Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5, 4 de Abril de 2017, expediente FSM 010817/2016/TO01

Fecha de Resolución 4 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 10817/2016/TO1 M., 4 de abril de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver sobre la competencia de este Tribunal para intervenir en la presente causa FSM 10817/2016/TO1 –reg. int. 3699- seguida contra I.M.H., J.M.C., E.N.V. y C.M.M. por infracción a los arts. 170, primer párrafo “in fine”, e inciso 6° y 166, último párrafo del Código Penal.

RESULTA:

  1. A fs. 606/17, el F. de grado requirió la elevación a juicio de la causa 10817/2016, atribuyéndole a M.I.H., J.M.C., E.N.V. y C.M.M. “…haber tomado parte, mediante el empleo de arma de fuego, de la sustracción y retención de E.J.P. para obtener rescate, propósito que alcanzaron ya que lograron el cobro de la suma de veinte mil pesos ($20.000) en tal concepto antes de liberarlo”.

    Así pues, los hechos que damnificara a E.J.P., tuvieron lugar el día 25 de marzo del año 2016, alrededor de las 23:50 horas, cuando el nombrado se encontraba en la puerta del domicilio de su abuela, ubicado en la calle S.P. n° 1807 de la Ciudad de Castelar, Fecha de firma: 04/04/2017 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.T., SECRETARIA #29245674#175181605#20170410095255892 Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, a bordo de su vehículo marca Volkswagen, modelo Gol Trend, color blanco, patente MQR-421, circunstancias en que fue interceptado por otro vehículo marca Renault, modelo S.S. de color gris oscuro, cuya chapa patente empezaba con las letras MBY del que descendieron dos sujetos armados –uno con pistola y otro con revólver-, quienes lo obligaron a subir a este rodado, sentándolo en el asiento trasero junto a ellos, en cuyo interior habían otros dos sujetos, uno en el volante y el otro del lado del acompañante, descendiendo éste último para llevarse el Gol Trend de su propiedad.

    Los sujetos se comunicaban por equipos N. mientras circulaban por la Avenida Gaona y la Autopista General Paz –en ambos sentidos-, debatiendo si iban por el barrio conocido como “Fuerte Apache”, siendo obligada la víctima a permanecer con la cabeza gacha a punta de pistola.”

    En ese ínterin, el cautivo fue obligado a llamar a su progenitora, desde su teléfono celular abonado 11-2187-8553 para pedir la suma de ciento cincuenta mil pesos ($150.000)

    para que lo liberen, tras lo cual su cuñado M.A.S. hizo una llamada para negociar con los secuestradores, pactando finalmente el pago de veinte mil ($20.000) en concepto de rescate.

    Fecha de firma: 04/04/2017 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.T., SECRETARIA #29245674#175181605#20170410095255892 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 5 FSM 10817/2016/TO1 “Mientras continuaban transitando con P. por la zona del J. de M. y dialogando con su familia para indicarle el lugar de pago, el nombrado pudo observar que sus captores contaban con un vehículo Fiat Palio de apoyo tripulado por tres masculinos, vehículo que se puso a la par de la camioneta, marca Renault, modelo Kangoo de color azul, de su cuñado, en la calle S.M. de Oro y C.G. de la Ciudad de M., en el momento del cobro del rescate, para lo cual descendió uno de los masculinos de la Sandero Stepway estacionada unos metros atrás y caminó hasta la referida camioneta para cobrar la suma de dinero antes pactada.”

    Luego del cobro del rescate, ambos rodados continuaron circulando por G. en sentido a Capital y al llegar a la calle 9 de julio de Ciudadela, Provincia de Buenos Aires lo obligaron a descender de la Sandero Stepway, donde lo liberaron.

    Asimismo, les imputó a los nombrados haber desapoderado a E.J.P. “…su vehículo marca Volkswagen, modelo Trend, de color blanco, dominio MQR-421 y de su teléfono celular marca Samsung, modelo S6 Edge, pantalla táctil, de color blanco de la empresa Claro, abonado 11-2187-8553.”

    Por otro lado, se le reprochó a E.N.V. “ haber tomado parte –junto a Fecha de firma: 04/04/2017 Firmado por: M.G.D.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.T., SECRETARIA #29245674#175181605#20170410095255892 otros sujetos aún no identificados-, mediante el empleo de arma de fuego, de la sustracción y retención de J.C.C. con el propósito de cobrar un rescate para su liberación, lo cual pudo concretar antes de liberarlo, pues cobraron la suma de dos mil dólares (US$ 2.000)”.

    Asimismo, los hechos cometidos en perjuicio del nombrado “ocurrieron el día 27 de marzo del año 2016, en horas de la noche, mientras se encontraba en la cercanías...

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