Sentencia de TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 28 de Abril de 2017, expediente CCC 044538/2015/TO01

Fecha de Resolución28 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 44538/2015/TO1 T.O.M. N° 1 - CAUSAS Nro. 8431 Buenos Aires, 28 de abril de 2017.

Y VISTOS:

Estos actuados que llevan los Nro. 8431 del registro del Tribunal Oral de Menores Nro. 1 de la Capital Federal, seguidos a JAM: .

A fin de dictar sentencia, el señor Presidente del Tribunal, Dr. R.D., contará con la asistencia del secretario actuante, Dr. F.J..

Intervienen en el proceso la Sr. Fiscal General, Dra. S.P., el Sr. Defensor Público Oficial, Dr. S.S. y la Sra. Defensora Pública de Menores e Incapaces, Dra. M.L. de F..

Y CONSIDERANDO:

I) Por sentencia firme del 25 de noviembre de 2015 –fundamentos del 15 de diciembre de 2015- en las presentes actuaciones, se resolvió: “

I) DECLARAR a JAM, ya filiado en el encabezamiento, coautor penalmente responsable del delito de AMENAZAS CALIFICADAS POR EL USO DE ARMAS Y LESIONES LEVES, ambos relacionados idealmente entre si (art. 45, 89 y 149 bis, párrafo última parte del Código Penal y 4° de ley 22.278).” habiendo solicitado el Sr. Fiscal General, en la oportunidad prevista en el art. 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, la imposición al nombrado de la pena de un año de prisión y costas.

Asimismo, se supeditó la aplicación de la aludida sanción penal, al comportamiento del imputado, en los términos del art. 4° de la ley 22.278.

II) A fs. 394 las partes presentaron al Tribunal un acuerdo en el que solicitaron, en atención a las constancias obrantes en el expediente tutelar del encausado, la absolución de pena en los términos del art. 4to. de la ley de menores.

Para ello señalaron que “se aprecia en el caso, según surge del informe de fojas 115 del expediente tutelar del nombrado, continua residiendo junto a su padre, no encontrándose identificado con el consumo de sustancias psicoativas.

Cabe agregar, que en relación a su situación educativa, rindió satisfactoriamente tres materias de las cinco que adeudaba en las mesas de examen del mes de febrero, logrando pasar de año. El presente año lectivo lo inició en el establecimiento Fecha de firma: 28/04/2017 Alta en sistema: 11/05/2017 Firmado por: R.A.D., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: O.F.J. , S. "AdH."

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