Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA, 10 de Octubre de 2017, expediente FCR 012000347/1983/TO01

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 12000347/1983/TO1 Comodoro Rivadavia, 10 de octubre de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Este expediente Nº FCR 12000347/1983/TO1, caratulado “GAMEN, H.H. Y OTROS S/PRIVACION ILEGAL LIBERTAD PERS. (ART. 142BIS INC. 5)”, de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia.-

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 1466/526vta. el F. General ante este Tribunal interpone recurso de casación contra la sentencia definitiva del 21/09/17 (fs.

    1428/60 y 1466/98) y aclaratoria del 28/09/17 (fs. 1465) de este Tribunal, enmarcando su pretensión en el art. 456 incs. 1 y 2 del Código Procesal Penal.-

    Que la parte ocurrente propicia se case la sentencia que falla: 5) ABSOLVIENDO a G.J., DNI N° DNI Nº 7.326.016, de las demás condiciones personales obrantes en autos, del delito de privación ilegítima de la libertad agravado por el tiempo de duración en perjuicio de C.A.G., por el que fuera requerido de juicio criminal y acusado, ordenando dejar sin efecto a su respecto las cautelas y sujeciones que le fueran impuestas en esta causa. Sin costas (art.402 y 530 del Código Procesal Penal); 6) ABSOLVIENDO a H.E.P.F., DNI Nº 4.826.604, de las demás condiciones personales obrantes en autos, del delito de privación ilegítima de la libertad agravado por el tiempo de duración en perjuicio de Chil Abraham Groshaus en concurso real con el delito de privación ilegítima de la libertad A.L., por el que fuera requerido de juicio criminal y acusado, ordenando dejar sin efecto a su respecto las cautelas y sujeciones que le fueran impuestas en esta causa. Sin costas (art.402 y 530 del Código Procesal Penal); 7) ABSOLVIENDO a O.A., DNI Nº 4.859.951, de las demás condiciones personales obrantes en autos, del delito de privación ilegítima de la libertad agravada por el tiempo de duración en perjuicio de Chil Abraham Groshaus en concurso real con el delito de privación ilegítima de la libertad A.L., por el que fuera requerido de juicio criminal y acusado, ordenando dejar sin efecto a su respecto las cautelas y sujeciones que le fueran impuestas en esta causa. Sin costas (art.402 y 530 del Código Procesal Penal)…”.-

    En cuanto al art. 456 incs. 1 y 2 del CPP, sostiene: 1) la falta de fundamentación de la sentencia exigida por los arts. 123 y 404 inc. 2 del CPP; 2) la contradicción entre la materialidad de los hechos, la calificación de ellos como delitos de lesa humanidad y el elemento de contexto...

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