Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL, 21 de Abril de 2017, expediente CCC 024687/2012/TO01

Fecha de Resolución21 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 24687/2012/TO1 Buenos Aires, 21 de abril de 2017.-

Y VISTOS:

Se reúnen los miembros del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 19 de la Capital Federal, integrado por los Dres. E.C.F. -Presidente-, Liliana Noemí

Barrionuevo y D.M.M. -Vocales- y el S., Dr.

P.F.M., a fin de dictar sentencia en esta causa Nº

24.687/2012 (registro interno n° 4770) seguida contra M.N.D., sin sobrenombres ni apodos, argentino, titular del D.N.

  1. n° 29.279.888, nacido el 25 de febrero de 1982 en Ramos Mejía, Partido de La Matanza, Pcia. de Buenos Aires, hijo de C.N. y de M.E.V., soltero, enfermero, con estudios secundarios completos, con último domicilio real en Moreno 3280, piso 5°, depto. “A”, y constituido en Lavalle 1388, casillero 2141, ambos de esta Ciudad, actualmente alojado en el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, identificado con P.. Pol.

T.M. N° 24.426, con antecedentes penales registrables.-

Intervienen en el proceso, representando al Ministerio Público Fiscal, el Dr. E.C.M. y en la defensa del procesado, el Sr. Defensor Particular, Dr. P.A.P..-

RESULTA:

A) REQUERIMIENTO.

Al comienzo de la audiencia de debate se dio lectura al requerimiento de elevación a juicio de fs. 2168/2181vta., en el que Fecha de firma: 21/04/2017 Firmado por: L.N.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: D.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.F.M., SECRETARIO DE CAMARA #28186831#176358064#20170421102343909 se tuvo por acreditado, con las exigencias de la primera etapa, el siguiente hecho:

Se imputa a M.N.D. haber provocado la muerte de C.E.B. -valiéndose para ello de un arma de fuego- con el objeto de perpetrar exitosamente su fuga, tras haber intentado apoderarse ilegítimamente, mediante el empleo de tal arma y en compañía de al menos otros dos sujetos más, de los elementos de valor existentes en el domicilio emplazado en Catamarca 1155, 2° piso, dpto. “D”, de esta ciudad.

Tal episodio tuvo lugar el 2 de julio de 2012, alrededor de las 21.15 horas, oportunidad en la que D. junto a dos sujetos de sexo masculino se presentaron en el referido edificio e interceptaron en la planta baja a J.A.H. cuando se disponía a visitar a A.M.P., quien para ese entonces residía en el departamento “D” del segundo piso. En particular, D. y otro de esos masculinos lo aguardaron en la escalera, mientras que el tercero -luego de ingresar detrás de H.- permaneció en el hall de la entrada. A continuación, los dos primeros le ordenaron a H. que ascendiera al elevador y, una vez en el segundo piso, le exigieron que abriera la puerta de acceso a la vivienda de A.M.P., aunque -luego- comenzaron a ponerse nerviosos y a tocar el timbre hasta que aquella entreabrió la puerta. Tal circunstancia fue aprovechada por D. y su compañero para irrumpir en el interior de la finca y comenzar a demandar la entrega de dinero, identificándose como personal de la “división narcóticos” o de “la brigada”. En ese contexto, se oyó el timbre de Fecha de firma: 21/04/2017 Firmado por: L.N.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: D.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.F.M., SECRETARIO DE CAMARA #28186831#176358064#20170421102343909 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 24687/2012/TO1 la vivienda, por lo que obligaron a H. y P. a permanecer encerrados en una de las habitaciones, mientras que ellos se retiraron del departamento con intenciones de sustraer una computadora portátil marca “Toshiba”. Si bien uno logró de inmediato darse a la fuga (sin ningún elemento en su poder), no ocurrió lo mismo con D. pues fue interceptado en el pasillo del segundo piso por C.E.B. -hijo de Pereyra-; originándose, de tal modo, un forcejeo entre ambos. Al egresar del departamento y advertir lo que estaba ocurriendo, tanto H. como P. intervinieron para separarlos, por lo que D., con el propósito de escaparse y lograr su impunidad, efectuó tres o cuatro disparos e hirió a B. a la altura del tórax y de la mejilla izquierda, para luego retirarse por las escaleras y dañar el vidrio de la puerta de acceso al edificio al disparar contra el mismo con el arma que empuñaba. Ya en la vía pública, D. comenzó a correr detrás de un vehículo marca Fiat, modelo F., hasta que logró

ascender por la puerta trasera y huir con las demás personas que participaron en el ilícito (cuyas identidades, como se anticipó, no pudieron ser acreditadas). Una vez que tomó intervención personal de la Seccional 20ª de la Policía Federal Argentina, se procedió al secuestro de un teléfono celular marca “Blackberry” (11-3379-

8245), que se le había caído a D. en circunstancias en las que forcejeaba con B., como así también se incautó una computadora portátil marca “Toshiba” -propiedad de A.M.P.-, que se encontraba en el mismo pasillo del segundo piso en donde había tenido lugar ese forcejeo. Por su parte, tras Fecha de firma: 21/04/2017 Firmado por: L.N.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: D.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.F.M., SECRETARIO DE CAMARA #28186831#176358064#20170421102343909 efectuarse un relevamiento en los lugares donde tuvo lugar toda la secuencia delictiva, se secuestró en ese mismo pasillo una bala calibre 9mm., tres vainas servidas, dos plomos encamisados y deformados, una esquirla de metal y un juego de llaves con la inscripción “Planet Hollywood”; mientras que en la planta baja del edificio de la calle Catamarca se localizó otra vaina servida.

También se constató que el rodado marca “Renault”, modelo “Trafic”, dominio RCO-413 -propiedad de M.S.C.-, que se encontraba estacionado frente al edificio en donde se perpetró el hecho investigado, resultó dañado a raíz de un impacto de bala entre el parabrisas y la puerta del lado del acompañante. Por ello, se incautó otro plomo deformado que se hallaba alojado en ese sector. Por último, resta destacar que, tras haber permanecido por el lapso de trece días internado en el Hospital Ramos Mejía, el 15 de julio de 2012, alrededor de las 07.30 horas, se produjo finalmente el fallecimiento de C.E.B. como consecuencia de “lesiones torácicas por proyectil de arma de fuego” y “neumonía bilateral”.-

B) INDAGATORIA.

M.N.D. al ser invitado a prestar declaración indagatoria y previo ser puesto en conocimiento de las disposiciones del art. 296 del C.P.P.N., manifestó: “yo en ese tiempo me encontraba trabajando en moto-mensajería, mi jornada laboral era de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 o 19:30 horas, en horarios hasta las 15:00 o 15:30 hacía todo tipo de trámites Fecha de firma: 21/04/2017 Firmado por: L.N.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: D.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.F.M., SECRETARIO DE CAMARA #28186831#176358064#20170421102343909 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 19 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 24687/2012/TO1 administrativos, pagos, cobranzas, depósitos, pagos en efectivo.

Pasada la tarde hacía despachos y correspondencia común, despachos de mercadería en la terminal de Retiro, por lo que me resulta verdaderamente muy difícil tener que decir o recordar a cada lugar que entré, porque en el trabajo de mensajería prácticamente estamos entrando y saliendo de una empresa, oficina o de un lugar, cuatro, cinco o veinte veces en el día, montones de direcciones en el día. Yo gracias a D. tenía mucho trabajo, por eso les explico que me resulta difícil decirle con exactitud horarios a dónde fui y dónde vine, pero sí que ese mismo día lunes, que yo he extraviado el teléfono, como todos los lunes terminaba mi trabajo y con los compañeros de trabajo de 20:00 a 22:00 horas nos juntábamos a hacer partidos de fútbol en la cancha del club San Telmo en Cochabamba y Chacabuco, entre Chacabuco y Perú. Son unas canchas de “fútbol 5”, jugábamos hasta pasadas las 22:00 o 22.20 horas, depende si tenían reservada la cancha, para luego de las 22 nos quedábamos en la cuadra tomando una coca, compartiendo unas papas o un pancho y después cada uno a su casa. Ese día, como bien puedo llegar a recordar, como todos los lunes, llegaba, dejaba las cosas en mi casa, me cambiaba, agarraba los cortos y los botines y salía para la cancha, total vivía a cinco cuadras, no necesitaba llevar nada, sólo la moto. Ese día verdaderamente fui a mi casa, dejé las cosas, me fui para la cancha a encontrarme con mis amigos, jugamos hasta pasadas las 22:00 horas, como dije anteriormente, compartimos una coca, unos panchos y papas y me fui a mi casa. Como me solía pasar, al Fecha de firma: 21/04/2017 Firmado por: L.N.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: D.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.F.M., SECRETARIO DE CAMARA #28186831#176358064#20170421102343909 cambiarme, salía solamente con los papeles de la moto y la billetera, verdaderamente el celular no le daba importancia después de la hora de trabajo, lo metía en el bolso, lo dejaba cargando, lo dejaba en la campera, yo me iba a jugar. El fin de esto era distendernos un poco, esto lo veníamos haciendo casi por dos meses y medio. Es un compromiso que tuvimos todos de juntarnos a jugar a la pelota, nada más. Por lo que ese día dejo mi billetera en la campera de un amigo, la ponemos atrás del arco, me tanteo el celular, no lo tengo, verdaderamente no le di importancia, compartimos las cocas y panchos luego del partido, voy para mi casa, mi madre me había dejado un plato de comida en la heladera, comí y me decidí a buscar el celular porque le tenía que avisar a mi ex pareja que en un rato iba a estar por su casa. Busqué en el bolso y en la campera y no lo tenía, miré en la mesa de luz pensando que quizás lo dejé cargando, tampoco lo tenía, me volví a fijar en el bolso...

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