Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL, 11 de Agosto de 2017, expediente CCC 031751/2013/TO01/CNC001

Fecha de Resolución11 de Agosto de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 31751/2013/TO1/CNC1 Buenos Aires, 10 de agosto de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Para dictar sentencia en la presente causa n° 31.751/2013 seguida a M.S.A. -argentino, titular del DNI nro. 37.341.740, nacido el 28 de mayo de 1993 en esta ciudad, hijo de D.A. y de A.A., soltero, domiciliado en la calle Tucumán 3247, Planta Baja departamento “6” de esta ciudad, y constituido en el domicilio de la Defensoría Oficial ante los Tribunales Orales n° 19, sita en Av. R.S.P. 1190, 4° piso de esta ciudad e identificado mediante Prontuario Policial RH 296.618 y de Reincidencia n° 03174117- en orden al delito de robo simple.

Intervienen en la causa el Sr. Fiscal General, Dr. G.L.G., y la Sra. Defensora Pública Oficial Coayduvante, Dra. C.A.C..

RESULTA:

Primero

En el requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 59/61, se imputó a M.S.A. el suceso transcripto a continuación:

Hecho

Se le atribuye a M.S.A. el haberse apoderado ilegítimamente, ejerciendo fuerza sobre las cosas y violencia sobre las personas, de un estéreo marca “Volkswagen” el cual se encontraba instalado en el rodado de la misma marca, modelo “Gol Trend”, dominio IWW-714, propiedad de S.J.L..

Dicho suceso acaeció el día 14 de junio del año 2013, alrededor de las 16:00 hs., oportunidad en la que el acusado rompió el vidrio delantero derecho del vehículo de marras, el cual se encontraba estacionado en la calle L. a la altura N° 3283 en su intersección con la calle G. de esta ciudad, con el objeto de apoderarse del bien en cuestión.

Fecha de firma: 11/08/2017 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA #16580634#185112945#20170810145911022 Dicho accionar fue observado por el testigo C.M.Z., quien procedió a asustar al acusado con un caño para que deponga su actitud y se marche del lugar, lo cual así hizo.

Sin embargo, posteriormente el incuso regresó y le profirió frases de carácter amenazante a M.Z. tales como “por qué no te vas, te voy a romper el auto, andáte, tomatelás que te voy a acuchillar” (sic) al tiempo que le exhibía una piedra de gran tamaño.

Tras ello, A. sustrajo el estéreo del interior del rodado “Volkswagen”, modelo “Gol Trend”, dominio IWW-714, empleando para ello un destornillador con el cual logró removerlo del tablero. Luego, el encartado se alejó unos metros y se detuvo a hablar con dos personas en la puerta de un domicilio.

Por último, al arribar personal policial al lugar del hecho, se entrevistó con M.Z. quien sindicó a A. como el autor de la sustracción del estéreo, siendo que éste último al advertir la presencia de los funcionarios del orden, ingresó

rápidamente a su domicilio sito en la calle L. n°

3231, piso 1°, departamento “12” de esta ciudad.

Finalmente, personal policial, tras tomar contacto en la puerta del citado inmueble con M.F.I. y M.A., quienes dijeron ser novia y hermano del imputado respectivamente, logró recuperar el estéreo sustraído, el cual fue incautado junto con el destornillador empleado por A. para cometer el hecho y el rodado propiedad de L..

Segundo

Prueba:

La materialidad del hecho descripto en el acápite primero y la autoría del mismo por parte del imputado, se encuentran acreditadas mediante la incorporación de las siguientes pruebas:

A) La declaración testimonial prestada a fs. 1/2 y fs. 33 por C.M.Z. –mecánico-, Fecha de firma: 11/08/2017 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA #16580634#185112945#20170810145911022 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 31751/2013/TO1/CNC1 quien explicó que aproximadamente a las 16:05 horas del día 14 de junio de 2013, mientras se encontraba dentro de su rodado estacionado en las inmediaciones del “Shopping Abasto”, escuchó un estruendo como si se hubiese roto un vidrio, procediendo al mismo tiempo la activación de una alarma sonora de uno de los vehículos allí estacionados, pudiendo observar un masculino de aproximadamente 20 años de edad, vestido con un pantalón tipo “jean” y una campera azul, sentado en el asiento del acompañante de dicho automotor, en actitud sospechosa. Es por esto que, utilizando la palanca del criquet de mano de su propiedad, se acercó al hombre con el fin de que detenga su actitud, provocando que el mismo se diera a la fuga. Es así que, posteriormente, el dicente se acercó al vehículo en cuestión, observando que el mismo poseía el vidrio delantero derecho roto y el estéreo se encontraba salido de su posición original.

Minutos más tarde, el sospechoso se hizo presente nuevamente en el lugar, junto con un ladrillo y un destornillador en su poder, a fin de amedrentar al Sr.

M.Z., profiriéndole al mismo tiempo que procedía a sustraer el estéreo mencionado, una serie de insultos y dichos descalificativos hacia su persona. Acto seguido, el deponente logró tomar una piedra de la calle, con la cual amagó tirársela al joven, dirigiéndose éste último a gran velocidad a la puerta de una vivienda ubicada a pocos metros lugar, realizando al mismo tiempo ademanes con sus manos con intención de querer pegarle al Sr. M.Z..

Momentos más tarde, se hizo presente en el lugar personal policial, a quien el declarante le narró lo sucedido y le indicó que el masculino que se encontraba a media cuadra había sido el autor del ilícito. Acto seguido, ambos se acercaron al joven sindicado, el cual al advertir la presencia policial, ingresó rápidamente al interior del domicilio.

B) La declaración testimonial prestada a fojas 4/5 por el S.M.A. –

Fecha de firma: 11/08/2017 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA #16580634#185112945#20170810145911022 numerario de la Comisaría 9° de la Policía de la Ciudad-, quien manifestó que mientras se encontraba cumpliendo funciones dentro del ejido jurisdiccional en la fecha 14 de junio de 2013, fue desplazado a la calle L. al 3200 de esta ciudad. Una vez arribado al lugar, se encontró con el Cabo H. y el Señor C.M.Z. en la puerta del edificio a la altura catastral 3231, quien le refirió que sobre la calle L. al 3283, se encontraba estacionado un...

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