Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL, 29 de Mayo de 2017, expediente CCC 027008/2017/TO01

Fecha de Resolución29 de Mayo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 27008/2017/TO1 Buenos Aires, el 19 de mayo de 2017, siendo las 13:23 horas, se constituyeron en la sala de audiencias el vocal del Tribunal Oral en lo Criminal n° 5, el doctor A.P.L., que lo preside en forma unipersonal en virtud de lo normado 353 septies del Código Procesal Penal en presencia de la Secretaria, M.G., a fin de llevar a cabo el juicio oral y público en la causa n° 27.008/17 (número interno 5398) “CELLA, G.F.Y.O., L.A. s/ robo en grado de tentativa”. Se deja constancia que la audiencia será grabada por sistema de video conferencia ya que el sistema de audio y video de la sala no funciona, que será incorporado como parte de la presente acta, lo que se puso en conocimiento de las partes, la que se practica de conformidad con lo previsto en la ley 27.272.

Se encuentran presentes el señor fiscal, el doctor A.Y. y los imputados L.A.O. y G.F.C., junto con su defensor oficial, el doctor D.P.. Se hace saber que se encuentran en la ante sala del Tribunal los testigos J.P.N. y J.M.P., estando en camino el testigo identificado a partir de la medida de prueba como instrucción suplementaria al Comando de incidencias urbanas -911-.

Seguidamente el presidente le hace saber a los imputados que deberán estar atentos a todo lo que sucederá en el debate, que durante el juicio pueden hablar con su abogado defensor, salvo en el momento en que presten declaración, sí así lo desean.

Seguidamente, el presidente dispone la lectura del requerimiento Fecha de firma: 29/05/2017 Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #29849429#179472627#20170523154652463 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 27008/2017/TO1 fiscal de elevación a juicio de fojas 71; las partes manifiestan que se conforman con la lectura de los hechos y la calificación legal, lo que así se hace. Seguidamente, el presidente declara abierto el debate y les pregunta a las partes si tienen alguna cuestión previa que introducir, a lo que las partes dicen que no. Ambos imputados manifiestan que van a declarar sobre el hecho que se les imputa. Luego de ello el presidente convoca al estrado a los imputados L.A.O., a quien previamente le hizo saber sus derechos, en especial que se puede negar a declarar sin que ello implique presunción alguna en su contra. Asimismo, le hizo saber que puede declarar en cualquier momento del debate y que no se le recibirá ningún tipo de juramento de decir verdad.

También le hace saber que a lo largo del juicio puede consultar con su defensor y que tiene derecho a interrogar a los testigos a través de su defensa. También le hace saber que puede ausentarse de la sala, salvo en los momentos en que su presencia sea indispensable. Que, aunque se niegue a declarar, el debate o juicio continuará, dándose lectura en caso de que haya declarado durante la instrucción a su declaración indagatoria. Luego de ello fue interrogado por sus datos filiatorios y refirió entender el hecho que se le imputa y que va a declarar, que es verdad, que fue él y que se arrepiente. Dijo llamarse L.A.O., y dice nuevamente que fue él quien cometió el hecho y que está arrepentido de haberlo hecho. Acepta preguntas y a pedido del fiscal para que relate lo sucedido dice que iban con Fecha de firma: 29/05/2017 Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #29849429#179472627#20170523154652463 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 27008/2017/TO1 Cella y que rompió el vidrio del coche e intentaron robarlo, no sacaron nada, metieron las manos por la ventana. Ahí fue cuando los descubrió la policía. La defensa no tiene preguntas. Dijo llamarse L.A.O., nacido el 11/6/89 en esta ciudad, hijo de A.J.A. y M.P.O..

Tiene 6 hermanos. Viven Av. Córdoba 5361 P.B “E”, tiene estudios primarios incompletos, cursó hasta 6° grado. No trabaja. Soltero.

Sin hijos. No tiene problemas con las drogas, a veces le agarra asma. No hay preguntas. Sale de la sala O. e ingresa C..

Luego de ello el presidente convoca al estrado al imputado G.F.C., a quien previamente le hizo saber sus derechos, en especial que se puede negar a declarar sin que ello implique presunción alguna en su contra. Asimismo, le hace saber que puede declarar en cualquier momento del debate y que no se le recibirá ningún tipo de juramento de decir verdad.

También le hizo saber que a lo largo del juicio puede consultar con su defensor y que tiene derecho a interrogar a los testigos a través de su defensa. También le hace saber que puede ausentarse de la sala, salvo en los momentos en que su presencia sea indispensable. Que, aunque se niegue a declarar, el debate o juicio continuará, dándose lectura en caso de que haya declarado durante la instrucción a su declaración indagatoria. Luego de ello fue interrogado por sus datos filiatorios y refirió entender el hecho que se le imputa y que va a declarar, que fue así el hecho, que se va a hacer cargo. No hay preguntas. En cuanto a sus datos Fecha de firma: 29/05/2017 Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #29849429#179472627#20170523154652463 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 27008/2017/TO1 personales dijo llamarse G.F.C., nacido el 8/2/88 en esta ciudad, hijo de M.I.A. y Á.C.C.. Tiene cinco hermanos. Vive en Niceto Vega, 5165, P.B “3”.

Tiene 3 hijos. Soltero. Sus hijos viven con la madre. Estaban viviendo juntos pero ahora están peleados. Hizo hasta primer año pero no lo terminó. No trabaja. Es asmático crónico. No tiene problemas con las drogas. Luego de ello ingresa O. y el presidente le hace saber a ambos imputados lo declarado por cada uno en ausencia del otro. El presidente convocó luego al estrado a la testigo J.P.N., a quien, luego de hacerle saber las penas con las que se reprime el delito de falso testimonio le recibió juramento de decir verdad por sus creencias en todo cuanto supiere y le fuere...

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