Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 7 de Abril de 2017, expediente FSA 011383/2015/TO01

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY 11383/2015 Principal en Tribunal Oral TO01 IMPUTADO: MAIZARES, E. Y OTRO

s/INFRACCION LEY 23.737 AUTOS Y VISTOS: En San Salvador de Jujuy, a los 7 días del mes de abril

de 2017, se reunió el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, para dictar sentencia en

esta causa N° 11383/2015/TO1 caratulada: “MAIZARES, E. Y OTRO

S/INFRACCION LEY 23.737”, seguida a V. argentina, nacida

el 20/09/1994 en San Salvador de Jujuy, soltera, DNI Nº 38.471.417, hija de Avelino

Maizares (f) y V., instruida, vendedora de ropa, con domicilio antes de ser

detenida en Manzana PA8, Lote 15, Bº Bajo Éxodo, Alto Comedero, San Salvador de Jujuy y

actualmente alojada en el Complejo Penitenciario Federal III y a Eliana Isabel

MAIZARES –argentina, nacida el 30/05/1993 en San Salvador de Jujuy, Provincia de

Jujuy, soltera, DNI Nº 36.226.745, hija de A. (f) y V. (v),

instruida, vendedora de ropa, quien cumple prisión domiciliaria en Manzana 166, Lote 6 s/n

del Barrio El Arenal, San Salvador de Jujuy por el delito de tenencia de estupefacientes

con fines de comercialización, previsto y penado por el art. 5 inc. “c” de la Ley 23.737.

RESULTA:

Las partes que intervienen en esta causa, el representante del Ministerio

Público Fiscal y el Defensor Oficial Dr. M., acordaron solicitar

juicio abreviado con la conformidad expresa de las imputadas, a quienes se las conoció en la

audiencia del artículo 41 del Código Penal.

El F. General pidió la pena y las imputadas prestaron conformidad sobre

la existencia del hecho, su participación, la calificación legal descripta en el requerimiento de

elevación a juicio y las penas solicitadas, con excepción de la pena de inhabilitación del art.

12 del Código Penal (ver fs. 542 y 543).

Fecha de firma: 07/04/2017 Firmado por: M.A.C., JUEZ Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: EFRAIN ASE, SECRETARIO DE CAMARA 1 #28900245#175813744#20170407120402284 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY Este tribunal admitió la prosecución del trámite por el procedimiento

abreviado y realizó la audiencia prevista en el artículo 431 bis inc. 3º del C.P.P.N. el día 30

de marzo de 2017, conforme consta a fs. 557, con la asistencia del S. del cuerpo,

doctor E..

Así, corresponde dictar sentencia en base a las pruebas obrantes en la causa,

de acuerdo al pacto de juicio abreviado.

Y CONSIDERANDO:

Primero La conducta atribuida.

En el acuerdo, el F. General se remitió al requerimiento de elevación a

juicio de fs. 308/309 que dice “…el día 7 de mayo de 2015, la Brigada de Narcotráfico de

la Policía de la Provincia de Jujuy, inició una investigación preliminar en virtud de haber

tomado conocimiento que en el Barrio 202 Viviendas de Alto Comedero, cerca de la calle

C. M. y de un Centro de Integración Comunitaria, unas mujeres de apellido

M. se dedicarían a la comercialización de estupefacientes en la modalidad de venta al

menudeo.

Con ese dato profundizaron la investigación y con fecha 22 de mayo de 2015

requisaron en la vía pública y frente a testigos a una mujer identificada como Fátima

Maizares (15 años de edad) encontrándole entre sus ropas un total de 22 envoltorios con

sustancia polvorienta que arrojó resultado positivo para cocaína. También le incautaron un

teléfono celular y la suma de $ 1.042 pesos (fs. 9).

Asimismo con fecha 4 de junio de 2015, en calle C. esquina

Pasaje 174 del Barrio 202 Viviendas de Alto Comedero, se detuvo a una pareja de jóvenes

identificados como Fátima Maizares y G., secuestrándoles un total de cuatro

(4) envoltorios con sustancia estupefaciente.

Fecha de firma: 07/04/2017 Firmado por: M.A.C., JUEZ Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.A., SECRETARIO DE CAMARA 2 #28900245#175813744#20170407120402284 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY Luego, con fecha 7 de junio de 2015, la Brigada de Toxicomanía de Jujuy,

detuvo a L. A. M. (17 años de edad) y E. I. M. en la vía

pública, y de la requisa efectuada al joven encontraron un tubo plástico con la leyenda

redoxon

conteniendo 25 envoltorios de papel con sustancia que arrojó resultado positivo

a la presencia de cocaína. En tanto que E. tenía en el interior de la cartera

que portaba una bolsa plástica con 38 envoltorios de papel similares a los antes descriptos y

tres pequeños envoltorios que tenían diez (10) papeles rectangulares cada uno y otro

envoltorio que contenía ocho (8) papeles rectangulares, conteniendo todos una sustancia

amarillenta que reaccionaron positivo a la presencia de cocaína.

Asimismo, la prevención durante las tareas investigativas, constató que a la

vivienda investigada concurrían distintas personas, que se entrevistaban con las

investigadas, realizaban un rápido entrecruce de manos y se retiraban del lugar, quedando

dicha situación registrada en CD.

Ante ello, se ordenó el allanamiento en el domicilio de los Maizares, donde se

encontraban las hermanas E. I. M. y V. N. M. y se

encontró un total de setecientos cuarenta y dos (742) envoltorios de papel conteniendo una

sustancia blanca y polvorienta que arrojó resultado positivo a la presencia de cocaína y

pesaron en total 252 gramos. También encontraron una piedra compacta de sustancia

blanquecina que pesó 48 gramos, varios recortes de papel de formato rectangular, una

carpeta con hojas de papel recortadas, cuatro teléfonos celulares, un pendrive, una bolsa

verde con un colador y un rallador y dinero en efectivo en billetes de distinta denominación

que totalizó la suma de $ 42.666 (fs. 63).

La posterior pericia química determinó que la sustancia polvorienta

secuestrada que contenían los envoltorios y las piedras compactas de sustancia

blanquecina, se trata de sulfato de cocaína (pasta base) con un grado de

concentración que oscila entre el 40 y 90 %”.

Fecha de firma: 07/04/2017 Firmado por: M.A.C., JUEZ Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.A., SECRETARIO DE CAMARA 3 #28900245#175813744#20170407120402284 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY Además de la admisión que del acontecimiento realizaran las imputadas al

momento de suscribir el acuerdo de juicio abreviado, éste se ha verificado por las pruebas

que se detallan a continuación:

  1. Acta de inicio de actuaciones preliminares de fs. 3 de la Brigada de

    Narcotráfico de Alto Comedero de esta ciudad, en la que se deja constancia de haber tomado

    conocimiento en virtud de tareas de inteligencia que, en el Centro de Integración

    Comunitaria del Bº 202 Viviendas, una persona de sexo femenino con otros masculinos se

    encontraban comercializando sustancia estupefaciente al menudeo, y que la mujer en

    ocasiones poseería la droga en su poder mientras que en otras la dejaría en lugares cercanos

    como piedras, canteros, tachos de basura, etc. Y que ello podría ser observado todos los días

    de la semana en horas de la noche. Ante lo cual se comisionó personal a inmediaciones del

    lugar para la correspondiente investigación.

  2. Nota dirigida al J. en turno comunicando las circunstancias descriptas y

    solicitando la judicialización de la causa (fs. 4).

  3. Actuaciones de fs. 8/9, 14/15 y 18/20 que dan cuenta de detenciones de

    personas que poseían en su poder estupefacientes, realizadas durante las tareas

    investigativas, entre las que se encuentran E. y otros integrantes de su familia.

  4. Fotografías del domicilio y de las personas investigadas (fs. 12 y 23/26).

  5. Acta del allanamiento practicado por personal de la Brigada de Narcotráfico

    de Alto Comedero de la Policía de la Provincia de Jujuy el día 16 de julio de 2015 en el

    domicilio sito en Manzana PA 8 Lote 15, Bº Bajo el Éxodo, Alto Comedero de esta ciudad,

    en presencia de los testigos hábiles M. y R., que corre

    agregada a fs. 42/44. Allí consta que al inicio de la medida, ante la consulta acerca de si

    poseían elementos de valor o dinero para resguardo que realizó el personal preventor a los

    presentes, E. entregó la suma de dos mil cien pesos ($ 2.100) y la madre

    de aquella –V. una mochila de color negro en cuyo interior se encontraron

    la suma de cuarenta mil doscientos sesenta pesos ($ 40.260), un teléfono celular marca

    Fecha de firma: 07/04/2017 Firmado por: M.A.C., JUEZ Firmado por: MARIO H.J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.A., SECRETARIO DE CAMARA 4 #28900245#175813744#20170407120402284 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE JUJUY “Sony” Xperia, tres memorias...

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