Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL, 27 de Abril de 2017, expediente CCC 024181/2011/TO01
Fecha de Resolución | 27 de Abril de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 24181/2011/TO1 Buenos Aires, el 26 de abril de 2017, siendo las 12:44 horas, se constituyeron en la sala de audiencias la jueza del Tribunal Oral en lo Criminal n° 5, doctora A.P.L., que lo preside, en presencia de la Secretaria, doctora M.G., a fin de llevar a cabo el debate oral y público en la causa n° 24.181/11 -n° interno 4863-, caratulada: “PEDRO, A.E. por el delito de estafa”. Se deja constancia de que se encuentran presentes el señor F. General, doctor A.Y., el imputado P. con su Defensora Pública Oficial, la doctora G. De Dios. Se deja constancia que la presente audiencia está siendo grabada por sistema de audio y video que se encuentra instalado en la sala de audiencias y la presente acta se practica de conformidad con lo dispuesto en los artículos dispuesto en los artículos 394 y 395 del Código Procesal Penal de la Nación. Se informa que los testigos citados para el día de la fecha se encuentran en la antesala del Tribunal. Seguidamente el presidente le hace saber al imputado que deberá estar atento a todo lo que sucederá en el debate, que durante el juicio pueden hablar con su defensor, salvo en el momento en que preste declaración, sí así lo desea. Seguidamente, el presidente dispone la lectura del requerimiento de elevación a juicio de fojas 304/308. Las partes manifiestan que se conforman con la lectura de los hechos y la calificación legal, lo que así se hace.
Seguidamente, el presidente declara abierto el debate y pregunta a las partes si tienen cuestiones preliminares que introducir pero el F. dice que quiere aclarar que los televisores del tipo de que se trata son LCD y no LED solo a titulo de aclaración. La defensa no tiene manifestación que realizar. A continuación el Presidente hace saber al imputado sus derechos, en especial que se puede negarse a declarar Fecha de firma: 27/04/2017 Alta en sistema: 28/04/2017 Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #27302087#177438974#20170428100241152 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 24181/2011/TO1 sin que ello implique presunción alguna en su contra. Asimismo, le hizo saber que puede declarar en cualquier momento del debate y que no se le recibirá ningún tipo de juramento de decir verdad. También le hizo saber que a lo largo del juicio puede consultar con su defensa y que tienen derecho a interrogar a los testigos a través de su defensa.
También le hizo saber que puede ausentarse de la sala, salvo en los momentos en que su presencia sea indispensable. Finalmente, le hace saber que en caso de que no declare se incorporará su declaración indagatoria prestada en la sede instructora. Seguidamente, ante la pregunta de si comprendió lo que le explicó el presidente, si entendió
lo que se le imputa y si tuvo asesoramiento previo con su defensa, dice P. que sí. Seguidamente, el presidente convocó a declarar al imputado A.E.P. quien en principio dijo que se remitía a lo que dijo en instrucción, que obró de buena fe, pero continuó
manifestando que esos señores querían alquilar un galpón, había japoneses o chinos, iba a tener un hijo, le venía bien la plata para comprar pañales, comida. Nunca se imaginó. Nunca tuvo problemas.
Aceptó preguntas. A pregunta del fiscal dice que alquiló una habitación de su domicilio. Es una casa con tres ambientes, baño y una despensa sobre la que explica la distribución. Tiene entrada a la calle y ventanas a la calle. Las ventanas son de su vivienda. La habitación que alquiló es la primera, que corresponde a la primera ventana. Debe tener de dimensión 6 por 4 metros. Se lo alquiló el señor G. y otro señor más. Cuando alquiló le pidió una fotocopia del documento y un papel escrito como un contrato. Que lo hizo con el otro señor que trabajaba para G., no recuerda el nombre pero estaba en la carpeta. A pedido del F. se le exhibe la documentación de 326/327. Dice P., que es esto. Dice que era el señor D., era argentino, cree Fecha de firma: 27/04/2017 Alta en sistema: 28/04/2017 Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #27302087#177438974#20170428100241152 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 24181/2011/TO1 que de Jujuy. Vino este señor con G., después vinieron con mercadería, le dijeron que le iban a renovar el contrato, le daban unos pesos y le decían que lo hacían después. Que no tuvo inconvenientes hasta que pasó esto. Dice que no recibió mercadería, ellos las recibían, las tenían en el depósito y se las llevaban, cree que para J., eran cajas chicas y grandes, no sabe de qué eran, no les prestaba atención, solo quería terminar el contrato, era por seis meses y después se fue extendiendo hasta un año y pico, le decían que lo iban a renovar y no se contrataba de nuevo. Le pidieron el CBU del banco para depositarle el dinero pero nunca se lo depositaron. Que le pagaron los seis meses y el resto se lo iban dando de a puchos. Que él recibió las cajas, firmó lo remitos, era como la parte de su trámite. Se le exhibe la documentación de fojas 28/29 donde reconoce su firma. Que el pega afiches de noche, después que recibió los televisores, se fue a pegar a fiches y cuando volvió se encontró con que estos señores se habían ido y dejado su casa vacía. Que había un policía en la puerta, se asustó y consultó a su hermano, fue a la comisaría 1°, les explicó lo que pasaba, les mostró los documentos. Que él no tiene de esos televisores en su casa, tiene un Philips del año 1995 que compró en Frávega en cuotas.
No es de los modernos. Su casa se llueve, no se puede dar esos lujos.
No le dieron mercadería en parte de pago por el alquiler. Que enfrente de su casa está COTO y dejan cajas por lo no presta atención. Que en esa época vivía en su casa con A. y su bebé. Que vivían 6 o 7 personas además, que era la gente que venía por G. y D., que tenían vehículo para el transporte de la mercadería, supone, pero no prestó atención. Que accedían a su casa porque les dio una copia de su llave, que en su casa no tiene objetos de valor por lo que no le podían robar nada, nunca se imaginó esto. No hay preguntas por parte de la Fecha de firma: 27/04/2017 Alta en sistema: 28/04/2017 Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #27302087#177438974#20170428100241152 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 24181/2011/TO1 defensa. A pegunta del presidente dice que la dirección de su casa es en la calle Pichincha 621 donde le dice el presidente que conforme el contrato en el que antes reconoció su firma se comprometió a recibir mercadería y correspondencia. A pregunta del presidente dice que su casa era una propiedad horizontal antes y que después se hizo una subdivisión. La de él es la que da a la calle. Al frente dan dos ventanas, la primera estaba vacía donde descargaron las cosas, y la otra es un living comedor. Después tiene otro ambiente más que da a un patio. La cocina, despensa, que es un cuartito chico, baño. A la habitación que alquiló se entraba por el pasillo y directamente a la habitación esa. No tiene puerta. Es una abertura. Si se viene por la vereda hay una puerta para entrar al pasillo, y por una puerta que está más adelante se entra al patio y a su casa. En el pasillo está la abertura que da a esa habitación que da a la calle. No hay puertas adentro de la casa con llaves como para decir que eso era mío. Que está todo abierto adentro.
Ellos tenían llave de la puerta de su casa, la de calle, para poder ingresar a su hogar. Una vez que se ingresó al pasillo, se puede entrar a su casa libremente. El pasillo accede a su casa. No tiene nada que ver por los otros departamentos que están sobre la calle México. El pasillo solo accede a su casa. Finalmente contesta preguntas que el señor presidente le hace en relación a sus datos personales y dijo llamarse A.E.P., tener 50 años, nacido el 17/4/67 en esta ciudad, hijo de M., fallecido, estaba en la Marina, y C.V., fallecida. Es el más chico de cuatro hermanos, dos fallecidos. Los cuatro sufren asma. Soltero. Tiene un hijo de 6 años, otra de 9 y otro de 10.
Los más grandes son de una madre y el más chico de otra. Todos viven con sus madres y están escolarizados. Tiene estudios secundarios incompletos. Se dedica a hacer pegatinas de afiches en la calle, Fecha de firma: 27/04/2017 Alta en sistema: 28/04/2017 Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #27302087#177438974#20170428100241152 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 24181/2011/TO1 ploteados y trabajos en altura. Tuvo un accidente por eso. Es asmático y operado de la cabeza. Tuvo problema de consumo pero hace muchos años y esporádicamente, está superado. No hay más preguntas. A continuación el presidente convocó a la Señora M.A.M., a quien luego de hacerle saber las penas con las que se reprime el delito de falso testimonio le recibió juramento de decir verdad por sus creencias en todo cuanto supiere y le fuere preguntado.
Titular del D.N.
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28.062.482 y brindó sus demás datos personales. No conoce al imputado, tuvo relación laboral con F.. A pedido del Fiscal brindó su versión de los hechos y contestó a preguntas de las partes y del presidente. A pedido del fiscal, previa explicación...
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