Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 20 de Abril de 2017, expediente FTU 011109/2014/TO01

Fecha de Resolución20 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN 11109/2014 Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GONZALEZ, C.G. Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

San Miguel de Tucumán, 20 de abril de 2017.- JP AUTOS Y VISTOS:

Que vienen estos autos para resolver la fijación de la fecha de cumplimiento de la condena y el monto de las costas procesales impuestas a C.G.G., mediante sentencia de este Tribunal Oral en lo criminal Federal de Tucumán de fecha 10 de agosto de 2016 agregada a fs. 336/344 y vta. de autos y; CONSIDERANDO:

Que a C.G.G. de las condiciones personales que constan en autos, se lo condenó a la pena de cinco años de prisión, multa de pesos cinco mil ($3000), accesorias legales por igual término que el de la condena y costas.(fs.336/344 y vta.).-

Que a fs. 347 de autos se practicó por Secretaría el cómputo de la pena impuesta al nombrado, como así también planilla de costas procesales, que fue notificado a las partes conforme lo dispuesto por el art. 493 del CPPN, según consta a fs. 347 vta. y a fs. 348 vta.

Que en consecuencia, habiéndose observado las normas contenidas en los arts. 24 y 27 de Código Penal y art. 23, sgtes. y ccdtes. del Código Civil en el cómputo de la pena realizado, corresponde aprobar el mismo.

Fecha de firma: 20/04/2017 Firmado por: DRA. M.A.N., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: DR. C.E.I.J.M., PRESIDENTE Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #27604225#176283609#20170420122235165 Que según surge del informe del A. obrante a fs.

354, el penado ut supra referido, no hizo efectivo el pago de la tasa de justicia conforme lo dispuesto en el art. 6 de la Ley 23898, actualizada por Resolución de la CSJN N°

498/91, art. 1°, correspondiendo intimar al mismo a efectos de dar cumplimiento a dicho pago.

Asimismo, como consecuencia de lo considerado, corresponde efectuar las comunicaciones previstas por el art. 2 inc. “i” de la Ley 22.117.-

Por lo que se, RESUELVE:

I) APROBAR el cómputo de la pena y la planilla de costas procesales de...

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