Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ABELENDA, BRIAN OMAR s/ROBO

Fecha18 Abril 2017
Número de expedienteCCC 048878/2015/TO01
Número de registro168726674

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 48878/2015/TO1 Buenos Aires, 18 de abril de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

La presente causa nro. 48878/2015, interno nro. 4284 (M), seguida a B.O.A., por el delito de robo agravado por la utilización de un arma de utilería, en concurso real con robo en grado de tentativa.

Y CONSIDERANDO:

Radicados los autos en el Tribunal a fs. 262 se citó a B.O.A. a fin de notificarlo de tal radicación y del defesor oficial que lo asistiría en caso de no designar letrado particular de su confianza.

De fs. 264 surge que personal policial concurrió al domicilio denunciado por A. pero nadie respondió los llamados y la citación fue dejada bajo la puerta.

De fs. 268/9 se desprende que B.O.A. estuvo demorado en la Cría. 2ª de L.d.M. de la PBA y fue notificado de que debía comparecer al Tribunal, lo que no ocurrión.

Posteriormente, a fs. 270 se lo citó tanto a su domicilio real como al constituído, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su captura, pero tampoco compareció (por resultado de citación ver fs. 273 y constancia de diligenciamiento de cédula de fs. 275).

Por último, personal de Secretaría se comunicó con el teléfono aportado por A. a fs. 20 del legajo de personalidad donde su progenitora, A.C., hizo saber sobre los problemas de adicción que su hijo padece, que se encuentra en situación de calle y que si bien ella recibe las citaciones, se las transmite a su hijo desconociendo si él concurre posteriormente o no.

Es por ello que, no invocando el nombrado ni su defensa un grave y legítimo impedimento que justifique su ausencia, corresponde que el Tribunal -sin más trámite- declare su rebeldía en la presente causa nro.

Fecha de firma: 18/04/2017 48878/2015, nro. interno 4284 (M), y expida orden de detención, Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.I.B., SECRETARIO DE JUZGADO #28091024#168726674#20170418160431800 suspendiéndose el trámite de la causa a su respecto, de conformidad con lo establecido en los arts. 288, 289, 290 y 291 del C.P.P.N., razón por la cual el Tribunal, RESUELVE:

  1. DECLARAR REBELDE a B.O.A. de las demás condiciones personales obrantes en autos, en la presente causa nro.

    48.878/3015 (interno nro. 4284 –M-), SUSPENDIÉNDOSE el juicio a su respecto.

  2. EXPEDIR orden de detención a su respecto al señor J. de la Policía Federal Argentina, solicitando que proceda a la averiguación de paradero del imputado y, en caso de ser habido, deberá quedar alojado en la unidad carcelaria que corresponda en calidad de comunicado a la orden de este Tribunal.

    T. razón, notifíquese urgente a las partes y cúmplase.

    AM M.A.R.H.L.J.J. Ante Mí:

    A.B.S. TA: Para dejar constancia que la Dra. M.C.M. no suscribió la resolución que antecede por encontrarse ausente momentáneamente. Es todo cuanto dejo constancia. Secretaría, 18 de abril de 2017.

    A.B.S. En la fecha se cumplió y se libraron dos cédulas electrónicas y cuatro oficios.

    Conste.

    A.B.F. de firma: 18/04/2017 S. Firmado por: M.R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA...

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