Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL, 17 de Octubre de 2017, expediente CCC 008516/2017/TO01/CNC001

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 8516/2017/TO1/CNC1 Buenos Aires, 17 de octubre de 2017.

Y VISTOS:

Para dictar sentencia de forma unipersonal en la presente causa nro. 35.821/2016 (Registro Interno N° 4628/4860/4882) y sus conexas nro.

68.283/2016 (R.

I. N° 5041), 8.516/2017 (R.

I. N° 5053) y 77.071/2016 (R.

I. N° 5342) de este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25, que preside la suscripta, en presencia de la Secretaria, D.M.B., elevada a juicio por los delitos de robo simple en grado de tentativa en calidad de autor(causa 4628), robo simple en calidad de autor (causa 4860), robo simple reiterado en dos oportunidades en calidad de autor (hechos “a” y “b” de la causa 4882), robo en grado de tentativa en calidad de autor(hecho c de la causa 4882), robo simple en grado de tentativa en calidad de autor(causa 5041), robo simple en grado de tentativa en calidad de coautores(causa 5053), y robo simple en grado de tentativa en calidad de autor (causa 5342) todos ellos en concurso real entre sí, contra AGUSTIN SANDOVAL (titular del D.N.

I. nro. 39.627.636, de nacionalidad argentina, nacido el día 24 de abril de 1996 en Capital Federal, hijo de I.R.S. y de M. delC.A., con último domicilio aportado en Fecha de firma: 17/10/2017 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #29408873#191118750#20171017085028745 autos en la calle México 954, habitación n° 9 de esta Ciudad, prontuario R.H. 306.923 de la Policía Federal Argentina, legajo O3005265 del Registro Nacional de Reincidencia,) y FEDERICO EMANUEL CORREA LUJAN –únicamente por la causa n° 5053 - (titular del D.N.

I. nro.

33.197.419, de nacionalidad argentina, nacido el día 12 de noviembre de 1986 en Provincia de Buenos Aires, hijo de E.C. y de E.N.L., con último domicilio aportado en autos en la calle Piedras 810, 1°

D

de esta Ciudad, prontuario R.H. 275.613 de la Policía Federal Argentina, legajo U3727827 del Registro Nacional de Reincidencia, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza).

Intervienen en el proceso representando al Ministerio Público Fiscal, la Dra. D.P., y en la defensa del imputado, el Dr. R.P., defensor coadyuvante de la Defensoría Pública Oficial N° 4.

Y CONSIDERANDO:

CAUSA N° 4628

I. Que el señor agente fiscal requirió

la elevación a juicio de la presente causa en los siguientes términos (fs. 88/89):

Fecha de firma: 17/10/2017 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #29408873#191118750#20171017085028745 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 8516/2017/TO1/CNC1 “[…] Se imputa a A.S. haber intentado apoderarse ilegítimamente, mediante fuerza en las cosas, de elementos de valor del interior del vehículo de O.N.L. que su chofer, L.R.C., había dejado estacionado en Salta y S.J. de esta Ciudad.

Así, el 23 de julio de 2015, entre las 9:30 y las 9:50 horas, con el objeto de lograr su cometido, el imputado forzó el marco de la puerta derecha hacia fuera y rompió el cristal de la respectiva ventanilla y, del interior del automóvil, sustrajo una campera, dos pares de anteojos en un estuche, un celular “Nokia”, $30 y una licencia de conducir a nombre de Cisterna.

El damnificado, al ir en busca del rodado, advirtió los daños que presentaba y un ocasional transeúnte le señaló al autor del hecho que caminaba por Cochabamba. Lo persiguió y tras recorrer unos metros, le hizo señas a un móvil policial que lo detuvo en su esquina con Lima.

Al momento de la aprehensión, S. vestía una campera negra y tenía en su poder un estuche con dos pares de lentes, un teléfono “Nokia” y $30, todo Fecha de firma: 17/10/2017 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #29408873#191118750#20171017085028745 lo cual fue reconocido por Cisterna como de su propiedad.

EN el rastrillaje practicado se incautó también, dentro de un cesto de basura ubicado en Salta y Cochabamba, un sobre con una licencia de conducir.”

Calificó el hecho endilgado a A.S. como constitutivo del delito de robo simple en grado de tentativa, atribuyéndoselo al imputado en calidad de autor (arts. 42, 45, y 164 del Código Penal).

CAUSA N° 4860

I. Que el señor agente fiscal requirió

la elevación a juicio de la presente causa en los siguientes términos (fs. 233/235):

[…] Se le imputa a A.S., el hecho acaecido el día 6 de enero de 2016, siendo aproximadamente las 23:21hs, en la vía pública, más precisamente en la avenida Chile y Perú de esta Ciudad, donde intentó apoderarse ilegítimamente de un par de rollers, dos pistolas de agua, un auto rojo y tres revistas para colorear, todo ello propiedad de M.V.C..

Así las cosas, la damnificada salió de la casa de un amigo sito en la calle Per+u entre Independencia y Estados Unidos de esta Ciudad, ocasión en Fecha de firma: 17/10/2017 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #29408873#191118750#20171017085028745 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 8516/2017/TO1/CNC1 la que observó a una persona de sexo masculino, cabello corto, tez trigueña, el cual vestía una remera color gris con inscripciones en letra grande, un pantalón de jeans oscuro y zapatillas celestes, quien llevaba una bolsa en su mano, color negro y un par de rollers de color rojo y negro, los cuales reconoció como propio que estaban en el interior de su vehículo marca Suzuki, modelo Fun, el cual se encontraba estacionado en la calle Perú 868, de esta ciudad.

Inmediatamente, C. comenzó a perseguir al sujeto que llevaba sus pertenencias, el cual se fue corriendo por la calle Perú, luego dobló por la av.

Independencia hacia la calle B. en sentido a calle Chile que allí dobló.

En ese momento, la damnificada advierte la presencia de personal policial, para luego darle aviso y continuar con la búsqueda del sujeto. Luego de ello, en la calle Perú entre Estados Unidos e Independencia, de esta ciudad observó al encartado y le solicitó que le devolviera sus pertenencias, respondiendo el masculino que los había ocultado en un container (haciendo señas hacia un contenedor ubicado en la calle Perú entre Chile e Independencia, de esta ciudad)

Fecha de firma: 17/10/2017 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #29408873#191118750#20171017085028745 Asimismo, se hizo presente en el lugar personal policial, ocasión en la que el imputado se dio a la fuga corriendo.

Así, el uniformado comenzó una persecución la cual culmina en la calle Estados Unidos entre Chacabuco y Perú, de esta ciudad con la detención de quien fue identificado como A.S..

Por último, se procedió al secuestro de un par de rollers con inscripción EDGE, una bolsa que contiene en su interior dos pistolas de agua, un auto rojo y tres revistas para colorear. También se procedió al secuestro del vehículo S., modelo Fun, dominio GHV-

413, el cual tenía el parante derecho dañado, como también el burlete del mismo lado.

Calificó el hecho endilgado a A.S. como constitutivo del delito de robo simple, atribuyéndoselo al imputado en calidad de autor (arts. 45, y 164 del Código Penal).

CAUSA N° 4882

I. Que el señor agente fiscal requirió

la elevación a juicio de la presente causa en los siguientes términos (fs. 370/373):

Fecha de firma: 17/10/2017 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #29408873#191118750#20171017085028745 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 8516/2017/TO1/CNC1 “[…] Se le atribuye al nombrado S. los hechos ocurridos el día 17 de junio de 2016, en el período comprendido entre las 00:45 horas y 1:10 horas, consistentes en:

  1. haberse apoderado ilegítimamente de un GPS marca “Dayco” con su respectivo cargador y base, y un cargador de teléfono celular que se hallaban en el interior del rodado marca Renault, modelo “D.”, dominio “KYM 196” propiedad de R.M.S., el cual se encontraba estacionado sobre la calle Piedras 975 de esta ciudad, para lo cual se ejerció

    fuerza sobre el automotor mencionado.

    En efecto, el imputado rompió con un trozo de baldosa la ventanilla de la puerta delantera derecha del vehículo y llevó adelante la sustracción de los elementos detallados, para luego retirarse del mismo por la puerta trasera derecha dejándola abierta.

    En esa oportunidad, R.M.S., quien se encontraba cenando junto a C.T.F.R., M.F.V. y M.D.C.T. en el domicilio de ésta última, sito en la calle Piedras 975, piso 5° depto. “A” de esta Ciudad, escuchó la alarma del vehículo y se asomó al balcón de la Fecha de firma: 17/10/2017 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #29408873#191118750#20171017085028745 vivienda, pudiendo observar que la puerta de su vehículo se encontraba abierta, por lo que inmediatamente se dirigió junto con V. hacia el mismo, constatando el daño producido sobre la ventanilla y la faltante de los objetos en cuestión.

    En esa ocasión, M.D.C.T., quien permaneció observando desde el balcón, visualizó como el imputado se retiraba por la puerta trasera del rodado y se daba a la fuga corriendo por la calle Piedras, en dirección hacia C.C., para luego doblar en dirección hacia la Av. 9 de julio de esta ciudad, perdiéndolo de vista.

  2. Haberse apoderado ilegítimamente de un frente de estéreo marca “Sony”, un GPS de color negro y gris marca “Garmin” con su correspondiente cargador, una bufanda de color rosa y un cargador de celular universal, que se hallaban en el interior del rodado marca “Suzuki”, modelo “Fun”, dominio GDX-325 de propiedad de M.N.P., el cual se encontraba estacionado sobre la calle Piedras 922 de esta ciudad, para lo cual se ejerció fuerza sobre el vehículo referido.

    En concreto, el mentado A.S. rompió con una piedra la...

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