Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL, 30 de Junio de 2017, expediente CCC 045510/2015/TO01

Fecha de Resolución30 de Junio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 45510/2015/TO1 Buenos Aires, 30 de junio de 2017.

Y VISTA:

La causa n° 45.510/15 (n° interno 4150) del registro del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 24 seguida a SEBASTIAN MAXIMILIANO FRECHERO (argentino, titular del Documento Nacional de Identidad n° 29.185.524, soltero, nacido el 1 de enero de 1982 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hijo de E.L. y de E.R.S., carpintero, con prontuario de la División Robos y Hurtos n° 264.839 y Expediente del Registro Nacional de Reincidencia n°03049203, con domicilio constituido en la sede de la Defensoría Oficial n° 3 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional n° 24, a cargo de su defensa.

DE LA QUE RESULTA:

Las actuaciones llegaron al estado actual en virtud del acuerdo de juicio abreviado celebrado entre las partes, según da cuenta el acta agregada a fs. 94. Cumplido el recaudo de la expresa ratificación por parte del imputado en la audiencia de conocimiento personal (fs. 98), quedó el legajo en condiciones de recibir pronunciamiento.

Y CONSIDERANDO:

Primero

Ha quedado debidamente acreditado el hecho descripto en la requisitoria de elevación a juicio de fs. 68/9, conforme el siguiente detalle:

Se le imputa a S.M.F. el hecho acaecido el día 5 de agosto del año 2015 aproximadamente a las 1.25 horas en la calle Asunción 2882 consistente en haber intentado sustraer, mediante el uso de Fecha de firma: 30/06/2017 Alta en sistema: 03/07/2017 Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.D., SECRETARIO DE CAMARA #27440034#181353677#20170703105350492 fuerza, los elementos del interior del rodado marca Fiat, modelo Duna, dominio TNN-631, propiedad de A.C..

Para ello, en las circunstancias antes mencionadas el imputado se colocó del lado derecho del rodado que se encontraba estacionado en la altura catastral indicada y aplicó

fuerza sobre la parte superior de la puerta delantera derecha del automóvil.

Tal circunstancia fue observada por el agente policial L.D.E. quien advirtió también que F. tiraba de la puerta con la intención de ingresar al vehículo.

En virtud de ello, E. impartió la voz de alto que no fue acatada por F., motivo por el que debió

perseguirlo aproximadamente cincuenta metros hasta que logró detenerlo a la altura catastral 2841 de la calle A.

.

La imputación se encuentra corroborada por las siguientes probanzas:

1) Declaración testimonial del S.L.D.E. (fs. 1/2), quien relató que aproximadamente a la 1.25 horas cuando recorría la jurisdicción como J. delS.E. fue desplazado a la intersección de la Avenida Nazca y Asunción. Al llegar observó frente al número 2882, próximo al lateral derecho de un Fiat Duna Beige –dominio TNN631- y como tirando de la puerta delantera derecha, a un sujeto que vestía campera azul y negra, capucha marrón y jeans, quien al advertir su presencia se fugó corriendo por la calle Asunción, cruzando a F. de firma: 30/06/2017 Alta en sistema: 03/07/2017 Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.D., SECRETARIO DE CAMARA #27440034#181353677#20170703105350492 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 45510/2015/TO1 la vereda impar hacia Terrada. Le dio voz de alto que fue desoída, dándole alcance a unos cincuenta metros, frente al número 2841, a quien aseguró colocándole esposas. A unos metros, en Asunción 2882, donde había visto al sujeto por primera vez, corroboró que el marco superior de la puerta delantera derecha del rodado que había visto, había sido forzado hacia afuera. Ante ello, en presencia de testigos procedió al secuestro del automóvil y a la detención de quien resultó ser F..

2) Declaración testimonial de M.R. (fs.

35) usuario del automóvil marca Fiat, modelo Duna, año 1988, dominio TNN-631, de color beige, autorizado a conducirlo, y de titularidad de su esposa A.C., quien señaló que el día anterior al hecho aproximadamente a las 19.30 horas dejó el rodado estacionado sobre la calle A. al 2800. Añadió que si bien posee alarma pudo haber olvidado activarla. Refirió que a las 3.35 horas del día siguiente requerido por personal policial, pudo constatar que el marco de la puerta delantera derecha había sido forzado, sin advertir faltantes.

3) Completan el panorama probatorio el acta de detención y notificación de derechos de fs. 4, la de secuestro de fs. 5, las declaraciones testimoniales de B.C.G. y G.M.A. (fs. 6 y 7) quienes presenciaron la detención de Frechero y el secuestro del automóvil, las impresiones de las fotografías del automóvil (fs. 11/3), el croquis del lugar del hecho (fs. 8) y el peritaje sobre el rodado (fs. 41) que da cuenta de la aplicación de fuerza sobre la puerta.

Fecha de firma: 30/06/2017 Alta en sistema: 03/07/2017 Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.D., SECRETARIO DE CAMARA #27440034#181353677#20170703105350492 Por último se suman el informe médico legal de fs. 6 del legajo para estudio de la personalidad de F. que da cuenta de algunas excoriaciones en la muñeca izquierda de data...

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