Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 4 de Septiembre de 2017, expediente FPO 006487/2016/TO01

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 6487/2016/TO1 En la ciudad de Posadas, capital de la provincia de Misiones, a cuatro días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete, reunidos para deliberar los Sres. Jueces integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas, D.. N.L., M.A.J.M. y MARIO HACHIRO DOI, bajo la presidencia de la primera de los nombrados, asistidos por el Sr.

Secretario Dr. F.G.C., con el objeto de dictar sentencia de conformidad con los arts. 398 y concordantes del CPPN, en la causa Nº FPO 6487/2016/TO1 caratulada “B., P.O. s/

Infracción Ley 23.737”, del registro de este Tribunal de Juicio Oral, respecto de P.O.B.: argentino, casado, con 34 años de edad, DNI 29.928.235, nacido en Posadas el 23 de febrero de 1983, hijo de F.B. ( f ) y de M.T.S. ( f ) domiciliado en chacra 147, manzana B, casa 6 de Posadas, de ocupación transportista, actualmente alojado en la U-17 del Servicio Penitenciario Federal de Candelaria, M., cumpliendo prisión preventiva (fs. 159/162) como autor del delito de “TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES” (art. 5º inc.

c

de la ley 23.737).

La plataforma fáctica ha quedado enmarcada de la siguiente manera:

Las presentes actuaciones tuvieron inicio el sábado 27 de agosto del año 2016 a las 18:40 horas aproximadamente, en oportunidad en que personal del Escuadrón 50 “Posadas” de GN, que se hallaba realizando un operativo público de prevención sobre la Ruta 12, a la altura del acceso al camino terrado que conduce al cementerio de la localidad de Candelaria, procedió a realizar el control de un camión -cargado aparentemente con madera, protegida mediante una carpa-

marca SCANIA modelo 113 M/1992, dominio colocado CEM-454 con semirremolque marca ZANDOM dominio colocado BQB-495 que se trasladaba con sentido Norte-Sur, conducido por quien fue identificado como P.O.B., de datos filiatorios consignados supra.

Así las cosas, una vez solicitadas las documentaciones del camión y de la carga, y advirtiendo irregularidades, se requirió al conductor la apertura de la parte delantera de la carpa -para verificar si efectivamente transportaba madera- llamando la atención la carpa -ya que no llovía- a lo que el causante, quitó parcialmente la misma en la parte delantera del semirremolque, percibiéndose instantáneamente un fuerte olor característico al de la marihuana.

Fecha de firma: 04/09/2017 Alta en sistema: 17/10/2017 Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.G.C., SECRETARIO DE CAMARA #29164335#185735652#20170912113354316 Ante tal circunstancia, el personal interviniente procedió a ingresar al semirremolque, pudiéndose constatar que transportaba madera conforme remito de carga R0001-00000008, del día 26 de agosto del año 2016, de la Empresa GALMARINI T.L., con domicilio en Candelaria y control fiscal en Ruta Nº 00000062403984 del día 27 de agosto de 2016; constando en dicha documentación que la carga se inició en Apóstoles -Misiones- con destino final S.M., provincia de Buenos Aires. Llamando la atención que dicho trayecto comprendido por la Ruta Nacional 14, no se correspondía con la Ruta Nacional 12 por la que se desplazaba.

Lo que también llamó la atención del personal actuante, fue el hecho de que tampoco se correspondía la documentación con el lugar donde supuestamente se habría realizado la carga -ya que constaba que la carga se materializaba en Candelaria, siendo que aún no se había arribado a dicha localidad- y además fue observándose, del examen visual con linterna, alumbrando las rendijas existentes entre la carga de madera, la presencia de bolsas de polietileno de color negro ocultas dentro de la misma.

Atendiendo a dicha circunstancia, se requirió la presencia del can detector de narcóticos y su correspondiente guía -destacados en el Arco, por lo que hubo que esperar aproximadamente unos 40 minutos- y una vez efectuado el examen físico del camión y del semirremolque, el can “JËSSICA” frente a testigos convocados al efecto, reaccionó de manera positiva a la presencia de estupefacientes.

En el ínterin que este procedimiento se realizaba, acertaron a pasar por la Ruta 12, repetidas veces, una HILUX blanca y un WOLKSWAGEN VENTO de color oscuro; iban y venían, lentamente, ida y vuelta, por lo menos 3 veces cada uno -como vigilando lo que ocurría-

resultando que la última vez, el conductor de la HILUX blanca accionó la bocina, lo que llamó la atención; por lo que el J. de patrulla preguntó a BARRIOS si lo conocía, a lo que éste respondió espontáneamente “es mi cuñado”.

Seguidamente, atento lo avanzado de la hora y ante la falta de luz y por seguridad -al estar a la vera de la Ruta 12- previa autorización de las autoridades judiciales se procedió al traslado del camión y semirremolque hacia el asiento del Puente Internacional San Roque González de Santa Cruz -donde se ubica el scanner móvil- a los fines de realizar el escaneo y poder determinar si dentro de la carga había mercadería en infracción a la ley 23737.

Fecha de firma: 04/09/2017 Alta en sistema: 17/10/2017 Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.G.C., SECRETARIO DE CAMARA #29164335#185735652#20170912113354316 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 6487/2016/TO1 Que siendo las 20:30 horas, ya en el puente internacional y ante testigos convocados al efecto, el operador de turno del scanner procedió a escanear el camión y semirremolque; pudiéndose observar a través de la pantalla del equipo, que entre la carga de las maderas existirían numerosos paquetes amorfos, que no se correspondían con la carga transportada, de acuerdo al análisis de la imagen realizada por el operador AFIP-DGA. (fs. 97)

A continuación se dio a conocer el resultado del escaneo al Juzgado Federal de Posadas, y la Fiscalía Federal en turno, autorizándose el registro pormenorizado de la cabina del camión; hallándose en su interior, DOS teléfonos celulares, uno marca NOKIA y uno marca PANASONIC, ambos de propiedad de BARRIOS -según reconoció en la audiencia- dinero en efectivo en la suma de DOCE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($12.762); y UN ticket de peaje de la empresa Caminos del Paraná SA.

Seguidamente, con autorización de la magistratura y por considerar que había indicios suficientes para sospechar que se estaba ocultando una gran cantidad de mercadería ilícita, se trasladó el vehículo en cuestión al asiento del Escuadrón 50 “Posadas” de Gendarmería Nacional, donde se controló la carga del semirremolque, procediendo a descargar CATORCE (14) fardos de madera -asegurados con sunchos- observando a través de los espacios intersticiales -rendijas-

que en su interior contenían paquetes envueltos en cinta de color ocre, que emanaban un fuerte olor característico al de la marihuana.

Así las cosas, se procedió a extraer y numerar los paquetes aludidos, ocultos entre la madera; y tomando muestras de dos paquetes elegidos al azar por los testigos, y sometidas las muestras al narcotest, respondió positivamente a la Cannabis Sativa.

A continuación, se procedió al conteo y numeración correlativa de los paquetes hallados, totalizando la suma de CUATRO MIL SEISCIENTOS TRES paquetes (4.603), arrojando un peso total de CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE KILOS CON CINCUENTA Y NUEVE GRAMOS 4.177,059 kg), cantidad cuyo aforo de fs. 139 alcanzó

a la suma de SESENTA Y TRES MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA pesos ($ 63.058.490)

Como resultado del procedimiento, la autoridad judicial ordenó la detención e incomunicación de B., quien fue contraído al presente proceso penal, y se secuestraron los paquetes hallados, el vehículo camión con semirremolque, dos teléfonos celulares, Fecha de firma: 04/09/2017 Alta en sistema: 17/10/2017 Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.G.C., SECRETARIO DE CAMARA #29164335#185735652#20170912113354316 dinero en efectivo y demás documentaciones relacionadas al transporte en cuestión, labrándose las actas de rigor.

Y cumplidos los actos instructorios, esta causa viene para el juzgamiento con requisitoria fiscal de elevación a juicio obrante a fs. 322/326 y vta. por el delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES (art. 5º inc. "c" de la Ley 23.737) y decreto de elevación a juicio de fs. 344 en el mismo sentido.

Sobre la base de estos hechos versó el contradictorio, actuando en ejercicio de la acción pública la Señora Fiscal Federal General Dra. V.A.B., y en ejercicio de la defensa técnica del acriminado el Sr. Defensor particular Dr. L.A.F..

Practicado en su oportunidad el sorteo de ley, resultó

que en la votación debía observarse el siguiente orden: LAMPUGNANI, M. y DOI.

Seguidamente y conforme los arts. 398 y 399 del CPPN., el Tribunal resolvió plantear las siguientes CUESTIONES:

1) Para resolver lo relativo al hecho delictuoso.

2) Para resolver acerca de la participación del inculpado.

3) Para resolver la calificación legal que corresponda.

4) Para resolver respecto de la sanción aplicable, accesorias legales y costas.

A LA PRIMERA CUESTIÓN: Los Señores Jueces Dres. LAMPUGNANI, M. y DOI dijeron:

La materialidad histórica del hecho que se atribuye a P.O.B., ha quedado definitivamente acreditada a lo largo del proceso.

Efectivamente, se ha demostrado fehacientemente que el sábado 27 de agosto del año 2016, a las 18:40 horas aproximadamente, el nombrado BARRIOS cuando circulaba por la Ruta 12 en sentido Norte-Sur, a la altura del camino terrado que conduce al cementerio de Candelaria, fue interceptado por personal perteneciente al Escuadrón 50 “Posadas” de Gendarmería Nacional, en control de rutina, ocasión en que el nombrado conducía el camión marca SCANIA modelo 113 M/1992, dominio colocado BQB-495 con...

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