Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 28 de Septiembre de 2017, expediente FTU 400917/2004/TO01

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN 400917/2004 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MOLINARI , EDUARDO DOMINGO Y OTROS s/APROVECHAMIENTO INDEBIDO DE SUBSIDIOS, USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART.296), ASOCIACION ILICITA, OBTENCION FRAUDULENTA DE BENEFICIOS FISCALES y APROPIACION INDEBIDA DE TRIBUTOS QUERELLANTE:

TRABADELO , MARÍA LUCÍA En la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, República Argentina, a los veintiocho días del mes de septiembre del año 2017, en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán integrado por los señores jueces, D.. C.E.I.J.M., P., M.A.N. y G.E. CASAS, Jueces de Cámara, vienen estos autos para dictar sentencia en la causa caratulada: “M., E.D. y otros s/ Aprovechamiento Indebido de Subsidios, Uso de Documento Adulterados o Falso (Art. 296), Asociación Ilícita, Obtención Fraudulenta de beneficios Fiscales y Apropiación Indebida de Fecha de firma: 28/09/2017 Alta en sistema: 03/10/2017 Firmado por: DRA. M.A.N., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #27623553#189723853#20170928134740573 Tributos. Querellante: Lucia Trabadelo (AFIP- DGI)”

EXPTE. N° 400917/2004, del Registro de Secretaría de este Tribunal Oral, en la que se encuentra acusado EDUARDO DOMINGO MOLINARI, DNI: 8.105.111, A., casado, empresario, nacido el día 22 de mayo de 1950, hijo de E.F.M. y de J.V.G. (f), con domicilio en barrio Intersindical, block M S/N, piso 2°, dpto 10, Salta, Provincia de Salta.

Actúa como representante del Ministerio Público Fiscal, el Sr. A.F., DR. L.P.P., por la defensa técnica del imputado, los Dres.

I.S.A. y J.M.M., presentes en este acto y por la Querella en representación de la AFIP – DGI, las Dras. D.E.A. y M.L.T..

AUTOS Y VISTOS:

Que vienen estos autos a resolución del Tribunal con motivo del acuerdo efectuado por las partes a fs.

7227/7228, y CONSIDERANDO:

Fecha de firma: 28/09/2017 Alta en sistema: 03/10/2017 Firmado por: DRA. M.A.N., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #27623553#189723853#20170928134740573 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN Que a fs. 7227/7228 obra el escrito suscripto por el Sr. Fiscal General, los D.. I.S.A. y J.M.M., por la defensa y el acusado E.D.M., solicitando la conclusión jurisdiccional en la presente causa, a tenor de lo dispuesto por el art. 431 bis del CPPN.

Que el Ministerio Público Fiscal, juntamente con la defensa, en uso de sus facultades legales, se remiten al requerimiento fiscal de elevación a juicio de fs. 4738/4792, para precisar el hecho histórico que diera origen a este proceso. La citadas piezas procesales relatan, en lo que aquí interesa, que: “El día 05/07/2004, se inicia la presente causa, con la elevación de denuncia y actuaciones presentadas por ante esta Fiscalía Federal N° 1 de Tucumán, caratuladas “Actuaciones Preliminares n° 17 de Fiscalía General” – “Causa n° 2-UFITCO M.E.D. y otros s/ supuesta evasión fiscal-

Asunto n° 227-T-03”.

Las aludidas actuaciones fueron remitidas por el Sr. Fiscal General del Ministerio Publico mediante oficio n° 457/04 y la integran; un cuerpo principal caratulado: UFITCO-CAUSA N° 2 que consta de 140 fojas útiles y tres anexos: Anexo 1 (171 fojas); Anexo 2 Fecha de firma: 28/09/2017 Alta en sistema: 03/10/2017 Firmado por: DRA. M.A.N., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #27623553#189723853#20170928134740573 (cuerpo 1 al 8) contenido 1619 fojas y Anexo 3 (cuerpo 1 y 2) contenido 336 folios.-

Estas, a su vez, se habían iniciado el día 15.7.03 cuando la UFIT-CO (Unidad Fiscal de Investigación de Delitos Tributarios y Contrabando)

recibiera una denuncia formulada por el Sr. S.G.S. en contra de E.D.M. y un grupo de personas por este dirigidas quien, con la colaboración de agentes de la A.F.I.P – D.G.I, se encontrarían cometiendo hechos ilícitos en infracción a la ley penal tributaria.-

El denunciante S., acompaña fotocopias simples de los Formularios de Declaración Jurada de IVA (formularios F731) correspondientes al periodo 07/02 al 01/03; Formularios de solicitud de devolución y transferencia de saldos (F 746) y certificado de saldos de libre disponibilidad (2) presentados por los contribuyentes E.D.M. y R.A.A.; Fotocopias de 1 (una)factura en blanco tipo “A” a nombre de R.A.A. y dos (2) facturas en blanco tipo “A”

correspondientes a la empresa EDM Group; Fotocopia de una escritura por la cual esta empresa otorga Poder General de Administración a E.D.M.F. de firma: 28/09/2017 Alta en sistema: 03/10/2017 Firmado por: DRA. M.A.N., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #27623553#189723853#20170928134740573 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN y otra de fecha 23.4.01 por la cual R.A. le otorga este mismo tipo de Poder a E.D.M.; Fotocopia de los Formularios de retención; percepciones y solicitud de compensaciones (F 744) y Formularios de compensación de impuesto a las Ganancias (F 574) presentados ante la AFIP-DGI por G.A.M.; copia de la Escritura de fecha 23.4.01 por la cual este ultimo otorga a su padre (E.D.M.) poder amplio de administración y disposición de bienes; Informes proporcionados por un sitio de Internet y un mail remitido por Sebastian Aragón del que surge que E.D.M. y R.A.A. ofrece en Bs. As. Sus créditos al 68%.-

Esta documentación, que esta contenida en el Anexo I, habría sido obtenida por el denunciante, quien a través de la relación amorosa existente entre su hermana S.S. de H. y el principal imputado E.D.M., habían entablado una amistad con este, lo que motivo que E.D.M., le hiciera entrega de la documentación a los fines de que el ahora denunciante, le sacara fotocopias en su negocio de librería que posee en la ciudad de Salta (Capital).-

Fecha de firma: 28/09/2017 Alta en sistema: 03/10/2017 Firmado por: DRA. M.A.N., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #27623553#189723853#20170928134740573 La denuncia presentada por S.G.S., junto con la documentación por este acompañada, fue remitida el día 25.5.03 por la UFITCO, al Sr.

Fiscal General del Ministerio Público de Tucumán, Dr.

A.G.G., quien ordeno la acumulación de las mismas las “Actuaciones Preliminares n° 10-

Fiscalía General- Denuncia de la Dirección Regional de la AFIP c/ C.P.N. N.A. y otros”,que ya se estaban tramitando por ante esa fiscalía, y atento el volumen de la causa y la coincidencia de personas, lugares y asuntos, ordeno el desglose de las actuaciones en tres grupos identificados como Grupo “A” (Aquim-Alisal BDS); Grupo “B” (M.) y Grupo “C” (Empresas compradoras).

La documentación relacionada con el Grupo B (Molinari) fue agregada como: E.. UFITCO – Causa 2; Anexo II (ocho cuerpos).

En ellos consta toda la tarea de investigación cumplida por el Sr. Fiscal General, de la que cabe destacar en particular:

  1. ) La documentación remitida por el Sr. Juez Federal de Salta, a saber: testimonial vía exhorto prestada por S.G.S. (fs. 91/94); la denuncia efectuada el 18.11.03 por el Sr. S. ante Fecha de firma: 28/09/2017 Alta en sistema: 03/10/2017 Firmado por: DRA. M.A.N., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #27623553#189723853#20170928134740573 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN el Sr. Fiscal Federal de Salta (fs. 99/100), y la elevación de esta denuncia al Sr. Juez efectuada por el Sr. Fiscal (fs 97/98).-

    De esta documentación se desprenden los siguientes hechos:

    Que el Sr. S., conoció a E.D.M. en oportunidad de viajar a Tucumana visitar a su hermana S.S., quien a mediados del año 2002 abandono a su esposo el Dr. H. y se fue a vivir a Salta junto con E.D.M..

    Que a partir de allí se entablo con el denunciante una relación semi-familiar que le permitió conocer sus negocios y estar en contacto con su documentación.-

    Que M. hacia ostentación de dinero y de ser gran empresario agropecuario exportador.

    Que la Dra. Estela S. y la diputada T. le consiguieron un proyecto de inversión con la UNSA, (proyecto Somasa) lo que le abrió un montón de puertas sociales y económicas.-

    Que como necesitaba aparentar opulencia le pidió

    al denunciante que le alquilara una mansión en la localidad de Castellanos de Salta donde habito.

    Fecha de firma: 28/09/2017 Alta en sistema: 03/10/2017 Firmado por: DRA. M.A.N., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #27623553#189723853#20170928134740573 Que luego de la firma del convenio con la Universidad Nacional de Salta, ofreció una conferencia de prensa en el Hostal Salta en la que concurrieron sus hijos: E.L.; G., A.; su nuera A.V.C.; su yerno el C.P.N G.S. y cinco secretarias...

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