Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 - SECRETARIA, 14 de Junio de 2017, expediente FLP 014000026/2006/TO01

Fecha de Resolución14 de Junio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 FLP 14000026/2006/TO1 Plata, 14 de junio de 2017.

AUTOS Y VISTO: para resolver la situación procesal de Celia

Beatriz Ger en la presente causa registrada bajo el Nº 14000026/2006/TO1

caratulada “Manacorda, N. R., Ger, C. B. s/sustracción de

menores de 10 años (Art, 146) – texto original del C.P. Ley 11.179”,

originario de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1.

CONSIDERANDO:

I. Que en las presentes actuaciones fue

requerida la elevación a juicio por el Ministerio Publico Fiscal respecto de Celia

Beatriz Ger, por considerarla prima facie partícipe necesaria de los delitos de

retención y ocultamiento de un menor de 10 años (art. 45 y 146 según ley 24.410

del Código Penal) en concurso real con los delitos de alteración del estado civil y

falsedad ideológica del instrumento público, conforme surge de fs. 958/973.

Tal calificación fue confirmada mediante

auto de elevación del juzgado instructor, donde se elevó el expediente a este

Tribunal calificando la conducta atribuida a la encartada como coautora

penalmente responsable de los delitos de retención y ocultamiento de un menor de

diez años, en concurso real con los delitos de supresión y suposición del estado

civil y falsedad ideológica de documento público en tres hechos (certificado de

parto, acta de nacimiento y Documento Nacional de Identidad Nº 26.429.290 a

nombre de S.) todos estos últimos en concurso ideal

(arts. 146 según ley 24.410, 139 inc. 2, 293 2º párrafo en función del 292 2º

párrafo texto según ley 20.642, 54 y 55 del Código Penal) (véase fs. 1009/1037).

  1. Que a fs. 1215 luce la comunicación

    recibida vía fax por parte de la Dirección PostPenitenciaria de la Provincia de

    Santiago del Estero informando el fallecimiento, el día 9 de abril del 2017, sin

    establecer horario, de quien en vida fuera C..

    Por su parte, a fs. 1232 luce el Acta de

    Defunción, registrándose el fallecimiento de la encausada bajo el Folio Nº 34 del

    Tomo 052017 de la Dirección General del Registro Civil de Santiago del Estero.

  2. Que, en consecuencia, toda vez que

    C. revestía la calidad de procesada en las presentes actuaciones, su

    fallecimiento encuadra en la hipótesis prevista en el art. 59 inc.1º del Código

    Penal, esto es, la extinción de la acción penal por muerte del imputado.

    Por lo tanto corresponde dictar el

    Fecha de firma: 14/06/2017 Alta en sistema: 16/06/2017 Firmado por: P.D.V...

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