Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL, 9 de Junio de 2017, expediente CCC 045643/2010/TO01
Fecha de Resolución | 9 de Junio de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 45643/2010/TO1 Buenos Aires, a los veintiséis días del mes de mayo de 2017 se constituye el Dr. R.H.L. y el suscripto en la sala de audiencias a los fines de celebrar la audiencia a tenor del art. 293 del C.P.P.N. que se llevará a cabo en la presente causa n° 45.643/10 (int. 4040) seguida a G.A.G. (de nacionalidad argentino, nacido el 19/08/1977 en esta ciudad, hijo de J.J. y de Rosa del Carmen Sarmiento, titular del DNI 25.846.235 y Prio Pol AGE 170.536 y trámite nro. 02709412 del RNR, con domicilio real en Almirante Brown 4636, V.I., La Matanza, pcia. de Buenos Aires) y JUAN JOSÉ
GUAITA (de nacionalidad argentino, nacido el 20/04/1953 en Merlo, Pcia. de Buenos Aires, hijo de J.J. (F) y de Amelia Bertte (F), titular del DNI 10.832.862 y Prio Pol RH 180.115 y trámite nro.
02709346 del RNR, con domicilio real en Almirante Brown 4636, V.I., La Matanza, pcia. de Buenos Aires) en orden al delito de estafa en concurso ideal con falsificación de documento privado equiparable a público. Asimismo se encuentran presentes el Sr. Fiscal General S.V., el defensor particular el Dr. F.A., sus asistidos y el presunto damnificado J.A.O..
En este acto el Dr. Llanos recordó a las partes la solicitud de suspensión de juicio a prueba efectuada a fs. 224/5, donde se ofrece la suma de diez mil pesos ($ 10.000) en concepto de reparación del daño y una donación al Hospital Garraham por la suma de cinco mil pesos ($
5.000), y solicita se los exima de cumplir con tareas no remuneradas debido a que G.G. trabaja y J.J.G. padece una enfermedad que le impide trabajar. El Dr. A. pide la palabra y dice que amplían el ofrecimiento económico en la suma de sesenta mil pesos ($ 60.000), pagaderos en 30 cuotas mensuales de dos mil pesos cada una y mantienen la suma de la donación. .------------------------------------------
Fecha de firma: 09/06/2017 Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #26887837#180509163#20170609132910382 Luego, G.A.G. brindó diversa información socio –
ambiental e hizo saber que es casado, tiene dos hijos, posee estudios secundarios incompleto. Que trabaja de manera independiente vendiendo pollos, alquila un depósito en San Justo, y reparte de lunes a sábado de 5 a 15 o 16 horas, percibiendo la suma aproximada de treinta y cinco mil pesos al mes. A preguntas del F., dice que su padre vive con él desde que falleció su madre en el 2009, luego de...
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