Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 9 DE LA CAPITAL FEDERAL, 20 de Octubre de 2017, expediente CCC 016264/2017/TO01

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 9 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 9 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 16264/2017/TO1 Buenos Aires, 20 de octubre de 2017.

Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la causa nro. 5656 (registro de origen nro. 16.264/2017) en trámite por ante este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 9, en presencia de la Secretaria, M.V.R., elevada a juicio por el delito de robo en grado de tentativa, contra M.C.G. -argentino, nacido el 7 de mayo de 1965 en esta ciudad, hijo de D.C. y de M.T.D., identificado con Documento Nacional de Identidad nro. 31.650.816, con legajo serie R.H. nro. 272.239 de la Policía Federal Argentina, con domicilio en la Villa 1-11-14, manzana X, casa X de esta ciudad, parroquia Santa María Madre del Pueblo, H.C.O., de esta ciudad-. Intervienen en el proceso representando al Ministerio Público Fiscal, la Dra. A.H.D.C., y en la defensa del procesado, el Defensor Público Coadyuvante, Dr. G.D., en representación de la Defensoría Pública Oficial n° 5 ante los Tribunales Orales.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el agente fiscal requirió la elevación a juicio de la causa n° 5656 (cfr. fs. 155/156) en los siguientes términos:

    “Se imputa a M.C.G. haber intentado sustraer, mediante el empleo de violencia, una mochila color negra que en su interior contenía un short color negro y un cinturón del mismo color, propiedad de R.B.V..-

    El suceso en cuestión tuvo lugar el día 17 de marzo de 2017, Fecha de firma: 20/10/2017 Firmado por: F.R.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.V.R., SECRETARIA DE CAMARA #30148407#190977231#20171020110747423 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 9 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 16264/2017/TO1 siendo aproximadamente 00.30 horas, en la intersección de las calles Del Barco Centenera y C., de esta Ciudad.-

    En esa ocasión, la damnificada se encontraba circulando por la calle C. cuando se le acercó el imputado, quien venía persiguiéndola por aproximadamente dos cuadras y sin mediar palabra, le arrebató de un tirón la mochila que llevaba en su espalda, dándose a la fuga en dirección a la calle M. de este medio.-

    Seguidamente,

  2. observó un móvil policial –perteneciente a la Comisaría de la Comuna 4 de la Policía Metropolitana – que circulaba por la zona, a quien dio aviso sobre lo acontecido, aportándole las características del sujeto. Después de ello, los efectivos policiales lograron, luego de una persecución, aprehender al encartado a 200 metros del lugar del hecho, donde procedieron a la detención del mismo secuestrando en su poder los objetos que la víctima reconoció como de su propiedad y otros elementos – cuyo origen por el momento desconoce y se investiga, a saber: una mochila color negra símil cuerina, seis billetes similares a los cien pesos con la leyenda “sin valor legal”, dos billetes de diez pesos, una moneda de dos pesos, una moneda de un peso, un billete de un dólar, dos municiones calibre 9mm marca Luger, una de ellas troncocónica y la otra ovijal, un teléfono celular marca “Nokia” – modelo 302 – color blanco, un teléfono celular marca “Samsung” – modelo GT-M2310, de color azul y negro, un cuchillo de cocina tipo tramontina con mango de madera y hoja de aproximadamente diez centímetros de largo, seis tarjetas SUBE números 6061 2680 0678 7804; 6061 2680 5873 0009; 6061 2671 8857 0095, 6061 2670 2802 6761, 6061 2680 4867 4044 y 6061 2680 3715 9148, un reproductor de MP marca “M. – G” de color negro, una batería marca “Nokia – BL”, color negro, un short corto de color negro con vivos rojos y logo similar al de la marca “Nike”, una gorra de color azul con la inscripción “NY”, un bolso de color azul material similar al nylon con cierre color blanco e inscripción “IC”, un cinturón color negro símil cuero, un auricular marca “Samsung” – color blanco – una billetera de color gris.-”

    Calificó el hecho como constitutivo del delito de robo en grado de tentativa por el que M.C.G. debe responder en calidad de autor (arts. 42, 45 y 164 del Código Penal).

    A fs. 176 se presentó la Señora Fiscal solicitando que se Fecha de firma: 20/10/2017 Firmado por: F.R.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.V.R., SECRETARIA DE CAMARA #30148407#190977231#20171020110747423 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN...

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