Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 18 de Septiembre de 2017, expediente CCC 011721/2015/TO01

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 11721/2015/TO1 Buenos Aires, 18 de septiembre de 2017.

Y VISTOS:

Constituido el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 27 en forma unipersonal con el doctor J.H.R., asistido por la Dra. I.M.B., en calidad de Secretaria, para dictar sentencia en la causa n°4911/5037 seguida a A.E.C. (argentina, nacida el 18 de noviembre de 1976 en Capital Federal, soltera, ama de casa, hija de E. y de A.M.L., con domicilio en Pasaje Progreso, Manzana D1, casa 59, PB de esta ciudad (tel. 156-

532-8023//46026301), DNI n°25.600.999, con Prontuario Policial serie R.H. n°253.428 y del Registro Nacional de Reincidencia n°2.860.025) en orden al delito de hurto en grado de tentativa (causa n°4911) y robo simple agravado por la intervención de un menor de 18 años de edad (causa n°5037).

La audiencia de juicio oral se desarrolló en presencia del Señor Auxiliar Fiscal, Dr. D.R.M., la imputada junto a L.L.G. que fue absuelto con relación a la causa n°4803 por falta de acusación fiscal, y su defensa el Dr. G.D.M., defensor coadyuvante de la Defensoría Oficial n°5.

RESULTA:

En la causa n°4911 el Fiscal de Instrucción describió el hecho en el requerimiento de elevación a juicio glosado a fs. 431/432 de Fecha de firma: 18/09/2017 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #28002685#188023307#20170918125510357 la siguiente manera: “Tengo por acreditado con el grado de probabilidad previsto en esta etapa del proceso, que el 28 de agosto de 2015 a las 18.30 horas aproximadamente, A.E.C. y F.B.C. (a quien se le concediera la suspensión del juicio a prueba a fs.457/461) intentaron sustraer doce -12- antitranspirantes en aerosol marca “DOVE” y cuatro -4- antitranspirantes marca “NIVEA”, del interior del supermercado “DIA%” ubicado en la calle O. 1268 de esta ciudad.

En dicha oportunidad, las acusadas ingresaron al comercio en cuestión y una vez en las góndolas correspondientes, tomaron los productos señalados y los escondieron entre sus vestimentas.

Dicha conducta fue observada por A.F.O. -dueña y encargada del comercio- a través de las cámaras de seguridad, quien se dirigió hasta la puerta del supermercado y pulsó la alarma provocando que las puertas se cerraran para evitar así que las acusadas salieran del establecimiento. Finalmente se hizo presente en el lugar personal policial, que procedió a la detención de las acusadas y al secuestro de los elementos detallados anteriormente.”

El Fiscal de Instrucción calificó la conducta como constitutiva del delito de hurto en grado de tentativa por el que C. deberá responder en calidad de coautora (citó los arts. 42, 45 y 162 del CPN).

Asimismo, en la causa n°5037, por requerimiento de elevación de fs. 602/605 se le atribuyó el siguiente hecho: “…haber Fecha de firma: 18/09/2017 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #28002685#188023307#20170918125510357 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 11721/2015/TO1 intentado apoderarse de una mochila y un par de zapatillas pertenecientes al menor de edad XXX XXX XXX -de 15 años de edad al momento del hecho investigado-; ello, en compañía de la menor de edad L.V.C. -de 14 años de edad a la fecha del suceso de marras-.

Dicho evento tuvo lugar el día 15 de enero de 2016, alrededor de las 14.50 horas, en circunstancias en las que el damnificado se encontraba caminando por la avenida Escalada de esta ciudad hacia la parada de colectivos correspondiente a la Linea n°5, ubicada en la intersección de la mentada arteria y la Avenida E.P. de esta ciudad.

Más precisamente, en el contexto de tiempo y lugar referido, C. y la menor de edad que la acompañaba, se acercaron a la víctima, siendo que la primera de ellas se colocó frente a la misma y le exigió que abriera la mochila, mientras que la niña denunciada se paró a un costado del damnificado bloqueándole el paso.

Así las cosas, se inició un forcejeo entre las partes, del cual XXX, en su intención de defenderse, descendió hacia la cinta asfáltica de la Av. Escalada, donde fue impactado por un colectivo de la Línea n°47, el cual era conducido por G.S.V.V..

Cabe mencionar que dicho golpe le provocó al damnificado un traumatismo de cráneo con herida en cuero cabelludo y un Fecha de firma: 18/09/2017 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #28002685#188023307#20170918125510357 traumatismo en su pie izquierdo.

Que ocasionales transeúntes dieron aviso de lo acontecido a personal policial, siendo que se hizo presente el C.M.V., quien procedió a acercarse a las dos mujeres que le eran sindicadas como autoras del hecho a fin de identificarlas, siendo que éstas comenzaron a forcejear con el mentado agente, sin perjuicio de lo cual no lograron darse a la fuga y se procedió a la formal detención de las nombradas A.E.C. y L.V.C..”

El Fiscal de Instrucción califico la conducta como robo simple agravado por haber sido cometido con la participación de un menor de dieciocho años de edad, citó los art. 41 quater y 164 del CP.

Y CONSIDERANDO:

Primero
  1. De la Indagatoria:

    A.E.C. fue consultada por el suscripto sobre sus datos personales manifestó que nació el 18 de noviembre de 1976 en Capital Federal, que su DNI es 25.600.999, que sus padres son E. y A.M.L., vive en el Pasaje Progreso, altura Zuviria, manzana D, casa 59 de Capital Federal. Agregó que tiene antecedentes, firmó un abreviado por 4 meses. Manifestó que quería prestar declaración indagatoria, dijo que hoy tiene 40 años, fue rebelde, la Comisaria 40a le tenía bronca, toda vez que en un momento cayó preso el papá de sus hijos, lo llevaron atrás de un hotel donde le pegaron, pidió que le leyeran sus derechos adelante de ella y sus hijos, por eso la metieron en el Fecha de firma: 18/09/2017 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #28002685#188023307#20170918125510357 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 11721/2015/TO1 calabozo junto a S.. Ella no tuvo ningún hecho, pero esa fue la causa en la que firmó el abreviado. Por otra parte dijo que vive con sus hijos en el domicilio que refirió, que tiene 11 hijos de tres parejas diferentes, 9 menores de edad y recibe la pensión de madre de 7 hijos por la suma de seis mil pesos. Además tiene la tarjeta de la ciudadanía porteña. Manifestó que se dedica a vender ropa usada en la feria del barrio, dos veces a la semana y que aproximadamente saca100 o 200 pesos por vez. Manifestó que es portadora sana de HIV y que esta embarazada de su doceavo hijo, su pareja actual es ayudante de albañil.

    Cuando era chica era drogadicta, llevo una mala vida. Cursó hasta segundo año del secundario. Dijo que dos de sus hijos viven con su abuela, las nenas de 12 y 9 años, que M. y D., que tiene 8 y 14 años, viven con su mamá y D., de 5 años vive con su papa. Por último dijo que N., A. y M. viven con su marido y dos de sus hijos viven con ella. Respecto del hecho del Supermercado Día, refirió

    que ese día no tenía ni pañales ni dinero para comer, decidió ir al mercado. En ese momento J., M., Celeste y M. vivían con ella, fue al supermercado a sacar los desodorantes y pasó lo que pasó.

    Pensaba vender los desodorantes para comprarle comida a sus hijos, pañales y leche a J.. En esa época estaba sola y recibía pensión pero no llegaba a mantenerse. Agregó que van a un comedor a comer al mediodía y a la noche comen con su nueva pareja, en esa época también Fecha de firma: 18/09/2017 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #28002685#188023307#20170918125510357 iban al comedor, pero a la noche no tenía comida, trataba de arreglarse, pero no tenían para comer. En relación al hecho de la causa n°5037 dijo que le faltaban 15 días para tener a Wairo, su hijo que nació el 30 de enero. Tenía una panza grande, le pidió a L. que la acompañe al Hospital porque ya estaba con contracciones y como tiene HIV tiene que ir urgente, pero no tenía para viajar. Estaba el chico en la parada, le pidió

    plata para cargar la sube, en Escalada y E.P., le pidió por favor y el nene le decía que no. Ella tenía una carterita de tela, le iba a mostrar los papeles del embarazo, pero el nene se asustó y salió corriendo. Subió al colectivo 50 con su hija, nunca quiso hacerle nada al chico, una señora le gritaba “chorra chorra”, nunca hubo una riña. Tenía una panza inmensa, hacía mucho calor, le bajaba la presión. Cree que el nene tenía 16 o 17 años. A las preguntas del A.F., dijo que ella iba al Hospital Piñero y que estaban parados con el chico en la misma parada. No vio cuando el chico se golpeó, si vio cuando salió corriendo pero no cuando se golpeó, el colectivo 50 estaba parado y cuando el salió corriendo no vio el momento que chocó con el colectivo. Cuando la bajo el policía si lo vio ensangrentado, se quedó paralizada, nunca forcejeo con el policía, era un policía enorme. Agregó que no lleva a su hija a robar, que ella estudia, nunca tocó al nene para pedirle la plata, había una mujer cerca, cuando la bajo el policía del colectivo la mujer empezó a gritarle chorra, en ningún momento quiso robarle ni sacarle las zapatillas. Ella tenía una billetera de todo moda y quería sacar la sube para mostrársela al chico pero se asustó antes de que lo haga. Nunca más lo vio al chico, a la mamá

    Fecha de firma: 18/09/2017 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #28002685#188023307#20170918125510357 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 11721/2015/TO1 del nene la conoce del barrio es feriante, dijo que prefiere pedir antes que robar, tiene hijos y nunca le robaría a un nene. A las preguntas del D.D.M. dijo que le preguntó “si no tenía 5 pesos por favor” y el...

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