Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 4 de Septiembre de 2017, expediente FSA 052000118/2007/TO01

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA FSA 52000118/2007/TO1 En la ciudad de Salta, República Argentina, a los cuatro (4) días del mes de septiembre del dos mil diecisiete, se constituye el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta Nº 1, integrado por los Sres. Jueces de Cámara D.M.L.S., F.S.D. y M.M.J.A., presidiendo el primero de los nombrados, con la asistencia del Sr. Secretario Dr. H.F.M. a los efectos de dar a conocer los fundamentos del veredicto recaído en el Expte. FSA 52000118/2007/TO1 (Nº 4540T.O.) caratulado “C/MIRANDA B.L.F. s/Infracción Ley 23.737” seguida en contra del imputado L.F.M.B., DNI 28.336.765, argentino, soltero, comerciante, nacido el 5 de Marzo de 1981 en Tartagal, D.. S.M., Provincia de Salta, hijo de H.M. y de M.B., con domicilio en Pasaje 15 de Agosto y América, Bº

Fátima de la ciudad de Tartagal, quien estuvo representado durante el juicio por el Sr. Defensor particular Dr. W.A.D.. Actuando en representación del Ministerio Público Fiscal, el Sr. Fiscal General C.M.A..

RESULTANDO:

Con el objeto de una mejor disposición metodológica, las cuestiones a tratar en la presente sentencia serán las siguientes:

I) Plataforma Fáctica,

II) Nulidades,

III) Análisis de la descripción de los hechos probados IV)

Análisis de la calificación legal de los hechos,

V) Análisis de las penas solicitadas,

VI) Reserva del Recurso de Casación y Caso Federal VII)

Honorarios profesionales y

VIII) Decomiso.

Plataforma Fáctica:

Fecha de firma: 04/09/2017 Alta en sistema: 05/09/2017 Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.F.M., SECRETARIO #29035531#187338398#20170905105047862

  1. Que, el juicio oral y público se llevó a cabo en los términos prescriptos por los arts. 367 y ss. del CPPN, oportunidad en la que el imputado fue instruido acerca de sus derechos y preguntado de sus condiciones personales dándose posteriormente lectura al requerimiento de elevación a juicio de fs.389/392.

    Se desprende de la citada pieza procesal que el juicio seguido en contra de M.B. versó sobre el siguiente hecho “Que el 20 de Marzo de 2.007 siendo horas 9:20 aproximadamente, Personal de la Brigada de Investigaciones Nº 4 Tartagal se puso en contacto telefónico con personal de la Brigada de Drogas Peligrosas Tartagal, a fin de informarle que en el domicilio que en el domicilio sito en el Pasaje 15 de Agosto y América, del Barrio Fátima, de la ciudad de Tartagal, oportunidad en la que se encontraban dando cumplimiento a una Orden de Allanamiento emitida por el Juzgado de Instrucción Formal Primera Nominación –

    Tartagal, a cargo del Dr. N.A. en el marco del Sumario Penal Nº 037/07 por Robo Calificado, procedieron al secuestro de columnas de hierro, herramientas varias, y un (01) arma de fuego calibre 22, como así también una (01) bocha conteniendo sustancia de color blanco pulverulenta, un (01) frasco de color naranja conteniendo idéntica sustancia, papel glacé, entre otros elementos de interés, por lo que el personal de Brigada de Drogas Peligrosas se hizo presente en el domicilio señalado, siendo el inmueble de propiedad de la Sra. M.E.B., solicitándose la presencia de dos testigos hábiles, S.. C.A.G. y V.M.J.S., procediéndose luego a la identificación de un ciudadano masculino detenido por personal de la Brigada de Investigaciones Nº 4, siendo L.F.M.B., encontrándose asimismo en el domicilio la concubina del nombrado y dos (02) menores de edad. Acto seguido el personal de la Brigada de Investigaciones Nº 4 hizo entrega al personal de la Brigada de Fecha de firma: 04/09/2017 Alta en sistema: 05/09/2017 Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.F.M., SECRETARIO #29035531#187338398#20170905105047862 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA FSA 52000118/2007/TO1 Drogas Peligrosas Tartagal dos (02) pipas hechas de vidrio y otra artesanal de color marrón, ocho (08) papeles glacé metalizados, siete (07) papeles metalizados de diferentes colores, papeles para armar cigarrillos marca Ombú, tres (03) hojas de afeitar con restos de sustancia blanca en el interior de una caja de fósforos con la leyenda “Paraná Fósforos”, bocha y recipiente conteniendo sustancia blanquecina, y dinero en efectivo, haciendo un total de pesos dos mil trescientos ochenta y cuatro ($2.384).

    Seguidamente sobre muestras de la sustancia blanquecina secuestrada se realizó la prueba de orientación N., reaccionando cromáticamente en forma positiva al grupo de las ecgoninas (cocaína). El pesaje de dicha sustancia blanquecina, efectuado en balanza digital marca ACCULAB arrojó, la bocha un peso total de siete (07) gramos de pasta base de cocaína, y el recipiente de plástico de colore naranja con tapa azul, un peso de cincuenta y cuatro (54) gramos, haciendo un peso total de sesenta y un (61) tramos de pasta base de cocaína, incluido los envoltorios; lo que quedó

    confirmado con la Pericia Química practicada a fs. 79/82 que concluyó que “las muestras identificadas con los números 1 y 2, se tratan de pasta base de cocaína…”, en una concentración del 68,998% del mínimo de pureza y del 69,159% del máximo de pureza.

    En tal sentido, el Ministerio Público Fiscal calificó la conducta desplegada por el encartado de autos como autor responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, previsto en el art. 5 inciso “c” de la Ley 23.737”.

  2. Establecida la plataforma fáctica de la acusación quedó abierto el debate sin que las partes efectuaran planteos preliminares.

    Acto seguido, haciendo uso de su derecho el imputado optó por ampliar su declaración y expuso que se encuentra detenido desde el año Fecha de firma: 04/09/2017 Alta en sistema: 05/09/2017 Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.F.M., SECRETARIO #29035531#187338398#20170905105047862 2015 por una causa que se inició en el mes de marzo del año 2007. Que el procedimiento tuvo lugar en su domicilio de calle 25 de agosto donde vivía junto a su madre, hijos y novia. Que en esos días, un amigo de él de apellido S., con quien estudiaron en Tartagal, estaba parando en su casa; Que en esa mañana, la del procedimiento, él estaba en el baño cuando escucho ruido y vio que eran los de la Brigada de Investigaciones que estaban pateando la puerta, y luego entraron, lo tiraron al piso y lo esposaron. Que pasan unos minutos y empezó el allanamiento, cuando en ese momento puedo ver lo tenían esposado a su amigo S.. Que cuando terminan el allanamiento sacan desde su habitación una “x” cantidad de estupefacientes y desde la que estaba usando su amigo S., plata.

    También un dinero en efectivo que era de él, unos 150 pesos. Que viene otro policía y desde la carpeta de uno de sus hermanos sacan el papel glacé.

    A su vez una pipa que tenía él. Refirió que la droga la compró en Yacuiba, que iba seguido a comprar ropa para luego vender. Que un día fue a comparar ropa y se sentó en la plaza oportunidad en la que se le acercó un muchacho le ofreció droga. Que le llamó la atención y quiso probar, por eso la compró; Que la trajo a su casa para consumirla, pero no le gusto y la guardó en su placar. Respecto al arma dijo que se la compró a un amigo, que no tenía necesidad de vender por que tenía un local de ropa; Luego se negó a contestar a preguntas del Sr. Fiscal pero si a su abogado defensor.

    A preguntas de este último dijo que no empuño el arma porque estaba en el placar y él estaba en el baño cuando entró a su casa la policía. Dijo que no tiro nada por el inodoro, que en el baño se estaba lavando la cara; Que el estupefaciente estaba bien guardado en un recipiente naranja dentro del placar y que eran dos pipas; y no tres como dice el acta. Que a esas pipas las tenía para fumar; En cuanto al papel glacé aclara que era de sus hermanos menores y que la policía lo puso sobre la mesa; Que la Brigada secuestró desde su domicilio hierros de construcción, un DVD; un Fecha de firma: 04/09/2017 Alta en sistema: 05/09/2017 Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.D., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.F.M., SECRETARIO #29035531#187338398#20170905105047862 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA FSA 52000118/2007/TO1...

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