Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 20 de Septiembre de 2017, expediente CCC 061514/2016/TO01

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 61514/2016/TO1 T.O.C. N° 27. CAUSAS N° 4929, 4930, 4932, 5135 y 5136: por robo agravado con armas en grado de tentativa (4929) contra H.M.A. y/oH.S., A.M. y/oH.S.A.M. y contra G., K.G. y/oM., A. y/o ACEVEDO, K.G. y/oG., K.A.. 4930: por robo agravado por empleo de arma de utilería, de un arma impropia y en poblado y en banda, en grado de tentativa (4930) contra G., K.G. y/oM., A. y/o ACEVEDO, K.G. y/oG., K.A., y contra R., L.G. y/o FERREÑIO, L.E. y/oR., L.E.. 4932: robo agravado por empleo de arma de utilería, de arma impropia y en poblado y en banda, en grado de tentativa (mismo hecho que la 4930) contra RAMOS, MARIA DE LOS ANGELES.5135: por robo simple (hecho 1) respecto de TALAVERA, L.A. o L.A.T. y GONZALEZ, K.G. y/oM., A. y/o ACEVEDO, K.G. y/oG., K.A.;5136: por hurto agravado por el infortunio del damnificado contra R., L.G. y/o FERREÑIO, L.E. y/oR., L.E.”.

Buenos Aires, 20 de septiembre de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Reunidos los integrantes del TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 de la Capital Federal, doctores F.M.S., J.H.R. y J.E. de la Fuente, ejerciendo la presidencia el primero de los nombrados, con la presencia de la Señora Secretaria, para dictar sentencia en las causas n°4929, 4930, 4932, 5135 (hecho 1) y 5136 seguidas a H.M.A. y/oH.S., A.M. y/oH.S.A.M. (CAUSA 4929) (argentino, soltero, DN

  1. 41.726.309 nacido el 12 de mayo de 1993, en San Francisco Solano, Provincia de Buenos Aires, hijo de R.A.S. y de F.A.H., con prontuario policial RH. 296.432, y expte.

    ante el R.N.R. 3663426) por el delito de robo en grado de tentativa (4929); 2)

    GONZALEZ, K.G. y/oM., A. y/o ACEVEDO, K.G. y/oG., K.A.. (CAUSAS 4929, 4930, Y 5135, hecho 1) (DNI 39.418.531, de nacionalidad argentina, nacido el 9 de diciembre de Fecha de firma: 20/09/2017 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #29132296#188354641#20170920134931485 1995, hijo de R.G. y M.E.A., soltero, con domicilio en la calle B. 70 de V.F., identificado con prontuario policial n° RH 307.917 y Expediente del RNR 3985897), por los delitos de robo en grado de tentativa (4929), por robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda, en grado de tentativa (4930) y robo simple (5135, hecho 1), 3)

    RODRIGUEZ, L.G. y/o FERREÑIO, L.E. y/oR., L.E. (CAUSAS 4930 y 5136) (argentino, DNI.

    39.979.907, nacido el 13 de abril de 1993 en esta ciudad, hijo de C.R. y de R.G., con prontuario policial RH 301.507 y ante el R.N.R. 3884093), por los delitos de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda, en grado de tentativa (4930) y por hurto agravado por el infortunio del damnificado (5136); 4) RAMOS, MARIA DE LOS ANGELES (CAUSA 4932: mismo hecho que 4930) (nacida el 17 de febrero de 1991 en Avellaneda, argentina, DN

  2. 35.819.960, soltera, hija de M.P. y R.R., con prontuario policial nro. RH 307916 y expte. ante el R.N.R.

    3991122) por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda, en grado de tentativa (4930/4932); 5) TALAVERA, L.A. o L.A.T. (CAUSA 5135, hecho 1) (DNI n° 37.749.641, de nacionalidad argentina, nacido el 14 de junio de 1993 en Lanús, Provincia de Buenos Aires, hijo de M.F. y R.E.F., soltero, identificado con prontuario policial n° RH 310. 165 y Expediente del RNR 4065309), por el delito de robo simple.-

    Se encontraron presentes en la audiencia de debate el Señor Fiscal General de Juicio, doctor A.Y.; la Señora Defensora Oficial, Dra.

    G. De Dios, y el Sr. Defensor Oficial, Dr. R.L.G., en defensa del imputado H..-

    El señor J.F.M.S., dijo:

    Y RESULTA:

    Fecha de firma: 20/09/2017 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #29132296#188354641#20170920134931485 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 61514/2016/TO1 Requerimientos de Elevación a Juicio.

    Que conformes los requerimientos de elevación juicio de todas las causas investigadas, se imputó:

    Causa 4929 A fojas 167/169, a A.M. o A.L.M. o K.A.M. o K.G.A., y a M.A.H. o A.M.H.S. o A.M.H.S., el siguiente hecho “….haber intentado sustraer mediante el empleo de un elemento punzante el teléfono celular marca “Samsung GT-R33001”, perteneciente a J.O.G..

    Esto ocurrió el 21 de febrero de 2016, siendo aproximadamente las 00:10 horas, en la intersección de las avenidas B. y S. de esta ciudad.

    En aquella ocasión, los imputados interceptaron al damnificado cuando aquél estaba caminando por dicho lugar. En ese momento, M. extrajo un elemento cortante y lo colocó en el cuello de G., provocándole una herida en la oreja derecha, mientras que H. forcejeaba con la víctima con la finalidad de quitarle sus pertenencias.

    Finalmente, le sacaron el teléfono mencionado y se dieron a la fuga, siendo perseguidos por G..

    Luego de seguirlos por unos metros, el damnificado halló a efectivos de la Policía Metropolitana, a quienes les contó lo sucedido al mismo tiempo que les señaló a los causantes como los autores de la sustracción. Ante ello, los uniformados impartieron la voz de alto y lograron la detención de los acusados. A su vez, secuestraron el celular de la víctima, el cual fue encontrado en poder de M.”.

    Causa 4930 y 4932 Conforme surge del requerimiento fiscal obrante a fojas 154/157 de las causas nro. 4930 y 4932, se le atribuyó a M. de los Ángeles Fecha de firma: 20/09/2017 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #29132296#188354641#20170920134931485 Ramos; K.G.G. (o A.M. o K.G.A. o K.A.G.; y a L.G.R. (o L.E.F. o L.E.R., el siguiente hecho “….haber intentado apoderarse ilegítimamente mediante la utilización de un arma impropia y una réplica de arma de fuego, de las pertenencias de V.H.V. siendo éstas: una riñonera de color negro que en su interior tenía una billetera de cuero marrón oscuro con treinta y seis pesos ($36), un aparato celular marca Samsung, modelo G.S. de color blanco, un manojo de llaves de su domicilio, su Documento Nacional de Identidad nro.

    22.707.850, un cargador marca Samsung, una tarjeta de débito del Banco Itaú, un auricular marca Nokia de color blanco y demás documentación personal.

    Dicho suceso tuvo lugar el día 4 de diciembre de 2015, siendo alrededor de las 23.20 horas, en la intersección de las calles Traful y R. de esta ciudad.

    En aquella oportunidad, los imputados se hallaban merodeando las inmediaciones del lugar, cuando advirtieron que el damnificado se encontraba en una parada de colectivos ubicada en el cruce señalado. Acto seguido, R. y G. abordaron a la víctima y, mientras el primero realizaba ademanes de extraer un arma de fuego de su cintura exigiéndole la entrega de sus pertenencias –a la vez que lo palpaba y revisaba sus bolsillos-, el segundo en forma amenazante le exhibía un elemento punzante. Atento a ello V., por temor a ser lesionado, accedió a dicho requerimiento y les cedió la riñonera que llevaba consigo.

    Esta maniobra fue observada por ocasionales transeúntes, los que le dieron aviso a personal de la Policía Metropolitana que recorría la zona, quienes intervinieron inmediatamente en la escena. Los efectivos, una vez interiorizados de los pormenores del caso, procedieron a la formal detención de las personas que fueron indicadas como los autores del ilícito, Fecha de firma: 20/09/2017 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #29132296#188354641#20170920134931485 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 61514/2016/TO1 logrando hallar en poder de G. los elementos que instantes antes le habían sustraído a la víctima.

    Finalmente, al requisar a R., encontraron en uno de sus bolsillos una réplica de pistola tamaño real plástica, un destornillador plano con mango acrílico verde de 18 cm. de largo, una punta metálica de 44 cm. y una tijera con mando de plástico, los cuales habían sido utilizados para perpetrar la maniobra”.

    Causa 5135 Hecho 1.

    Conforme surge del requerimiento fiscal obrante a fojas 259/262, se atribuyó a K.G.A. y a L.A.T. “haber sustraído el teléfono marca Huawei, modelo Ascend Y550, a F.E.X., de catorce años de edad, mediante el empleo de violencia física en las personas.

    El hecho tuvo lugar el 5 de octubre próximo pasado (2016) a las 12:45 hs. aproximadamente, en la intersección de Avenida Sáenz con la calle B. de esta ciudad. En ese lugar la víctima se hallaba esperando un colectivo de la línea 188 cuando fue sorprendido por los imputados, y mientras uno de ellos lo tomaba por el cuello por detrás, apoyando sobre su cuerpo un elemento que simulaba ser un arma, le exigieron la entrega del elemento descripto.

    Momentos después fueron detenidos a pocos metros de ese lugar por los oficiales D.T. y S.K. de la Policía Metropolitana, alertados de los sucedido por un ocasional transeúnte, logrando el secuestro del teléfono sustraído a X., quien además los reconoció como los responsables del hecho que lo damnificara.

    Causa 5136 Fecha de firma: 20/09/2017 Firmado por: J.E. DE LA FUENTE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #29132296#188354641#20170920134931485 Conforme surge del requerimiento fiscal obrante a fojas 201/204, se le atribuyó a L.G.R., el siguiente hecho “….haberse apoderado ilegítimamente, sin el uso de fuerza ni violencia, junto a J.A. (actualmente rebelde) y valiéndose de un infortunio particular de A.T.V., de la mochila de tela color negro con vivos amarillos de marca “Billabong”, la cual contenía en su...

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