Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL, 12 de Octubre de 2017, expediente CCC 007785/2017/TO01

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 7785/2017/TO1 Buenos Aires, 12 de octubre de 2017.

VISTA:

Para dictar sentencia en esta causa n° 7785/17 (n°

interno 5542), seguida a G.R.B. -argentino, nacido el 28 de noviembre de 1989 en esta ciudad, hijo de R.Á.B. y de R.H.R.D., titular del D.N.

34.450.704 e identificado con prontuario R.H. n° 312.295 de la Policía Federal Argentina, con domicilio real en Paraguay 2041, piso “10”, departamento “B” de ciudad-. De la cual, RESULTA:

A fojas 402/403 se incorporó el pacto de juicio abreviado suscripto por el fiscal doctor A.Y. y por el imputado G.R.B., asistido por su defensora, doctora P.M.G..

Se tomó conocimiento personal del justiciable -ver acta de foja 405- y la causa ha quedado en condiciones de recibir pronunciamiento definitivo.

Y CONSIDERANDO:

El juez R.A.O. dijo:

Primero

la conducta atribuida.

En el convenio, el acusador se remitió a la imputación formulada en el requerimiento fiscal de elevación a juicio de fojas 336/342 de la presente causa, en el cual se le atribuye a G.R.B.:

Hecho 1:

Fecha de firma: 12/10/2017 Firmado por: R.A.O., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #30422152#190335583#20171012141551261 “... el suceso acaecido el 31 de enero del corriente año (2017), a las 3:30 horas aproximadamente, en el interior del palier del edificio situado en la calle A. al 475 de esta ciudad, ocasión en que el incuso se apoderó del teléfono celular Samsung SG J 320 White perteneciente a J.B., con quien había iniciado una relación sentimental ese mismo mes.

Ello, mientras ingresaban en el edificio aludido, donde residía la víctima, B. la obligó a ingresar al palier del mismo, empujándola y le exigió que le entregara el teléfono celular, a lo cual la damnificada accedió por temor, para luego él retirarse.

Hecho 2:

Se le imputa al nombrado lo ocurrido el 3 de noviembre de 2015, a las 4:30 horas aproximadamente, en el interior del hotel de pasajeros “Circus” ubicado en la calle Chacabuco 1020 de este medio, oportunidad en la cual se apoderó ilegítimamente de dos teléfonos celulares, a saber: un Samsung Galaxy Grand 19082, color azul oscuro, portante de los abonados 5939-8787-1696 y 116-

300-8918, propiedad de M.A.M., así como un Samsung Galaxy 4, color negro, n° de abonado 0033655709212, propiedad de K.A.K..

Para tal fin, el imputado se hizo presente en el mencionado hostel y le indicó a la recepcionista que deseaba pasar la noche en el lugar, razón por la cual le fue entregada la llave correspondiente a la habitación n° 25; acto seguido, se dirigió a la mencionada pieza, en donde dormían las damnificadas M.F. de firma: 12/10/2017 Firmado por: R.A.O., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #30422152#190335583#20171012141551261 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 7785/2017/TO1 A.M. y K.A.K., circunstancia que aprovechó para hacerse de los aparatos telefónicos de las nombradas.

Finalmente, esgrimiendo el argumento de que saldría momentáneamente a comprar cigarrillos, le hizo entrega de la llave de la habitación a la recepcionista y se retiró, no volviendo a aparecer, pero olvidando su documento nacional de identidad sobre el mostrador de la recepción.

Hecho 3:

Se atribuye también al encartado la comisión del suceso acaecido el día 19 de abril de 2017, alrededor de las 4:45 horas de la madrugada, en la puerta del edificio sito en Acevedo 475 de esta ciudad, ocasión en la que lesionó a su pareja, J.B..

Así, se hizo presente en el domicilio de la damnificada, quien había sido su pareja entre enero y mediados del mes de marzo del corriente año, a fin de hablar sobre la situación sentimental entre ellos; no obstante, B. finalizó la misma diciéndole al imputado que ella quería estar sola. Si bien B. se retiró, volvió luego de unos momentos con personal policial, a quienes les había señalado preocupación por la salud de su ex pareja; sin embargo, los preventores se retiraron al constatar que ella se encontraba bien.

Momentos después, volvió a hacerse presente el imputado en el domicilio de B. y comenzó a tocar el timbre en reiteradas oportunidades así como golpear la puerta, lo que generó

Fecha de firma: 12/10/2017 Firmado por: R.A.O., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #30422152#190335583#20171012141551261 que la damnificada egresara del domicilio y se...

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