Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 13 de Junio de 2017, expediente FTU 400795/2004/TO01

Fecha de Resolución13 de Junio de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN 400795/2004 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: TARTALO , G. Y OTROS s/PRIVACION ILEGAL LIBERTAD PERSONAL DAMNIFICADO: CORONEL MARTA Y CORONEL ROLANDO Y OTROS San Miguel de Tucumán, 12 de junio de 2.017.-

AUTOS y VISTOS:

Las causas “TÁRTALO GUILLERMO y otros S/ Privación Ilegal Libertad Personal Damnificado: C.M. y C.R. y Otros” Expte.:

400795/2004”; “M., B. y otros s/ privación ilegítima de la libertad en perjuicio de MOLINA, D.”E.. M – 810213/2012; y “B., A.D. y otros S/

Privación ilegítima de la libertad y otros delitos en perjuicio de O.M.”.

E.. n° 400.536/07 (conexa a CCD ARSENAL MIGUEL DE AZCUENAGA S/

SECUESTROS Y DESAPARICIONES (2do Grupo)” Expte. N°443/84, y CONSIDERANDO:

Habiendo sido elevadas a juicio las causas referidas supra y luego del examen de las piezas procesales en las que se funda el requerimiento fiscal de elevación a juicio en cada una de ellas, se advierte que corresponde disponer su acumulación.

En la concreta situación en examen, sin perjuicio de que resulta posible la realización de juicios separados por diversos hechos cometidos supuestamente en distintos espacios y tiempos, lo óptimo es que hipotéticos ilícitos que -de acuerdo con la imputación fiscal- se habrían cometido todos en la Provincia de Tucumán, en una misma época, como parte de un presunto plan sistemático de persecución contra parte de una población civil por razones políticas, sean juzgados en el marco de un único debate, donde la reconstrucción de Fecha de firma: 13/06/2017 Firmado por: DR. C.E.I.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: DR. MARIANO GARCIA ZAVALIA, SECRETARIO DE CAMARA #27744450#181306326#20170613114034729 los hechos en un proceso oral puede alcanzar mejores niveles de verificación de las cuestiones fácticas que se alegan y, en consecuencia, una mejor producción de la prueba de los hechos que se debatan.-

De esta manera se concluye que las causas “M., B. y otros s/

privación ilegítima de la libertad en perjuicio de MOLINA, D.”E.. M –

810213/2012 y “B., A.D. y otros S/ Privación ilegítima de la libertad y otros delitos en perjuicio de O.M.”. E.. n° 400.536/07 (conexa a CCD ARSENAL MIGUEL DE AZCUENAGA S/ SECUESTROS Y DESAPARICIONES (2do Grupo)” Expte. N°443/84 sean acumuladas a la causa “TÁRTALO GUILLERMO y otros S/ Privación Ilegal Libertad Personal Damnificado: C.M. y C.R. y Otros” Expte.: 400795/2004, por ser ésta...

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