Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 - SECRETARIA, 17 de Octubre de 2017, expediente FLP 060002621/2013/TO01

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 2 FLP 60002621/2013/TO1 Plata, 17 de octubre de 2017.-

Y VISTOS:

Para exponer los fundamentos del fallo dictado el pasado 17 de agosto de este año en la causa n° 60002621/2013/TO1, seguida a M.A.V., alias “mameluco”, de 55 años de edad, de nacionalidad argentina, nacido el 3 de julio de 1922, en San Martín, Provincia de Buenos Aires, hijo de M.A.A.B. (f) y de J.M.V. (f), domiciliado en calle S.C. nº 851, de C.S., partido de Ezeiza -Provincia de Buenos Aires-, soltero, comerciante, que sabe leer y escribir (primario y secundario completo), con DNI 16.512.458; M.S.G., alias “la gitana”, de 46 años de edad, de nacionalidad argentina, nacida el 14 de enero de 1971, en la Provincia de S.J., hija de R.C. (f) y de Grimildina del Valle González (v), domiciliada en la calle L. nº 725 de C.S., partido de Ezeiza –Provincia de Buenos Aires-, soltera, ama de casa; que sabe leer y escribir (primaria), con DNI 22.910.153; A.R.B., alias “abuelo”, de 77 años de edad, de nacionalidad argentina, titular del DNI M 6.033.122, nacido el 6 de marzo de 1940, en Rosario –Provincia de Santa Fe-, soltero, sastre, hijo de J.J.B. (f) y de M.T.A. (f), domiciliado en calle Echana 1788 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-; M.A.D., alias “matuche”, de 23 años de edad, de nacionalidad argentina, titular del DNI 37.388.083, nacido el 5 de abril de 1991, en Avellaneda –Provincia de Buenos Aires-, soltero, jardinero, hijo de M.L.D.C. (v) y de N.B.V. (v), domiciliado en calle 9 de J. nº 371 de C.S., partido de Ezeiza, provincia de Buenos Aires; G.E.C., alias “P.”, de 39 años de edad, de nacionalidad argentina, titular del DNI 33.779.457, nacido el 23 de mayo de 1988, en T.S., partido de Ezeiza –Provincia de Buenos Aires-, soltero, empleado en una causa de audio, hijo de C.R.C. (v) y de S.B.R. (v), domiciliado en calle D’Alembert 31 de C.S., partido de Ezeiza -provincia de Buenos Aires-; M.L.C., alias “mudo”, de 26 años de edad, de nacionalidad argentina, titular del DNI 36.237.072, nacido el 20 de marzo de 1991, en T.S., partido de Ezeiza –Provincia de Buenos Aires-, soltero, comerciante, hijo de C.R.C. (v) y de M.T.R. (v), domiciliado en calle R.K. nº 1061 de C.S., partido de Ezeiza -provincia de Buenos Aires-; M.F.B., alias “P.”, de 26 años de edad, de nacionalidad argentina, titular del DNI 35.763.814, nacido el 12 de febrero de 1991, en T.S., partido de Ezeiza –Provincia de Buenos Fecha de firma: 17/10/2017 Alta en sistema: 18/10/2017 Firmado por: A.D.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: N.J.J., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.H.A., SECRETARIO DE CAMARA #28659379#191219240#20171017134040644 Aires-, soltero, hijo de O.D.B. (v) y de G.S.T. (v), domiciliado en calle L. nº 547 de C.S., partido de Ezeiza -provincia de Buenos Aires-; A.R., sin apodos, de 73 años de edad, de nacionalidad argentina, titular del DNI M nº 4.425.684, nacido el 3 de marzo de 1944, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, casado, maestro mayor de obras - jubilado, domiciliado en calle M. nº 5323, partido de San Martín, Provincia de Buenos Aires; S.A.V., alias “el gordo S.”, de 32 años de edad, de nacionalidad argentina, titular del DNI 31.583.260, nacido el 8 de julio de 1985, en partido de San Martín –Provincia de Buenos Aires, soltero, trabaja en un taller mecánico, hijo de L.A.V. (v) y de R.R.C. (v), domiciliado en calle L. nº 737 de C.S., partido de Ezeiza, provincia de Buenos Aires; y C.A.W., alias “C.”, de 66 años de edad, de nacionalidad argentina, titular del DNI M 8.487.345, nacido el 30 de septiembre de 1950, en Río Zeballos –Provincia de Córdoba-, casado, constructor, domiciliado en Avenida De Los Incas nº 4496, Piso 5º, D.. “B” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la cual, RESULTA:

El señor Fiscal de Instrucción imputó a M.Á.V., M.S.G., Á.R.B., M.A.D., G.E.C., M.L.C., M.F.B., A.R., S.A.V., y C.W., haber formado parte, al menos, entre los días 3 de abril de 2013 y 8 de noviembre de 2014, de una organización ilícita cuyos objetivos se centraron en el tráfico ilícito de estupefacientes en, cuanto menos, el barrio denominado “Villa 18 de Septiembre” de la localidad de Billinghurst, partido bonaerense de S.M..

En ese orden, conforme los elementos recolectados, sostuvo que cada uno de los imputados contaba con un rol específico dentro de la organización criminal, resultando M.Á.V., ser su organizador y financista, toda vez que constató que impartía directivas, mediante entrevistas que se concretaban en su lugar de alojamiento o de manera telefónica, al menos, con M.S.G. y Á.R.B., entre otros, a través de las cuales establecía y ordenaba las actividades ilícitas vinculadas con el narcotráfico que desplegaba el grupo.

A su vez, a M.S.G. le endilgó el rol de organizadora y financista, en razón de que era la persona que materializaba las acciones que M.Á.V. ordenaba desde el interior del establecimiento penitenciario, y lo mantenía informado de los pormenores de la organización.

Fecha de firma: 17/10/2017 Alta en sistema: 18/10/2017 Firmado por: A.D.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: N.J.J., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.H.A., SECRETARIO DE CAMARA #28659379#191219240#20171017134040644 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 2 FLP 60002621/2013/TO1 Principalmente, era la encargada de coordinar las labores de Ángel Roque Blois y otras personas, quienes a su vez canalizaban sus reclamos hacia V. a través de su persona, y ser quien se reunía con diferentes proveedores de estupefacientes de manera personal o interpósita persona.

Respecto de Á.R.B., sostuvo que fue la persona que, bajo el apodo de “El Abuelo”, almacenó, acondicionó y fraccionó

estupefacientes en los domicilios de la calle F.B. n° 2690y A. n°

6190, PB, dpto “B”, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En cuanto a S.A.V., verificó que el nombrado conocido bajo el alias de “El Gordo Sebi”, respondía a los líderes de la organización y administró una agencia de remíses propiedad de la familia para “legitimar” sus ingresos ilícitos, con la cual procedió a trasladar estupefacientes hacia los diferentes puntos de acopio y acondicionamiento.

A M.F.B., le endilgó ser miembro de la organización, quien bajo el apodo de “Pocho”, almacenaba, fraccionaba y acondicionaba los estupefacientes con los que contaba la organización criminal.

Igual conducta le atribuyó a M.A.D., quien, según la prueba colectada bajo el alias de “Matuche”, realizaba similares tareas a las de Ángel Roque Blois, es decir almacenaba, fraccionaba y acondicionaba los estupefacientes de la mencionada organización, tarea que la desplegó, al menos, en el domicilio sito en la calle 9 de julio n° 371, de la localidad de C.S..

Así también a los encartados G.E.C. y M.L.C., les imputó haber formado parte de la organización criminal y ser quienes se encargaban del traslado del estupefacientes desde los diferentes puntos de almacenamiento, fraccionamiento y acondicionamiento (L. n° 725, de C.S.; B. n° 585, de T.S., A. n° 6190 y F.B. n° 2690, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), hasta las bocas de expendio en el interior del asentamiento de emergencia identificado como “V. 18 de Septiembre”, de la localidad de B. de partido de San Martín.

A su vez, al procesado A.R. le endilgó ser el encargado de corromper, a través de la entrega de dinero, la voluntad de diferentes agentes policiales de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y de la Policía Federal Argentina con el objeto de que retarden o dejen de realizar conductas relativas a sus funciones y permitir que la organización delictiva lleve adelante las conductas de narcocriminalidad en la “Villa 18 de Septiembre”.

Mientras que, por último, le atribuyó a C.W. ser quien, bajo el pseudónimo de “C.”, ayudó a Ángel Roque Blois a obtener una Fecha de firma: 17/10/2017 Alta en sistema: 18/10/2017 Firmado por: A.D.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: N.J.J., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.A.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.H.A., SECRETARIO DE CAMARA #28659379#191219240#20171017134040644 locación, a sabiendas de las tareas ilícitas que allí se llevarían adelante, para que la organización establezca un centro de almacenamiento, fraccionamiento y acondicionamiento.

Así también, les imputó el almacenamiento del estupefaciente hallado en los domicilios de calle: 1) 9 de julio n° 371 de la localidad de C.S., Pcia. de Buenos Aires, donde se halló un total de 60,4 gramos de marihuana; 2) A. n° 6190, Planta Baja, Dpto. “B”, de C.A.B.A, de donde se secuestró un total de 823 gramos de marihuana, 6.876 gramos de clorhidrato de cocaína, 433 gramos de sustancia de corte, y 100 dosis de LSD; y 3) B. n° 585 de la localidad de T.S., Pcia. de Buenos Aires, de donde se produjo el secuestro de 1.015 gramos de clorhidrato cocaína y 55 gramos de marihuana.

En base a dicha descripción, sostuvo que M.Á.V. y M.S.G., debían responder como coautores del delito de tráfico ilícito de estupefacientes, en su modalidad de almacenamiento, agravado por haberse cometido de manera organizada y con la participación de más de tres personas, en calidad de organizadores y financistas (art. 7, en función de los arts.

5, inc. “c”, y 11 inc. “c” de la ley 23.737).

A su vez, a M.F.B., M.A.D., G.E.C., Á.R.B. y M.L.C. los consideró coautores del delito de tráfico de estupefacientes, en su modalidad de almacenamiento, agravado por haberse cometido de manera organizada y con la participación de más de tres personas (arts. 5 inc. “c”, y 11 inc. “c” de la ley 23.737), mientras que a A.R. lo encontró coautor del citado delito en concurso real con el delito de cohecho activo (art. 258 del C.P.)

En cuanto a S.A.V. y C.W. les endilgó ser cómplices secundarios del delito de tráfico de estupefacientes, en su modalidad de almacenamiento, agravado por haberse cometido de manera organizada y con la participación de más de tres personas.

El 12 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR