Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 5 de Mayo de 2017, expediente CCC 022892/2016/TO01

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 22892/2016/TO1 Buenos Aires, 5 de mayo de 2017.

Atento al acuerdo de juicio abreviado presentado, pasen los autos a despacho para resolver.

Ante mí:

Fecha de firma: 05/05/2017 Alta en sistema: 12/05/2017 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #29073203#177986423#20170509140920843 Fecha de firma: 05/05/2017 Alta en sistema: 12/05/2017 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #29073203#177986423#20170509140920843 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 22892/2016/TO1 Causa n°5067 seguida a J.D.G. en orden al delito robo en grado de tentativa. TOC N° 27-

Buenos Aires, 5 de mayo de 2017.

Y VISTOS:

Integrado el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n°

27 en forma unipersonal por el Dr. J.H.R., con la presencia de la Señora Secretaria, I.M.B., para dictar sentencia en la causa n°5067 seguida a J.D.G. (argentino, nacido el 17 de septiembre de 1993 en Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, soltero, vendedor ambulante, hijo de R.A.G. y A.B., con domicilio en Falucho n°6402 y Horneros, Almirante Brown, Provincia de Buenos Aires, DNI n°37.642.318, con Prontuario Policial serie TM n°86.904, Expte. del Registro Nacional de Reincidencia n°3833906 y NIF n°01/14/00089913V) en orden al delito de robo en grado de tentativa.

RESULTA:

El Dr. J.H.R. dijo:

  1. El Auxiliar Fiscal, Dr. D.R.M., presentó por ante la Secretaría del Tribunal, el escrito de fs. 172 por el cual se solicitó que se le imprima a la presente causa el trámite previsto por el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación.

  2. La solicitud cuenta con el expreso consentimiento del imputado, quién con la asistencia letrada de la Dra. J.M., rubricaron el escrito de mención, por el cual el acusado asume la Fecha de firma: 05/05/2017 Alta en sistema: 12/05/2017 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: I.B., SECRETARIA #29073203#177986423#20170509140920843 responsabilidad penal del hecho descripto como robo en grado de tentativa.

  3. Realizada la audiencia de visu de J.D.G. a fs. 173 y dictado el correspondiente llamado de autos para sentencia, la presente quedó en condiciones de ser resuelta conforme lo estable el art. 431 bis, incisos 3 y 5, del C.P.P.N. rigiendo el caso el art. 399 C.P.P.N.

  4. Conforme surge del requerimiento fiscal de fs.

    108/111, se le atribuye a G. lo siguiente:

    el suceso ocurrido el 4 de abril de 2016, aproximadamente a las 8.00 horas. En esa ocasión, personal policial de la Comisaría 18ª de la P.F.A. procedió a la detención del imputado en la intersección de las calles Chile y Pichincha de esta ciudad, luego de que intentara apoderarse de un teléfono celular marca Microsoft Lumia, propiedad de A.B..

    Concretamente, la damnificada aguardaba para ingresar en el edificio ubicado en la calle M. 710 de esta ciudad, cuando G. se le aproximó y le exigió que le entregase el teléfono que llevaba en su mano, al expresarle ‘DAME EL CELULAR O TE QUEMO’.

    B. reaccionó rápidamente y lo arrojó al interior del edificio, a través de las rejas de seguridad, de modo que no estuviera a...

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