Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA, 21 de Septiembre de 2017, expediente FMP 019912/2014/TO01

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA FMP 19912/2014/TO1 Mar del Plata, 21 de septiembre de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en estos autos 1991272014/TO1, seguidos a J.A.G., por el delito de extorsión, sobre la competencia en razón de la materia.

CONSIDERANDO:

I- Que arribaron estos autos al tribunal como consecuencia del requerimiento fiscal de elevación a juicio obrante a fs 478/83, respecto de A.G., por considerar que participó en la intimidación mediante simulación de autoridad pública y falsa orden de la misma, de la que fuera víctima C.A.F., a través de la que se le exigiera q este último que deposite la suma de $10.000 (Pesos Diez mil) en una bolsa, en el estacionamiento externo de la terminal de ómnibus de Necochea, el 26 de septiembre de 2014. Ello, a cambio de no efectuar una supuesta orden de allanamiento en su domicilio, sito en calle 65, nº 105 de esa localidad.

La Fiscalía Federal, describió de esa manera el hecho por el que solicita se juzgue en debate oral y público a G. encuadrándolo típicamente como extorsión en grado de tentativa, arts. 168, primer párrafo y 42,44 y 45 del CP.

II- Corrid a vista al F. General ante este Tribunal, el doctor J.M.P., dictamina a fs 506/7, que se debe declarar la incompetencia de este tribunal para entender en autos y remitirlos a la justicia ordinaria para su juicio oral y pública, toda vez que se encuentra el art. 33 no contempla para determinar la competencia federal el supuesto del hecho traído a esta instancia. Cita fundando su petición, doctrina y jurisprudencia de la CSJN.-

Fecha de firma: 21/09/2017 Firmado por: N.R.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: MARIO ALBERTO PORTELA, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: R.A.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.A.F., SECRETARIA DE CÁMARA #30409433#188944129#20170920122518733 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MAR DEL PLATA FMP 19912/2014/TO1

III- Analizando el objeto procesal, si bien en el inicio de las actuaciones, se encontraba justificada la intervención de este fuero de excepción por haber invocado la calidad de ser agente de la Policía Federal, el sujeto que habría tomado contacto con el denunciante, de esa manera lo entendieron el juez instructor y la Cámara Federal de Apelaciones en incidente que corre por cuerda. A esta altura del trámite, descartada la intervención de funcionario alguno de dicha fuerza, como así

tampoco de ningún otro que estuviese bajo la órbita del Estado Nacional, teniendo...

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