Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS, 25 de Septiembre de 2017, expediente FCT 016000577/2005/TO01

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes CORRIENTES, 31 de agosto de 2017.-

VISTOS: Estas actuaciones caratuladas “L., L.L. y otros s/

Privación ilegal de la libertad agravada art. 142 inc 5, etc.”, Expte. Nº FCT 16000577/2005/TO1; Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 5189/5190 la Prisión Regional del Norte remite vía fax un pedido del interno J.A.O. para visitar a su señora esposa en el domicilio familiar, a quien se le había dado de alta luego de la internación en el Sanatorio “Cardiocentro” de esta Ciudad, debido a que se hallaba guardando reposo para su recuperación y no podía visitarlo en el Penal.

    1. efecto, la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal confeccionó un informe socioambiental que fue glosado a fs. 5193, en el que se señala que M.A.A., esposa del encausado, padece Diabetes y es insulino dependiente, a raíz de una hiperglucemia y neumonía atípica se le provocó falla renal, por lo que se le realizan diálisis. Estuvo internada hasta el día 12 de julio del corriente año y se le dio el alta para evitar enfermedades intrahospitalarias.

    Por otra parte, y conforme constancias de fs. 5174/5188 y de fs.

    5195/5199, anteriormente se habían dispuesto visitas del interno al Sanatorio “Cardiocentro”, que finalizaron con el alta médica de su señora esposa.

    A fs. 5206 y fs. 5207/5208 la defensa oficial insistió en las salidas extraordinarias para J.A.O., acompañando un certificado médico, en razón del estado de salud de su esposa, proponiendo se realicen una vez por semana de acuerdo con lo previsto por el art. 166 de la Ley de Ejecución Penal Nº 24.660.

    El Ministerio Público Fiscal se expidió negativamente en sendos dictámenes de fs. 5204 y 5213, señalando que no se han acreditado el impedimento psicofísico ni el estado de salud de la señora A., por lo que conceder las visitas peticionadas constituiría un privilegio respecto de los demás detenidos.

    Requerido mediante Oficio Nº 1262/17, el Sanatorio “Cardiocentro”

    remitió copia de la Historia Clínica de M.A.A., que fue glosada a fs. 5217/5244 Fecha de firma: 25/09/2017 Alta en sistema: 26/09/2017 Firmado por: V.A.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.M. ROJAS DE BADARO , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIO DE CAMARA #19553137#189331067#20170925125852647 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes

  2. En este estado de situación, se pusieron las actuaciones para el...

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