Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BALBUENA, PABLO MARTIN s/ROBO DAMNIFICADO: FUENTES MACHADO, ERNESTO

Fecha01 Agosto 2017
Número de expedienteCCC 066764/2015/TO01
Número de registro183721483

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 66764/2015/TO1 Buenos Aires, 1° de agosto de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

I. En función de la entrada en vigencia de la ley 27.308 (1°

de marzo de 2017), en cuanto a su implementación del juicio unipersonal, se hace saber a las partes que el caso será resuelto por el suscripto (cfr. arts. 8 y 28 de dicha ley y Res. 1/16 de la Comisión Bicameral de Monitoreo e implementación del Nuevo Código Procesal Penal de la Nación del Honorable Consejo de la Nación).

II. Para resolver acerca de la extinción de la acción penal en la causa N°66764/2015 (número interno 4598-A-), seguida contra P.M.B., por el delito de robo simple.

Y CONSIDERANDO:

1) El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 17, por resolución firme del 20 de mayo de 2016, (fs.104/105 vta.) dispuso la suspensión a prueba de este proceso por el término de un año, seguido respecto de B., imponiéndosele, por igual tiempo, el cumplimiento de la regla de conducta establecida en el art. 27 bis, inciso 1° del Código Penal.

Además, le impuso durante dicho lapso, la obligación de realizar cien (100) horas de trabajo comunitario en el comedor comunitario “Resplandor del Sur” y de continuar cursando sus estudios escolares y acreditar su condición de alumno regular durante el ciclo Fecha de firma: 01/08/2017 Alta en sistema: 02/08/2017 lectivo. También admitieron por razonable la suma de quinientos pesos Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #28095196#183721483#20170801102326187 ($ 500) ofrecida por el imputado, al presunto damnificado E.F.M. quien deberá manifestar si la acepta dentro de los cinco días hábiles de notificado, entendiéndose que su silencio será

interpretado como desinterés de percibir dicha suma; en cuyo caso será

eximido B. de efectuar el pago. Cabe destacar que a fs. 111, la Comisaría 28ª de la Policía Federal Argentina diligenció la referida notificación la que fue recibida por un vecino –M.- quien se comprometió a dejarle la citación a M. el que hasta la fecha no ha concurrido al Tribunal.

2) La Defensora Pública Coadyuvante a fs. 119/120, solicita que se declare extinguida la acción en esta causa por haber fenecido el término de suspensión de juicio a prueba y sobreseer al nombrado.

3) Con fecha 15 de junio de 2017, se recibió en Secretaría el legajo N° 160.330, del Juzgado de Ejecución Penal N° 3, formado para seguir el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas, surgiendo del mismo que hasta la fecha no se ha adoptado resolución alguna sobre el cumplimiento de las mismas (cfr. fs. 171/176).

4) Se corrió vista al Fiscal (fs. 129) dictaminando que corresponde declarar extinguida la acción penal y, en consecuencia, sobreseer al referido B..

5) Fueron actualizados los antecedentes del encartado y tal Fecha de firma: 01/08/2017 como se desprende del certificado de fs. 157/157 vta., además de la Alta en sistema: 02/08/2017 Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #28095196#183721483#20170801102326187 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 66764/2015/TO1 presente, registra en trámite: 1) causa N° 8169, del Tribunal Oral de Menores N° 2, iniciada el 17 de septiembre de 2014 por el delito de robo en poblado y en banda en la cual con fecha 29 de septiembre de 2015, se resolvió declarar al nombrado penalmente responsable del delito de robo agravado por su comisión en poblado y en banda en grado de tentativa; 2) causa N° 7901, del Tribunal Oral de Menores N° 2, iniciada el 27 de diciembre de 2013 en orden al delito de robo, y 3) causa N° 8177, del Tribunal Oral de Menores N° 2, iniciada el 4 de julio de 2014, en orden al delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda. Todas las causas se encuentran en pleno trámite. Como se puede apreciar los tres expedientes se iniciaron con anterioridad a la resolución de la suspensión de juicio a prueba dictada por el referido Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 17. También, registra en trámite por ante esta sede dos causas conexas la N° 78494/2016 (número interno 4577-A-), iniciada el 26...

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