Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL, 20 de Abril de 2017, expediente CCC 071806/2016/TO01
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 71806/2016/TO1 Buenos Aires, 20 de abril de 2017.
Y VISTOS:
Para dictar sentencia en la causa N°
5230 (71.806/16) de este Tribunal Oral en lo Criminal N° 23, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 25, inciso 5° del CPPN, y en los artículos 8, incisos b) y d) y 28 de la ley 27.308.
El proceso fue elevado a juicio por el delito de robo de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa contra H.J.F., D.N.
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23.554.366, nacido el 27 de octubre de 1973 en Avellaneda, provincia de Buenos Aires, hijo de H.F. y de Ada Cordero, con domicilio real en D.R. 4965, R.C., Partido de Almirante Brown, Provincia de Buenos Aires, con prontuarios de Policía Federal legajo 100 N° 310.573 y del Registro Nacional de Reincidencia N°
3.040.346.
Intervienen en el proceso representando al Ministerio Público Fiscal, el F. General F.C., y en la defensa del imputado el Dr. P.F. de firma: 20/04/2017 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #29401286#176685011#20170420084142757 O., Defensor Coadyuvante de la Defensoría Pública Oficial N° 6.
Y CONSIDERANDO:
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El representante del ministerio público requirió la elevación a juicio contra H.J.F. en los siguientes términos (fs. 73/75):
[…] Se le imputa a H. J. F. haber intentado
sustraer –mediante fuerza en las cosas la bicicleta color negro, rodado
20, con inscripción “SCHIWINN QUALITY”, cuadro nro. SNMNG5H18333
de la que resulta propietario J., quien la había dejado
asegurada con una linga en un poste ubicado en la vereda del Banco
Chubut sito en la calle 25 de Mayo al 280, de esta ciudad, el día 29 de
noviembre del corriente año, siendo aproximadamente las 10:45 horas.
En ese sentido, el imputado habría cortado la linga con una
tijera de corte de hierro color amarillo (que fue posteriormente
secuestrada), advirtiendo el damnificado la faltante de su bicicleta al
retirarse de la entidad bancaria y observando al imputado a pocos metros
(en dirección a la calle S.) llevándose la misma, por lo que
comenzó a perseguirlo mientras gritaba que lo detengan.
Finalmente, el reprochado fue detenido por el cabo Sergio
D’Atri sobre la calle 25 de Mayo 332, de esta ciudad, tras escuchar los
gritos de Gover, solicitándosele que exhiba sus pertenencias
observándose que contaba con la referida tijera, por lo que se procedió al
secuestro de la misma, de una mochila de color negra con vivas rojos y
Fecha de firma: 20/04/2017 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #29401286#176685011#20170420084142757 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 71806/2016/TO1 de la bicicleta en cuestión frente a los testigos correspondientes [...].
El A.F. calificó la conducta descripta como robo de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa, y sostuvo que F. había intervino en ella en calidad de autor (arts.
42, 45 y 167, inciso 4°, del Código Penal).
A fs. 96 se presentó el Señor Fiscal General solicitando que se imponga a la causa el procedimiento abreviado introducido por la ley 24.825, para lo cual acompañó el acta del acuerdo dispuesto por el inc. 2° del art. 431 bis C.P.P.N.
(fs. 95).
Según surge del acta, el F. recibió en audiencia al imputado que compareció asistido por su defensor, y en ella se le leyó el requerimiento de elevación a juicio y se le hizo saber que al pedir la abreviación requeriría que se lo condenara a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional y costas, con las obligaciones del art.
27 bis inciso 1° del Código Penal, por considerarlo autor del delito de robo de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa.
Fecha de firma: 20/04/2017 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.B., SECRETARIA #29401286#176685011#20170420084142757 Ante esta presentación se tomó
conocimiento de visu del nombrado y en ese acto se le exhibió al acusado el acuerdo y se lo interrogó
sobre si había sido informado por su defensor acerca de la naturaleza y efectos de éste, a lo que manifestó que sí y que había prestado libremente su consentimiento, por lo que, resultando formalmente admisible el acuerdo presentado, los autos...
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