Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 15 de Junio de 2017, expediente FPO 014008388/2011/TO01

Fecha de Resolución15 de Junio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 14008388/2011/TO1 En la ciudad de Posadas, capital de la provincia de Misiones, a quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete, siendo las 9:45 horas, en la sede de este Tribunal Oral sita en la calle F. de A. Nº 2.170 de esta ciudad, comparecen ante los Señores Jueces Dres. MARIO HACHIRO DOI -en ejercicio de la Presidencia en el presente proceso-, N.L. y Dr. M.A.J.M. con la asistencia del A.F.G.C., las partes convocadas para celebrar la AUDIENCIA prevista en el art. 293 del C.P.P.N. sobre el pedido de SUSPENSIÓN DEL PROCESO A PRUEBA requerido por la defensa del procesada M.G.S., nacionalidad argentina, titular del D.N.

  1. Nº. 29.895.705, que tramita en la causa Nº. FPO 14008388/2011/TO1 caratulada “SCHIEBEL, M.G. S/

INFRACCION LEY 23737”. ABIERTO EL ACTO por el Señor Presidente, por Secretaría se informa que se encuentran presentes en el acto el representante del Ministerio Público Fiscal Dr. P.R.D.L., el Sr. Defensor P.C., D.L.F.E., y el imputado M.G.S..

Seguidamente, el Señor Presidente cede la palabra al Señor Defensor Publico Oficial, quien RATIFICA el pedido de su defendido, solicitando se haga lugar al mismo. A continuación el Sr. Presidente MANIFIESTA: que consiste la suspensión del proceso a prueba e interroga al procesado para que aclare en que consiste las tareas que ofrece realizar y si realizo el pago de la multa mínima, Seguidamente, el Sr. SCHIEBEL responde que serán labores de maestranza, que se llevaran a cabo en el HOSPITAL BASE, de Colonia Liebig, Corrientes, los días sábados de 8:00 horas a 12:00 horas y exhibe el comprobante del pago de la multa mínima, del cual se corre vista al Sr. Fiscal. A continuación el Sr. Presidente, confiere la palabra al representante del Ministerio Público Fiscal, quien MANIFIESTA: que para que se le dé el beneficio de la suspensión del juicio a prueba el imputado debe iniciar un tratamiento para tratar su adicción, por lo que el imputado manifiesta que ya inicio el tratamiento y se compromete a presentarlo en el plazo que le requiera el Sr. Presidente. Acto seguido el Sr. Presidente fija el plazo de 20 días para que el imputado presente la constancia correspondientes. En este estado el Tribunal

RESUELVE:

1) HACER LUGAR al pedido de SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA solicitado por la Defensoría Publica Oficial en favor de M.G.S. (art.

Fecha de firma: 15/06/2017 Alta en sistema: 19/06/2017 Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE...

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