Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL, 13 de Julio de 2017, expediente CCC 025220/2017/TO01
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 25220/2017/TO1 Buenos Aires, 13 de julio de 2017.
Y VISTOS:
Para dictar sentencia en la causa N° 5347 (25.220/17) que preside el Dr. M.Á.C., juntamente con el Sr. Secretario, Dr.
A.A.L., que por el delito de hurto en grado de tentativa, se sigue a R.E.A. (o P.G. o A.M.M. o A.L.M.) -argentino, nacido el 2 de febrero de 1988 en Mar del plata, pcia. de Buenos Aires, hijo de R. y de V.G., titular del D.N.
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N° 33.646.051, con Prontuario Policial RH N° 292.705 y del Registro Nacional de Reincidencia N° 3534399, actualmente detenido en el C.P.F. N° 2-.
Intervienen en el proceso, el Sr. Fiscal General, Dr. A.M. y, en calidad de asistente técnico del imputado, la Sra. Defensora Coadyuvante, Dra. A.A..
Y CONSIDERANDO:
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) Que por requerimiento a juicio obrante a fs. 95/7, la Sra.
Auxiliar Fiscal de instrucción formuló la imputación contra R.E.A. que, a continuación se transcribe:
...haber intentado apoderarse ilegítimamente, sin ejercer violencia en las personas ni fuerza en las cosas, de dos frascos de café marca “Dolca”
Fecha de firma: 13/07/2017 Alta en sistema: 14/07/2017 Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #30047429#183638196#20170714132110064 de 170 gamos cada uno, un desodorante marca “Rexona” de 150 ml. y un antitranspirante marca “Old Spice” de 150 ml. del interior del supermercado “Día”.
El suceso en cuestión tuvo lugar el día 25 de abril de 2017, siendo aproximadamente las 15.45 horas, en el comercio mencionado anteriormente ubicado en la Avenida Caseros. 2938 de esta ciudad.
En aquella oportunidad, el imputado ingresó al comercio mencio
nado, tomó los objetos que se encontraban exhibidos en las góndolas del lugar, los ocultó entre sus prendas y se dirigió a la salida traspasando la línea de caja sin abonarlos.
Esa conducta fue advertida por D.A.R., encargada del comercio del turno tarde, quien solicitó al incuso que devuelva los productos que había escondido entre sus ropas, ante lo que este le manifestó que no tenía nada e intentó escapar del comercio.
En esa ocasión, R. se posicionó frente al encartado a fin de evitar su huida, momento en el que se acercó su compañero D.J. y un ocasional cliente, a fin de ayudarla, solicitándole nuevamente al imputado que exhiba sus pertenencias, hallando en las mangas de Albornoz los objetos antes mencionados.
Por esta razón, la encargada realizó un llamado al 911, haciéndose presente en el lugar personal policial de la Policía Metropolitana quienes procedieron a la detención del imputado y al secuestro de los elementos sustraídos
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Así descriptos los hechos, el Sr. Fiscal de Instrucción consideró que los mismos tipificaban el delito de hurto en grado de tentativa, por el cual debía responder A. en carácter de autor.
Fecha de firma: 13/07/2017 Alta en sistema: 14/07/2017 Firmado por: M.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.A.L., SECRETARIO DE CAMARA #30047429#183638196#20170714132110064 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 3 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 25220/2017/TO1 2°) Que radicados los autos ante estos estrados, el Sr.
Fiscal General, en los términos del art. 431 bis inc. 2° del C.P.P.N., solicitó
mediante escrito glosado a fs. 135, que, en orden al delito de hurto en grado de tentativa se condene a R.E.A., a la pena de 2 meses y costas, más la declaración de reincidencia y a la pena única de 6 meses y 21 días de prisión, comprensiva de la anterior y de la pena de seis meses de prisión de cumplimiento efectivo y costas, impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 29 el 16 de febrero de 2017.
Que con todo ello, esto es la existencia de los hechos según quedaran descriptos, autoría y calificación legal, como también con el “quantum” punitivo propiciado por el Sr. Fiscal General, el imputado, que al efecto estuvo asistido por su defensora, manifestó expresa conformidad en el acuerdo agregado a fs. 135 de estos obrados.
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) Que atento a dicha presentación, se celebró la audiencia prevista en...
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