Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA, 14 de Junio de 2017, expediente FCB 000384/2016/TO01

Fecha de Resolución14 de Junio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 FCB 384/2016/TO1 Córdoba, 14 de junio de 2017.

VISTOS:

Estos autos caratulados “O.S.R. Y OTROS P.SS.AA. INFRACCIÓN LEY 23.737” (Expte. FCB 384/2016/TO1)”, que tramitan ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Córdoba, presidido por el señor Juez de Cámara, Dr. JULIAN FALCUCCI, e integrado por los señores Jueces de Cámara, D.. J.D.G. y J.V.M.; actúa como F. General el Dr. MAXIMILIANO HAIRABEDIAN, los Dres. M.A.J.V. como defensor particular de W.M.N., DNI N°

28.268.687, argentino, nacido el día 3 de julio de 1980 en la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, hijo de A.D.S. y J.A.N., soltero, padre de tres hijos –de 3, 4 y 12 años de edad-, todos escolarizados, que viven junto a su pareja en una vivienda propia sita en calle Sarmiento s/n de la localidad de Salsipuedes, productor rural y crianza de animales de carrera en un campo alquilado con un ingreso mensual aproximado de $50.000 o $60.000, secundario incompleto, de buena salud y carente de antecedentes penales computables; de R.N.A., DNI N° 30.320.095 nacido el 2 de Febrero de 1984 en la Provincia de la Rioja, hijo de M.A.A., soltero, tiene una hija de cuatro años de edad y vive con su madre y hermano, en la casa propiedad de su madre sita en la calle pública sin número de Barrio Las Flores, departamento Aminga, La Rioja, con secundario incompleto, empleado municipal contratado con un sueldo aproximado de cinco mil pesos mensuales, también cuida Fecha de firma: 14/06/2017 Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: URRETS ZAVALIA PABLO, SECRETARIO DE CÁMARA #29222623#181437950#20170614123724138 caballos de carrera y es jockey, ganando entre mil y dos mil pesos por fin de semana, goza de buena salud y carece de antecedentes penales computables, y de J.R.S. alias “K.”, DNI N° 14.843.723, hijo de L.A.R. y M.R.S., nacido el 11 de Julio de 183 en la ciudad de Córdoba, soltero, con dos hijos de 15 y 9 años y viven con él y su pareja, de instrucción secundaria incompleto, oficio panadero y actualmente trabaja de albañil ganando aproximadamente dos mil ochocientos pesos por semana, habita una casa que le presta su suegra, no padece enfermedades ni posee antecedentes penales; y el Dr. José

Antonio Freytes como abogado defensor de S.R.O., alias “mono”, DNI N° 14.843.723, argentino, nacido el día 16 de junio de 1962 en la ciudad de Cruz del Eje, Provincia de Córdoba, hijo de D.O. y de M.P., en concubinato hace 23 años, con seis hijos –uno de ellos menor de edad-, tres de los cuales conviven con ellos en el domicilio sito en calle 14, entre calle 15 y 13, B.P., de esta ciudad de Córdoba, vivienda usucapida y sobre la que realizan actos posesorios, albañil, cuando tiene trabajo cobra $12.000 mensuales, al momento del hecho trabajaba en la construcción de unos departamentos. su mujer cuida a un bebe, secundario incompleto, no refiere enfermedad alguna y carece de antecedentes penales computables. El imputado manifestó que uno de sus hijos vive en Buenos Aires a raíz de un tratamiento médico que se practica en aquella ciudad. Tiene 22 años y padece leucemia, fue transplantado de médula y actualmente continúa con controles médicos frecuentes. Esta situación existía al momento del hecho y tenían problemas económicos.

Sin embargo junto a su mujer procuraron brindarle todos los cuidados que tenían a su alcance. En su casa, la única Fecha de firma: 14/06/2017 Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: URRETS ZAVALIA PABLO, SECRETARIO DE CÁMARA #29222623#181437950#20170614123724138 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 FCB 384/2016/TO1 habitación que estaba revocada y con un contrapiso prolijo era el dormitorio matrimonial que fue cedido a su hijo enfermo.

Debían mantener todo en perfectas condiciones de limpieza e higiene. Comentó que tras el primer tratamiento su hijo quedó

en remisión pero luego la enfermedad volvió con mayor agresividad y lo dejó inválido. Requería de su ayuda para movilizarse. Luego, gracias al transplante que se le efectúo pudo volver a caminar. Actualmente sigue medicado y con controles cada quince días en Buenos Aires. Se hospeda en la casa de su abuela pero el padre debe mantener sus gastos. Que conforme el requerimiento fiscal de elevación a juicio obrante a fs. 1006/1012 de autos, a los imputados se les atribuyen la comisión de los siguientes hechos: “HECHO NOMINADO PRIMERO:

Con fecha no determinada pero con anterioridad al 30 de enero de 2016, W.M.N., organizó el transporte de 43.154,90 grs. de marihuana, acondicionados en 62 paquetes de diferentes pesajes, y la cantidad de 13,50 grs. de cocaína, utilizando a tal fin el automóvil marca Ford Modelo Ka, color blanco, Dominio IBS-416 conducido por S.R.O., desde un lugar no determinado pero presumiblemente desde la Provincia de Santiago del Estero y hacia el domicilio de N. sito en calle Sarmiento s/n, S.C., disponiendo también que J.A.S. y R.A. escoltaran a O. en el automóvil marca Ford Fiesta Titanium Dominio OIN-183 de S.A.S. alias “Titina”.

Para ello, N. se comunicó con el abonado N° 2512897232 perteneciente a J.R.S. alias “El Kuky” a quien le indicó que pase a buscar el automóvil blanco cuya propietaria antes mencionado (haciendo referencia al Ford Fiesta Titanium dominio OIN-183), con la finalidad de participar posteriormente en el transporte del material Fecha de firma: 14/06/2017 Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: URRETS ZAVALIA PABLO, SECRETARIO DE CÁMARA #29222623#181437950#20170614123724138 ilícito en cuestión, tal como se comprobara durante el procedimiento de fecha 30 de enero del 2016 en el que conforme las escuchas telefónicas, luego corroboradas en la ruta por el personal policial comisionado, el vehículo Ford Fiesta Dominio OIN-183, propiedad de S.A.S. alis “Titina”

se encontraba “abriendo” la ruta y que fuera controlado en la fecha del procedimiento. Por otro lado S. alias “El KuKy” conjuntamente con R.Á. tripulaban el Ford Fiesta Titanium Dominio OIN-183 realizando una actividad de “inteligencia” en la Ruta, a los fines de poder avisar la existencia de controles o retenes policiales, al vehículo Ford Modelo ka que conducía O. cargado con el estupefaciente. En este contexto es que S. alias “El Kuky” le realizó una llamada telefónica a W.M.N. reportándole que pasaron la Localidad de San José de la Dormida haciendo referencia que se encontraban sin nafta ni dinero en una estación de Servicio YPF. A raíz de esta comunicación W.N. les ordenó que lo esperen a O. (quien se conducía en el Ford ka) a los fines de que este, les preste dinero para cargar nafta y continuar de ese modo con el viaje. Las cirncunstancias descriptas en éste hecho nominado primero surgen de la investigación realizada por personal adscripto a la División Antidrogas Córdoba de la Superintendencia de Drogas Peligrosas de la Policía Federal Argentina. La misma tiene origen a raíz de haberse tomado conocimiento de la existencia de una red de narcotráfico, a través del Sargento A.M. quien e hallaba avocado a tareas de escuchas y transcripción del producido en las intervenciones telefónicas ordenadas en relación al Expte. N° 18517/2015 F.N.°

42533/2015, resultando de las mismas que se estarían llevando a cabo acciones en infracción a la Ley 23737, motivo por el Fecha de firma: 14/06/2017 Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: URRETS ZAVALIA PABLO, SECRETARIO DE CÁMARA #29222623#181437950#20170614123724138 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORDOBA 1 FCB 384/2016/TO1 cual se da inicio a las presentes actuaciones las que se encuentran a cargo de el P.F., quien contando con la información obtenida mediante el resultado de las escuchas directas, advirtió que se produciría una inminente entrega de estupefacientes. Que resulta de las intervenciones telefónicas aportadas por la AFI, que el encartado S.R.O. e encontraba conduciendo un vehículo hacia una Estación de Servicio sita en San José de la Dormida, donde se iba a encontrar con J.R.S. y R.N.Á. a los fines de proveerles dinero para que estos emprendan la ruta hacia Córdoba a los fines de avisarles sobre los supuestos controles policiales. Que siendo las 15:44 hs.

personal policial arribó a dicha estación de Servicio y divisó

a dos vehículos cuyos ocupantes eran los encartados, uno de los rodados sería el Ford Modelo Ka dominio IBS-416 y el otro el Ford Modelo Fiesta dominio OIN-183. Al divisar al personal policial no identificado, es que emprende la marcha uno de los rodados siento este el Ford Ka, del cual no se dispuso la interceptación alguna ya que se desconocía que autos estaban comprometidos en la maniobra ilícita, prestándose mayor atención al Ford Fiesta Titanium, quien emprendió la marcha a escasos momentos, tomando por la Ruta 9 hacia la Ciudad de Córdoba. Es así que personal policial entendió que aquellos eran los vehículos investigados por lo que emprendieron el seguimiento detrás del Ford Fiesta, mientras que por medio de escuchas y mensajes de texto recibirían información que se encontraban nerviosos por la presencia policial, seguimiento que culminó con un control vehicular implantado sobre la ruta N° 16 a un Km. de la intersección con la Ruta N° 9. Allí se detuvo el paso del Ford Fiesta Titanium el cual era conducido por R.S. y R.Á. a quienes se los Fecha de firma: 14/06/2017 Firmado por: J.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: URRETS ZAVALIA PABLO, SECRETARIO DE CÁMARA #29222623#181437950#20170614123724138 procedió a identificar y tras una breve indagación se logró

establecer que el vehículo que...

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