Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA, 19 de Octubre de 2017, expediente FRO 086000334/2011/TO01

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 86000334/2011/TO1 (GF)

Sentencia N° 98/17.

Santa Fe, 19 de octubre de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Estos caratulados “ DUBARRY, MIGUEL GUSTAVO –

CLERC, CARLOS MARIO s/ defraudación en perjuicio de la Adm. Pública" -Expte. N° FRO 86000334/2011/TO1-; de entrada ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe; de los que, RESULTA:

Que habiendo finalizado la deliberación prevista en el art. 396 del CPPN, corresponde al Tribunal pronunciarse, por orden de voto de sus integrantes, sobre todas las cuestiones que han quedado planteadas en el contradictorio, de conformidad a lo que prescriben los arts. 398 y 399 del Código Procesal Penal de la Nación.

El Dr. L.H.L. dijo:

  1. Se inician las presentes con motivo de la denuncia realizada ante la Fiscalía Federal de Santa Fe por el Subsecretario Legal del Ministerio de Economía y Fecha de firma: 19/10/2017 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #24710305#191453308#20171019171227051 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 86000334/2011/TO1 (GF)

    Producción de la Nación, O.S., y elevada al Juzgado Federal en turno en fecha 21 de octubre de 2005.

    El funcionario expresó que habían detectado graves irregularidades en la tramitación de medidas cautelares en la jurisdicción federal de esta provincia, entre las que mencionó la causa “B., F. y otro c/ Estado Nacional (PEN-ME) s/ Amparo ley 163986 y medida cautelar” Expte. N° 273/2004, que tramitaba ante la Secretaría de Leyes Especiales del Juzgado Federal N°

    1. Refirió que en esas actuaciones se dicto una medida cautelar contra el Estado Nacional, suspendiendo la aplicación del decreto 471/02 y demás normas, y ordenando se abstenga de pesificar los Bonos de la deuda pública BOCON PRE

  2. U$S 2da. (CG) obrantes en la cuenta comitente N° 1891 de la Caja de Valores, conforme certificado N° 33543, depositante N 154, a nombre de F.B. y M.G.D., debiendo entregarse a los nombrados en forma conjunta o indistinta las sumas correspondientes a capital, amortización y/o rentas o intereses originados en esos títulos. Manifestó

    que de la compulsa de los antecedentes respectivos surgió

    que los activos reclamados ingresaron al patrimonio de Fecha de firma: 19/10/2017 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #24710305#191453308#20171019171227051 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 86000334/2011/TO1 (GF)

    los accionantes mucho tiempo después de que el Estado Nacional dispusiera el diferimiento del pago de la deuda pública soberana (31/12/01) y de la sanción del decreto 471/12.

    Recibida la presentación, el Juez Federal N° 1 de ésta se excusó de tomar intervención –en virtud de haber intervenido en la acción de amparo referida- y remitió las actuaciones al Juzgado Federal N° 2, de acuerdo a lo prescripto por el art. 30 del CPCC.

  3. En fecha 2 de febrero de 2006 compareció

    el señor S. y ratificó su denuncia, aclarando que se trata de bonos adquiridos por los actores con posterioridad al default, y presentados en juicio amparándose en excepciones que habían sido conferidas para tenedores de bonos al 31 de diciembre de 2001.

    Aseveró que el perjuicio para el Estado y el beneficio indebido para los accionantes surge de las circunstancias de obtención de esos bonos a un precio sumamente inferior a su valor nominal.

    A fs. 31/44 se agregó copia certificada del informe efectuado por el cuerpo de auditores judiciales del Consejo de la Magistratura de la Nación en fecha 13 Fecha de firma: 19/10/2017 de febrero de 2006, respecto a la auditoria realizada en Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #24710305#191453308#20171019171227051 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 86000334/2011/TO1 (GF)

    el Juzgado Federal N° 1 de Santa Fe, en relación a las causas de pesificación de títulos de la deuda pública.

    En fecha 31 de mayo de 2006 la fiscal federal C.G. realizó el requerimiento de instrucción, luego de lo cual se incorporó informe del colegio de abogado de Santa Fe (fs. 74/75), acta de constatación realizada por la policía de la provincia respecto a domicilios de la ciudad de Rafaela (fs. 91/93), informe de Caja de Valores SA (fs. 108/111), certificado médico de F.B. (fs. 117) y denuncia de su domicilio real (fs. 121).

    Posteriormente se agregó informe del Ministerio de Economía de la Nación (fs. 123/131), declaraciones testimoniales de C.J.C. (fs. 167/168), J.C.F.V. (fs. 193/194), Z.I.R. (fs. 207/208 y 232/234 vta.), informe del agente de bolsa M. delC. (fs. 169/175) e informe del Registro Nacional de las Personas (fs. 209).

    A fs. 249/259 se agrega el informe producido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía de la Nación, y a fs. 265/265 vta.

    informe ambiental sobre el domicilio de F.B..

    Fecha de firma: 19/10/2017 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #24710305#191453308#20171019171227051 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 86000334/2011/TO1 (GF)

    En fecha 19 de octubre de 2006 se recibe declaración indagatoria de C.M.C. (fs.

    295/296), manteniéndose la libertad provisional bajo caución juratoria conforme resolución obrante a fs. 297.

    En la continuidad del trámite se agregó nuevo informe de la Dirección Gral. de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía de la Nación, acompañándose copia de la información proporcionada por la Oficina Nacional de Crédito Público (fs. 309/317), e informe del Ministerio de Salud de la Nación respecto al certificado de discapacidad del Sr. B. (fs. 318/324).

    El 8 de noviembre de 2006 se recepcionó la declaración indagatoria de M.G.D. (fs.

    334/337 vta.), manteniéndose la libertad provisional bajo caución juratoria conforme resolución obrante a fs. 338.

    Luego prestó declaración testimonial de la escribana S.G.F.P. (fs. 355/355 vta.), se adjuntó informe de la Secretaría de Finanzas de la Nación (fs. 362/363), informe de la AFIP (fs. 410), constancia del Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Eléctrica (fs. 411), y testimoniales de N.C.B. (fs. 454/456), N.F. (fs. 458/458 Fecha de firma: 19/10/2017 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #24710305#191453308#20171019171227051 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 86000334/2011/TO1 (GF)

    vta.) y S.E. del Corazón de J.V. (fs.

    459/461).

    En fecha 19 de setiembre de 2007 se dictó el procesamiento de Dubarry y C. por la posible comisión del delito de fraude en perjuicio de la administración pública, previsto y penado por el art. 172 y 174 inc. 5 del CP; confirmando por la Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, mediante resolución N° 124/08.

    A continuación se agregó copia y original de la partida de defunción de F.B. (fs. 565/566 y 661/662), actuaciones tramitadas por la División Defraudaciones y Estafas de la Policía Federal Argentina (fs. 581/604) e informe del Registro Civil de la ciudad de Buenos Aires (fs. 617).

    El 5 de diciembre de 2008 la fiscal federal requirió la elevación de la causa a juicio por el mismo delito por el que fueran procesados D. y C.. Por resolución N° 766 de fecha 11 de noviembre de 2008, se rechazaron los planteos de nulidad y de oposición interpuesto por las defensas, se declaró clausurada la instrucción y la elevación a juicio, así como la extinción de la acción penal respecto de F.B. (fs. 689/693 vta.).

    Fecha de firma: 19/10/2017 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #24710305#191453308#20171019171227051 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 86000334/2011/TO1 (GF)

  4. Recibidos los autos en este tribunal y verificadas las prescripciones de la instrucción, se citó

    a las partes a juicio, ofreciendo pruebas los defensores y el fiscal general; las mismas fueron proveídas el 25 de septiembre de 2013 (fs. 795/795 vta.).

    El 16 de septiembre de 2013 –mediante resolución N° 272/13- se rechazó el planteo de prescripción por plazo razonable interpuesto por la defensa de Clerc. El 22 de diciembre de 2014 la Cámara Federal de Casación Penal –Sala

    II- declaró mal concedido el recurso de casación interpuesto el decisorio que denegó dicho planteo de prescripción (fs. 842/844 vta.).

    A fs. 867/868 se agregó informe del Consejo de la Magistratura de la Nación, acompañando copia certificada del Expte. N° 799/2015 caratulado “Expte. CAJ N° 63/05 s/ remite informe en Auditoria en Juz. Fed. N° 1 de Santa Fe”, e informe de la Dirección Gral. de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía de la Nación (fs.

    872/880).

    Por decreto de fecha 25 de agosto del corriente año se fijó audiencia de debate a partir del día 10 de octubre. A continuación se agregaron las Fecha de firma: 19/10/2017 declaraciones testimoniales del Dr. R.R.R. Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.R.H., SECRETARIO DE CAMARA #24710305#191453308#20171019171227051 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe FRO 86000334/2011/TO1 (GF)

    (fs. 929/932), A.G.R.B. (fs. 975) y S.F. (fs. 976/976 vta.), informes actualizados del Registro Nacional de Reincidencia (fs. 960/965), informe de la...

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