Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA, 16 de Junio de 2017, expediente FMZ 004456/2014/TO01

Fecha de Resolución16 de Junio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA Nº 1.703 En Mendoza a los dieciseis días del mes de junio de 2017, conforme lo dispuesto por los arts. 399 y 400 del Código Procesal Penal de la Nación, se conforma este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Mendoza, con el doctor D.A.C. como Juez Unipersonal, en presencia de la señora Secretaria actuante, luego de la audiencia de debate celebrada en los autos FMZ 4456/2014 caratulados: “G.G.S.D. s/

Infracción Ley 23.737” y Acumulados FMZ 6428/2014 caratulados “G.G.S.D. p/ Infracción Ley 23.737”, y a los efectos de redactar los fundamentos del veredicto recaído.

I) Las requisitorias de elevación a juicio y el desarrollo del debate.

  1. El Ministerio Público Fiscal en el requerimiento de elevación a juicio en los Autos FMZ 4456/2014 obrante a fs. 209/211 y vta., sostuvo que esas actuaciones tuvieron su inicio el 5 de marzo de 2014 siendo las 19:00 horas, en oportunidad de encontrarse personal de la Unidad Motorizada de Acción Rápida realizando un patrullaje de rutina, observando un vehículo Volkswagen Gol, color gris, dominio AZR-487 con dos ocupantes, quienes al advertir la presencia policial y escuchar la orden de “alto”, se dieron a la fuga, comenzando así

    una persecución. En dicho trayecto los funcionarios observaron que a la altura de calles Tirasso y Ropolo los ocupantes arrojaron una bolsa blanca de nylon la que fue levantada por uno de los oficiales –

    Auxiliar 1º V.H.S.-, prosiguiendo la persecución el A.D.L., quien observa que arrojan otra bolsa de nylon, continuando la persecución hasta arribar al Asentamiento BAP donde Fecha de firma: 16/06/2017 Firmado por: D.A.C., Juez de Cámara Subrogante Firmado(ante mi) por: J.M.R. , Secretario Federal #27930827#181686987#20170616132152796 ambos ocupantes detienen su marcha y se dan a la fuga a pie. El material secuestrado en ese momento –primera bolsa arrojada-

    consistió en dos ladrillos y medio de sustancia vegetal compactada, que fue sometida a test orientativo y dio positivo para marihuana, con un peso total de 2 kilogramos. Además se incautó documentación del interior del rodado descripto a nombre de S.D.G. –

    boleto de compra venta, dos comprobantes de seguro de automotor, licencia de conducir y DNI-.

    Abierto el debate se acumuló por conexidad subjetiva y por pedido de ambas partes, el expediente FMZ 6428/2014 radicado en el Tribunal Oral Nº2 de esta Ciudad, el que se encontraba en la misma etapa procesal que la causa principal. Así se dio lectura también al requerimiento de elevación a juicio de ese proceso, obrante a fs.

    110/2, que en lo esencial señalaba:

  2. Las actuaciones tuvieron su inicio mediante Nota Nº 1200/14 labrado por Dirección de Lucha contra el Narcotráfico, mediante la cual se da cuenta que el 22 de marzo de 2014 a través de un llamado anónimo recibido al servicio fonodrogras, se denunció que en el Bº 25 de mayo, manzana 11, casa 8 de Rodeo del medio, Maipú, M. se comerciaban estupefacientes.

    Ello originó la disposición de vigilancias discretas en el lugar los días 29, 30 y 31 de marzo de 2014 a cargo de la A.J.A., quien informó que esa vivienda recibió visitantes que realizaban movimientos típicos de comercio de estupefacientes los que eran atendidos por un masculino de contextura normal, tez morena de 1,70 metro de estatura de 25 a 30 años de edad. También dijo que el día del allanamiento, 3 de abril del mismo año, previo efectivizar la medida se advirtió el arribo de un masculino que se entrevistó con el sospechado produciéndose entre ambos un pase de manos típico de la infracción Ley 23.737, originando su persecución, aprehensión e identificación, a quien se le encontró en el interior del Fecha de firma: 16/06/2017 Firmado por: D.A.C., Juez de Cámara Subrogante Firmado(ante mi) por: J.M.R. , Secretario Federal #27930827#181686987#20170616132152796 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 bolsillo derecho del pantalón que vestía un cigarrillo de armado artesanal conteniendo marihuana, y un peso total de 3 gramos.

    A continuación, los actuantes irrumpieron la vivienda, en la que se encontraba presente S.D.G.G. - masculino visto en vigilancias previas realizar movimientos típicos de venta de estupefacientes- y al comenzar la requisa del inmueble se encontró en el ambiente donde pernocta el nombrado un envoltorio de nylon transparente conteniendo sustancia blanquecina compactada, que sometida al test orientativo de rigor arrojó positivo para cocaína y un peso de 10 gramos, y del ambiente utilizado como cocina-comedor, sobre un mesa de madera, se secuestraron cinco cigarrillos de armado artesanal de marihuana, con un peso total de 3 gramos, además de dinero en efectivo distribuido en un modular y una billetera símil cuero color marrón.

    El Fiscal de instrucción, lo considero autor de ambos delitos, calificando esta última conducta como tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y comercio de estupefacientes (Artículo 5 inciso “c” Ley 23.737), en tanto el hecho señalado como a) dijo constituía el delito de tenencia con fines de comercio (mismo artículo citado)

    Durante el debate escuché al acusado quien optó, en relación al segundo de los hechos, en hacer uso de su derecho a negarse a declarar, en tanto que en la oportunidad de ejercer su defensa material en vinculación al primero de los sucesos expresó que ese día le había prestado el auto a su mujer de ese entonces, llamada Florencia Robles, en horas de la mañana para ir hacerse una ecografía y se lo robaron; que su madre la llevo a la casa y que él recién se enteró del robo en horas de la noche cuando regresó de trabajar, ya que no llevaba el teléfono. Que allí fue cuando se presentaron a realizar la denuncia por robo a la Comisaría 9º, que era la Comisaría que estaba cerca de Fecha de firma: 16/06/2017 Firmado por: D.A.C., Juez de Cámara Subrogante Firmado(ante mi) por: J.M.R. , Secretario Federal #27930827#181686987#20170616132152796 donde se hizo la ecografía. Agrega que esa ecografía la realizó en la Sala Nº 16, que no recuerda a qué hora, pero cree que fue a eso de las once o doce horas del mediodía y que su mujer no hizo la denuncia de inmediato debido a su estado de embarazo. Manifiesta también que en el interior del auto estaban todos los papeles del vehículo y de su mujer y que ese auto no recuerda desde cuándo lo tenía pero que cree que desde un año atrás y que lo estaba pagando, pero que el dueño no le dio la transferencia.

    En cuantos a los testigos que escuché en el debate, he de citar primero a los que depusieran respecto del hecho detallado como a).

    Así lo hizo en primer lugar el Auxiliar Leonardo Galdame de la Oficina de Lucha contra el Narcotráfico, quien manifestó que su función fue recibir el procedimiento de la UMAR, reconociendo su firma al serle exhibida el acta de fojas 1/2, aunque afirmó no recordar el suceso.

    Luego, prestó testimonio el testigo O.L.T. quien manifestó que todo lo colocado en el acta fue lo que sucedió y al exhibirle la misma reconoció su firma, que recuerda que fue a las instalaciones de Investigación para que observara un paquete, había dos policías en moto, que hicieron un procedimiento con líquidos.

    Al declarar el testigo V.H.S.M., uno de los dos funcionarios policiales que realizaron la persecución, manifestó que trabaja para UMAR de la Policía de Mendoza, con motos y siempre de a dos agentes, uno de ellos de custodia. Que el día del hecho iba con el A.D.L., y relató que circulando por calle T., logran ver salir del barrio S. un vehículo Gol gris o verde y al acompañante del vehículo que se daba vuelta y se agachaba constantemente, por lo que intentaron acercarse, pero se dieron a la fuga y comenzó una persecución en la que vio que tiran algo por la ventana y cae al piso, por ello se detuvo, lo levantó y continuó, no obstante haber perdido de vista a su compañero y el auto.

    Fecha de firma: 16/06/2017 Firmado por: D.A.C., Juez de Cámara Subrogante Firmado(ante mi) por: J.M.R. , Secretario Federal #27930827#181686987#20170616132152796 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE MENDOZA 1 En ese momento escucha por frecuencia que su compañero L. estaba en el Asentamiento BAP, dirigiéndose a ese lugar y al llegar vio el auto Gol sin sus ocupantes, por lo que se dirigió a las oficinas de Narcocriminalidad junto con el secuestro. Agrega que su custodia le dijo que los ocupantes del rodado se habían fugado, y que había visto que en la persecución tiraron otro bulto y que como no conocía las calles se iba a volver haciendo el mismo recorrido, y allí fue cuando D.L. tuvo un accidente, y por eso firmó él solo el acta.

    Recuerda que en el Asentamiento BAP había otros policías que habían llegado en apoyo, que él mismo trasladó la droga a las oficinas de Narcocriminalidad y que el auto también lo llevaron a esa sede.

    Que hicieron el reactivo que dio positivo para marihuana y que ahí

    mismo requisaron el vehículo donde cree que se secuestró un carnet de conducir y una tarjeta verde de alguien que no recuerda. Agrega que su participación llegó hasta esas oficinas ya que el procedimiento lo continuaron agentes de narco. Seguidamente recuerda nuevamente el momento de la persecución y destaca que le llamó la atención el por qué se daban vuelta tantas veces, que eran dos masculinos...

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