014/TO1, caratulada: “B., D.J. -L., J.D. -Z., R.T. -O., G.A. y Otro S/
Infracción Ley 23.737”, en la que intervienen la señor F.S. por ante el Tribunal, doctora G.L.B. en representación del Ministerio Público Fiscal, la señora F.S.G.L.B.; los señores defensores particulares, doctores O.R.H. y C.M.; M.A.; C.M. y A.V.; y el señor Defensor Público Oficial por ante el Tribunal, doctor MARIO ENZO DI TELLA y los imputados: D.J.B., D.N.
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Nº 20.373.635, de nacionalidad Argentina, de 49 años de edad, casado, nacido en la ciudad de Corrientes, capital, el 05 de Julio de 1968, domiciliado en la calle Las Heras de la ciudad de su nacimiento, sabe leer y escribir y es hijo de C.B. y de F.L.C.; J.D.L., D.N.
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Nº 11.465.200, de nacionalidad Argentina, de 72 años de edad, soltero, nacido en la ciudad de Corrientes, capital, el 23 de Octubre de 1954, domiciliado en calle Milán Nº 2600 de la ciudad de su nacimiento , sabe leer y escribir y es hijo de M.L. y de M.G.B.; R.T.Z., D.N.
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Nº 17.450.483, de nacionalidad Argentina, de 52 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación técnico mecánico, nacido en la ciudad de Goya, provincia de Corrientes, el 28 de Mayo de 1965, domiciliado en el barrio “335 Viviendas”, manzana “R1”, parcela 16 de la ciudad de su nacimiento, sabe leer y escribir y es hijo de T.C.Z. y de A.B.A.; G.A.O., D.N.
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Nº 28.444.061, de nacionalidad Argentina, de 49 años de edad, casado, de ocupación técnico en telefonía, nacido en la ciudad de 05 de Julio de 1968 en la ciudad de Corrientes, domiciliado en calle R. Nº 1988, de la ciudad de su nacimiento, sabe leer y escribir y es hijo de V.O. y de S.B. y G.D.M., D.N.
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Nº 30.359.345, de nacionalidad Argentina, de 34 años de edad, de estado civil soltero, nacido en la ciudad de Corrientes, capital el 19 de Junio de 1983, domiciliado en el barrio Ex Aero Club “215 Viviendas”, manzana “F”, casa 29 de la ciudad de su nacimiento, sabe leer y escribir, y es hijo de M.Á.M. y de Y.T.A..-
Fecha de firma: 07/11/2017 Firmado por: V.A.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M. ROJAS DE BADARO , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.B. CAMPOS #28947765#192542299#20171106113041914 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Seguidamente el Tribunal tomó en consideración las siguientes:
Cuestiones:
Corresponde admitir el Procedimiento de Juicio Abreviado solicitado por las partes?
Está probado el hecho y la participación de los imputados?
Qué calificación legal cabe aplicar y en su caso qué sanción corresponde?
Corresponde la imposición de costas y regulación de honorarios profesionales?
Practicado el sorteo correspondiente, resulta que los señores magistrados fundarán su voto en el siguiente orden: D.F.A.C. -D.V.A.A. –D.L.M. ROJAS de BADARÓ. –
A la primera cuestión, el doctor F.A.C. dijo: Que con la lectura del Requerimiento de Elevación de la causa a Juicio formulado por el señor Fiscal Federal del Juzgado Federal de la ciudad Resistencia, provincia del Chaco, doctor P.S., -instrumento que luce a fs. 2903/2912 de autos-, se inauguró la audiencia en la que inmediatamente después la señora F.S., doctora G.L.B., manifestó que el Ministerio Público Fiscal al que representa arribó a un acuerdo con los señores defensores particulares, el señor Defensor Público Oficial y los imputados en la presente causa, por el cual las partes intervinientes pretenden someter el presente proceso a las reglas del Procedimiento de Juicio Abreviado, previsto por el artículo 431 bis del Código Procesal de la Nación.-
Que en la pieza acusatoria de mención, se relata que las actuaciones se iniciaron en fecha 23 de Junio de 2014, toda vez que en ese momento el departamento de “Drogas Peligrosas” de la policía de la provincia del Chaco había obtenido datos en relación a la existencia de una red dedicada a la venta de estupefacientes. Ya en el marco de la investigación iniciada por tal motivo, se intervinieron diversas líneas telefónicas por las que se lograron escuchas, cuyos resultados, sumados a las tareas de prevención e inteligencia desplegadas por la fuerza de seguridad, permitieron determinar el “modus operandi” para el traslado y distribución del estupefaciente, por lo que, entre la serie de medidas que adoptó la Magistratura, se procedió a requerir la extensión de la jurisdicción a la provincia de Corrientes, realizándose un procedimiento el día 26 de Septiembre de 2014, a la hora 04:00 aproximadamente, ocasión en la que, en el puesto de control Policial del departamento de Empedrado, ubicado sobre la ruta Nacional Nº 18 de la provincia de Fecha de firma: 07/11/2017 Firmado por: V.A.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M. ROJAS DE BADARO , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.B. CAMPOS #28947765#192542299#20171106113041914 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Corrientes, se procedió al control de dos (2) vehículos: un (1) utilitario marca Volkswagen, modelo “Saveiro”, dominio “LUE-718”, que conducía en la emergencia un ciudadano que fue identificado como D.J.B., secuestrándose de la parte trasera del mismo al abrir las puertas, -en el marco del registro ante testigos hábiles-, cincuenta y un (51) paquetes de formatos regulares, tipo “ladrillos” cubiertos con papel aluminio y film transparente; asimismo se verificó en el lateral derecho, la cantidad de sesenta y seis (66) formatos de iguales características que el anterior.
Siguiendo con el registro, en el otro lateral se determinó la existencia de sesenta y cinco (65) panes más, con sustancia vegetal similar a la que contenían los aludidos; lo que contabilizados sumaron un total de ciento noventa y un (191) “panes” de sustancia vegetal, arrojando un pesaje de ciento tres kilos con ciento sesenta y ocho gramos (103,168 kg).-
Que del registro del otro rodado demorado, -marca Fiat, modelo “Uno”, dominio colocado “KAM-287”-,cuyo conductor a la postre resultó ser J.D.L.-, se secuestraron veintidós (22) envoltorios que fueron hallados debajo de los asientos traseros, y estaban cubiertos por cinta de embalar color transparente y papel de aluminio plateado; asimismo del citado sector del rodado, precisamente del respaldo trasero se secuestraron veinticinco (25) paquetes de iguales características a los anteriores. En la continuidad del registro del vehículo citado, -que como en el caso del rodado anterior, se realizó con la presencia de testigos hábiles convocados al efecto- debajo de la alfombra del asiento trasero se hallaron veintiséis (26) panes más, similares a los aludidos; siguiendo con la medida, en el armazón metálico de los asientos delanteros y debajo de la alfombra se encontraron treinta y seis (36) paquetes; asimismo en el panel de la puerta trasera del lado del conductor, se hallaron dieciséis (16) paquetes, en tanto en el panel de la puerta restante se encontraron quince (15) formatos más; los que contabilizados arrojaron un total de ciento cuarenta paquetes de sustancia vegetal y con un peso de noventa y cuatro kilos con quinientos seis gramos (94,506 kg.), y sometidos al test orientativo, dieron resultado positivo para la variedad “Cannabis Sativa” (marihuana).-
Asimismo, en tal oportunidad se dejó constancia, que al momento de proceder a la detención de los dos (2) vehículos, un tercer rodado dominio “KGD-494” se aproximaba al operativo, y al advertir la presencia policial se dio a la fuga sin lograr ser alcanzado. Por ese motivo el día 26 de Septiembre de 2014, se allanó el inmueble ubicado en la manzana R1, parcela 16, del barrio “335 Viviendas” de la ciudad de Corrientes, lugar en el que residía R.Z., no secuestrándose elementos de interés en dicha oportunidad.-
Por otra parte y en la continuidad de la tarea investigativa en fecha 17 de Abril Fecha de firma: 07/11/2017 Firmado por: V.A.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M. ROJAS DE BADARO , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.B. CAMPOS #28947765#192542299#20171106113041914 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes de 2015, el departamento de “Drogas Peligrosas”, efectivizó -a pedido de la Magistratura- un procedimiento llevado a cabo en la calle V.S. al 1700 aproximadamente, y que culminara con la detención del ciudadano G.D.M. (Confr. fs. 848/850 y vta.).
La mentada red estaba también integrada amén del nombrado Z., por G.A.O. quien prestó colaboración indispensable en el traslado de la sustancia estupefaciente. Se constató que el primero de los nombrados el día 25 de Septiembre de 2014, salió de su domicilio a las 20:30, se dirigió a la casa de Osuna, luego de dialogar con éste, tomó rumbo al puente interprovincial “M.B.”, retornando a Corrientes a la hora 00:10, para luego dirigirse al domicilio de M., lugar en el que se hallaba estacionado el vehículo con el dominio colocado “LUE-718”, posteriormente conducido por B. y secuestrado con la sustancia estupefaciente.-
Se pudo verificar asimismo que ese mismo día (25 de Septiembre de 2014), en momentos previos al procedimiento, OSUNA salió de su domicilio ubicado en Calle Resoagli Nº 1988 de esta ciudad de Corrientes a bordo de un rodado, dominio colocado...
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