Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL, 17 de Abril de 2017, expediente CCC 034673/2016/TO01

Fecha de Resolución17 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 34673/2016/TO1 Buenos Aires, 17 de abril de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Para dictar sentencia en esta causa n° 5111/5114 (34673/2016 y 14652/2016) seguida por los delitos de robo en concurso real con hurto en grado de tentativa (causa n° 5111) y hurto reiterado en tres hechos, que concurren en forma real entre sí (causa n° 5114) a R.D.B., argentino, titular del DNI N° 21.115.404, nacido el 9 de noviembre de 1969, en esta ciudad, hijo de D.R.B. y de A.M.C., identificado mediante legajos R.H 263.063 de la Policía Federal Argentina y n° 2686641 del Registro Nacional de Reincidencia, con domicilio previo a su detención en la calle E.L. n°

2963, departamento “1”, actualmente alojado en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza a disposición de este Tribunal, y con domicilio constituido en la avenida R.S.P. n°1190, piso 9no, de esta ciudad.

Intervienen en el proceso, como representante del Ministerio Público Fiscal, el Dr. M.M.B., a cargo de la Fiscalía General n° 22, y por la defensa la Dra. G.P., Defensora Pública Coadyuvante de la Defensoría Oficial n° 13 ante esta instancia.

RESULTA:

  1. Requerimiento fiscal de elevación a juicio Según plataformas fácticas de los requerimientos fiscales de elevación a juicio, se imputa a R.D.B. los siguientes hechos:

    Causa n° 5111 Hecho n° 1 “El haberse apoderado ilegítimamente, mediante violencia en las personas, de los comestibles que poseía en el interior de la cartera su esposa A. de La Vallina –de quien se encuentra separada de hecho-. Dicho suceso tuvo lugar el día 8 de septiembre de 2016, a las 10 horas aproximadamente, en circunstancias en que la víctima caminaba por la calle Nogoyá, en su intersección Fecha de firma: 17/04/2017 con Concordia de esta ciudad.

    Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.M.G., SECRETARIA #29297406#176417080#20170417165800306 De esa manera, en forma imprevista la interceptó en su marcha y mediante forcejeos logró sustraerle en principio su cartera, siendo que una vez en poder de la misma le sustrajo la mercadería que tenía en su interior, luego de lo cual se dio a la fuga, dejando la cartera vacía en el lugar. Que en el interior de la cartera tenía comestibles varios, tales como facturas, sándwiches de migas, gaseosas, etc.”

    Hecho II “El haber intentado apoderarse ilegítimamente de una bicicleta marca “Ross”, modelo playera, rodado n° 26, color azul, propiedad del damnificado en autos D.P.D..

    Dicho suceso tuvo lugar el día 18 de octubre de 2016, siendo aproximadamente las 16.35 horas, para lo cual ingresó al taller mecánico ubicado en la calle Cuenca 2347 de esta ciudad, y sustrajo el bien en cuestión propiedad de la víctima, para acto seguido emprender la huida del lugar a bordo de la bicicleta.

    No obstante ello, el damnificado, quien había observado su ilícito accionar, comenzó su persecución a bordo de su motocicleta, logrando luego de un recorrido aproximado de seis cuadras y sin perderlo de vista en ningún momento, divisar un móvil policial a quien dio aviso de lo sucedido.

    Seguidamente, el personal policial en cuestión procedió a la detención del imputado y al secuestro de la bicicleta.” –fs. 338/339-.

    Causa n° 5114 Hecho I “Se le atribuye a R.D.B. el hecho ocurrido el día 22 de noviembre del año 2015, aproximadamente a las 11.30 horas, en el interior del comercio de rubro pizzería denominado “S.”, sito en la calle Cuenca n° 2756 de esta ciudad, ocasión en que se apoderó ilegítimamente del teléfono celular marca B., modelo Z10, abonado n° 15-3445-2909 de la empresa “Personal”

    perteneciente a M.H.Q.. En dicha oportunidad, mientras Fecha de firma: 17/04/2017 Quiquisola cumplía sus funciones laborales, dejó sobre el mostrador su teléfono Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.M.G., SECRETARIA #29297406#176417080#20170417165800306 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 22 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 34673/2016/TO1 celular y se retiró por unos momentos, siendo allí que cuando fue a buscarlo, aproximadamente a las 12.30 horas, notó que aquel no se hallaba donde lo había dejado, lo que le pareció extraño, realizando varias llamadas al celular, las cuales ingresaban de manera correcta. Instantes después procedió a observar las cámaras de seguridad del local, constatando que un sujeto a quien conocía como “R.” se había apoderado de su teléfono. Posteriormente, con fecha 1 de diciembre del año 2015, a las 14:00 horas, mientras Q. se hallaba trabajando en el interior del comercio antes mencionado, más precisamente en la vereda, ya que el local posee mesas al aire libre para los clientes, observó a un hombre, a quien reconoció como aquel que el día 22/11/2015 se había apoderado de su teléfono celular, por lo que le pidió ayuda a un efectivo policial, quien luego de interiorizarse de lo ocurrido, procedió a la búsqueda del individuo por las inmediaciones del lugar, logrando dar con él frente a la altura catastral 2708 de la calle Cuenca. Luego de ello, en presencia de testigos, procedió a la detención de quien resultó ser R.D.B.”.

    Hecho II “Se le endilga a B. el suceso ocurrido con fecha 3 de enero del año 2016, aproximadamente a las 14:10 horas, en el interior del local tipo bicicletería denominado “Rodados Mielli”, sito en la calle Cuenca 2474 de esta ciudad, ocasión en que se apoderó ilegítimamente de un teléfono marca Iphone, modelo 6, abonado n° 15-6-933-5525, de color blanco, con funda transparente, propiedad de A.C.R. y de un teléfono celular marca M., modelo G, de color negro, abonado n° 15-2242-7706, propiedad de I.N.R.C. –hijo de A.C.R.-. Ese día, mientras R. se hallaba almorzando junto con su hijo y un empleado en la habitación de exhibición, dejando sus teléfonos apoyados sobre la mesa, en un momento dado se levantaron y se dirigieron al portón, observando en ese momento a un hombre que vestía una remera de color celeste con la inscripción “DURO DOMAR”, pantalones cortos, Fecha de firma: 17/04/2017 zapatillas blancas y anteojos de sol sobre la cabeza, quien ingresó a la parte de Firmado por: A.G.N., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.M.G., SECRETARIA #29297406#176417080#20170417165800306 exhibición y tomó los teléfonos celulares antes mencionados, por lo que R. le gritó “heyyy” y aquel se dio a la fuga corriendo. Seguidamente, A.R. subió a su rodado particular junto con el empleado para buscar a dicho individuo, con resultado negativo. En ese momento R. se comunicó con su hermana y le solicitó que rastreara el teléfono celular Iphone –ya que posee localización GPS- lo que dio que aquel se hallaba en la intersección de las calles Cucha Cucha y E. de esta Ciudad. A continuación su hermana se comunicó con el 911, arribando al local minutos después efectivos policiales, quienes se entrevistaron con R.. Así las cosas, el Cabo 1° Milocco se dirigió a la calle Campana 2425 de esta ciudad y vio que allí se encontraba el sujeto que había visto en la filmación que le fuera exhibida por R., por lo que detuvo su marcha y luego procedió a su detención.”

    Hecho III “Se le reprocha a B. el hecho ocurrido con fecha 5 de marzo de 2016, aproximadamente a las 16:50 horas, ocasión en que D.A.B. dejó correctamente estacionada la camioneta de la empresa “L Y N SERVICIOS S.R.L” sobre la calle Nogoyá 3240 de esta Ciudad, frente al supermercado “Walmart” dejando el rodado abierto y sin alarma, para hacer la entrega de mercaderías, siendo que allí que al finalizar dicha tarea, B. regresó

    al vehículo, notando que autor/es desconocido/s le había/n sustraído un teléfono celular marca Samsung, modelo G., abonado n° 15-3316-9719 de color blanco, perteneciente a la empresa Claro y un estéreo marca Pioneer, no recordando el modelo, de color negro. Momentos después, B. solicitó ver las cámaras de seguridad del supermercado, observando que un masculino que vestía una remera azul con mangas grises y una bermuda naranja, había pasado caminando junto al vehículo, siguiendo de largo, tras lo cual regresó a los pocos minutos e ingresó por la puerta del conductor, apoderándose de los elementos antes mencionados. Así

    las cosas, el día 8...

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