Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 28 de Julio de 2017, expediente FSA 071003040/2007/TO01

Fecha de Resolución28 de Julio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA FSA 71003040/2007/TO1 ACTA En la ciudad de Salta a los 17 días del mes de Julio de dos mil diecisiete , siendo horas 10:10 se constituye en la Sala de Audiencias el Tribunal Oral en lo Criminal Federal, los Sres. Jueces de Cámara Dres. M.L.S. –Presidente-, M.M.J.A. y G.E.C. (ver fs. 1124 -Rº 388/17 CFCP-) con la asistencia del Dr. H.F.M., a los efectos de realizar la audiencia de debate en la causa FSA 71003040/2007/TO1 (3040/09 T.O.) caratulada “O.C., I.L. p/ Infracción ley 23.737”. Se encuentran presentes en la Sala de Audiencias el Sr. Fiscal General Dr. Francisco S.

Snopek, la imputada I.L.O.C. (a) “Y.”C.BolN.°

5.880.060, boliviana, soltera, ama de casa, hija de R.O. y Y.C., nacida el 27 de octubre de 1989 en la localidad de Camiri (Santa Cruz de la Sierra – Estado Plurinacional de Bolivia) junto al Sr. Defensor Oficial Dr. O.T.D.C. y la Asesor de Menores Dra.

X.C.. Abierto el acto la Sra. Presidente informa que la presente audiencia será grabada en los términos del art. 395 del CPPN consignándose en las actas solo un resumen de lo que suceda en las audiencias, a lo que las partes prestan conformidad. Acto seguido la Sra.

Presidente requiere la atención de la imputada y ordena la lectura de la Requisitoria de Elevación a Juicio de fs.409/412vta. Cumplida la lectura, se procede a declarar la apertura del Debate preguntando si existen cuestiones preliminares que oponer en los términos del art. 376 del CPPN a lo que las partes responden que no; Acto seguido el Sr. Defensor hace saber que su Fecha de firma: 28/07/2017 Alta en sistema: 08/08/2017 Firmado por: M.M.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.F.M., SECRETARIO #29445006#184331213#20170728103328320 defendida quiera ampliar declaración. Declara la imputada O.C. quien manifiesta que en ese tiempo era menor y que tenía dos hijas y ahora tiene otra hija, que tiene el mismo problema por sus antecedentes; que estaba trabajando con comercialización de ropa; A preguntas del Sr. Fiscal expresa que no terminó la primaria y que estaba sola. Que no término la primaria ni la secundaria, que estaba viviendo en Bolivia. Que cuando salió del arresto la Sra. que la cuidaba no la dejaba salir y que en ese tiempo no la veía a su hija y que ahora si la ve; Acto seguido el Sr. Fiscal refiere que va a desistir de los testigos y considera viable la aplicación del juicio abreviado, tal como se lo adelantó a...

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