Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL, 6 de Abril de 2017, expediente CCC 003363/2015/TO01

Fecha de Resolución 6 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 3363/2015/TO1 DAMENTOS del veredicto dictado el 30 de marzo de 2017, por el TRIBUNAL ORAL en lo CRIMINAL n° 13 en el marco de la causa n°

3.363/2015 seguida contra F.R.D., elevada a juicio en orden al delitos de homicidio simple en grado de tentativa (arts. 42 y 80 del Código Penal de la Nación), brindado luego de que se desarrollara el correspondiente debate.

Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal nº

13, compuesto por los Dres. E.J.G., D.L.G. y A.C., quien presidió el debate, junto con la Secretaria, Dra. M.B.L., para fallar en la presente causa n° 3.363/2015 seguida contra F.R.D., titular del documento nacional de identidad n° 4.387.259, nacido el 4 de diciembre de 1941, divorciado, P.R. n° 02877433, con domicilio real en la calle J.M. 191, 4° departamento “A” de esta ciudad, hijo de M.L.G. y de R.D., jubilado, Prontuario Policial C.

  1. 4.770.752 y domicilio constituido en la calle R.S.P. n° 1190, 4° de esta Ciudad, sede de la Defensoría Pública Oficial n°8, elevada oportunamente a juicio en orden al delitos de homicidio simple en grado de tentativa (arts. 42 y 79 del Código Penal de la Nación), Y CONSIDERANDO:

Primero

El hecho objeto del juicio y su repercusión legal.

Conforme surge del requerimiento de elevación a juicio agregado a fs. 177/182, se le imputó a F.R.D. el hecho ocurrido el 15 de enero de 2015, a eso de las 19.20 hs., en circunstancias que F.L.C., por ese entonces Fecha de firma: 06/04/2017 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #28443463#175548645#20170405111629035 encargado del edificio de la calle J.M. n° 191 de esta Ciudad, realizaba la recorrida habitual recolectando las bolsas de residuos dejadas por los ocupantes de los departamentos, se desarrolló la secuencia relatada.

Así se consignó que al llegar al piso 4°, advirtió que la luz del palier se encontraba apagada, no obstante lo cual salió del ascensor hasta el pasillo en donde fue abordado por F.R.D. -vecino del 4° “A”- quien lo había aguardado con un cuchillo en cada mano (uno de mango negro en la izquierda y otro mucho más grande, del tipo parrillero, en la derecha), con los que procedió a acometerlo a la vez que le gritaba “te voy a matar hijo de puta, te voy a matar hijo de puta”.

Que ante ello el damnificado retrocedió, logrando ingresar nuevamente en el ascensor, a la vez que eludió una puñalada que le dirigiera al pecho, a pesar de lo cual recibió un corte en un brazo, otro entre las costillas del lado izquierdo, entre otros, mientras trataba de cerrar, infructuosamente, la puerta del ascensor ante la actividad de D. que se lo impedía.

Que luego de unos instantes C. salió del habitáculo empujando a D. lo que ocasionó que ambos se cayeran, momento en que apareció P.F.I.S. -vecino del 4° “C”- quien intercedió con el agresor para que se calmara porque iba a matar al denunciante, el cual fue trasladado luego por un móvil del SAME al Hospital Durand.

Por su parte, D. se presentó ante el Ayudante de la Comisaría 10ª de La Policía Federal, P.N.B., que se había hecho presente en el lugar de los hechos, ante quien admitió haber Fecha de firma: 06/04/2017 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #28443463#175548645#20170405111629035 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 3363/2015/TO1 sido el agresor, entregando un cuchillo tipo “caza” con hoja metálica de unos 20 cm de largo, a la vez que exhibió manchas hemáticas en las manos y en su vestimenta.

En definitiva, allí se formalizó su detención, corroborándose, luego, que F.L.C. había sufrido las siguientes lesiones: “hematoma en brazo izquierdo, lesión suturada en cara posterior del brazo izquierdo y antebrazo derecho, hematomas y lesiones suturadas en hemitórax anterior izquierdo y hemiabdomen izquierdo, lesión suturada en hemiabdomen derecho, lesión suturada en el brazo derecho posterior, hematoma región lateral izquierdo de abdomen, a la vez que presentaba vendajes oclusivos en la cara anterior de la rodilla izquierda (Conforme informe de fs. 31), pie izquierdo, muslo anterior izquierdo, lesiones múltiples cortantes en pie izquierdo, lateral derecho de mano izquierda, lateral derecho del muslo izquierdo, hemiabdomen inferior izquierdo, región torácica izquierda, escapular derecha y ambas regiones oleocraneanas (constancias del Hospital Durand de fs. 55), heridas de arma blanca múltiples a nivel toracoabdominal, dorso, miembros superiores e inferior izquierdo, entre otros, detallados en la guardia de la Obra Social de Personal de Edificio de Renta y Horizontal (fs. 60).

Se calificó en dicha ocasión el hecho descripto como típico de homicidio en grado de tentativa, en calidad de autor (arts. 42, 45 y 79 del Código Penal).

Segundo Algunos pormenores del debate. La versión del imputado. La prueba recolectada.

Luego de que se diera lectura a la pieza previamente mencionada, se convocó a prestar declaración a F.R.D. al que se le recordaron los derechos y obligaciones que regían Fecha de firma: 06/04/2017 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #28443463#175548645#20170405111629035 su actividad procesal, a la vez que luego del interrogatorio relacionado con su identificación se le iba a dar la posibilidad de que prestara su declaración indagatoria en la forma de estilo y el derecho que tenía de brindarla o no o postergar dicha posibilidad sin que tal situación pudiera ser tomada en su contra.

Luego de contestar dichas preguntas manifestó su voluntad de postergar su exposición hasta escuchar a los testigos convocados, por lo que se dio lectura a la pieza de fs. 91/96.

Tiempo después y antes de que finalizara la incorporación de la prueba, D., por intermedio de su defensa, solicitó cumplir con dicho derecho, lo que así se materializó, ocasión en la que refirió habitar desde hace cuarenta años en el mismo domicilio, donde nunca antes tuvo problemas de convivencia, ni de haber protagonizado situaciones donde hubiere tenido que intervenir la policía. Que no tiene problemas ni con las drogas ni con el alcohol.

Que con el paso del tiempo, se había vuelto tímido, ermitaño, depresivo, a la vez que consideraba a F.C. como su hijo, dado que lo conocía desde hace más de veinte años, a la vez que mantenía una cordial relación de amistad que se fue enriqueciendo con el tiempo.

Que desconoce el momento exacto, aunque se lo atribuyó a una diferencia en torno a un arreglo que le hiciera de una persiana de la casa de su madre a raíz de la que se dieron los malentendidos que se transformaron en una situación inmanejable que terminó con un episodio de gran agresividad, durante el cual lo amenazó con golpear, lo insultó, lo escupió, menoscabándolo en su integridad, por lo que sintió una gran frustración puesto que no podía Fecha de firma: 06/04/2017 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #28443463#175548645#20170405111629035 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 3363/2015/TO1 creer lo que había vivido. Que a partir de dicho momento cambió su relación con el anterior, viviendo otras situaciones desagradables que también narra.

Que alrededor de las 17 horas, en el día del hecho, C. se lo llevó por delante, le pegó y le dijo “Tontito, viejo de mierda”, lo cual recayó en su persona como un disparador, por lo que al concurrir a su casa tomó un cuchillo de caza (de los que sirven para pelar peces) y se lo puso en el bolsillo, porque, sinceramente, según refirió, le tenía miedo a aquél.

Transcurrido un tiempo, se dirigió a sacar la basura y ponerla en el cuartito correspondiente, cuando se encontró al denunciante a unos centímetros, lo que lo llevó a pensar que quería lastimarlo por lo que sacó el cuchillo y lo atacó, por lo que C. buscó alejarse y se refugió en el interior del ascensor, lo que no impidió que continuara con su ataque. Aclaró que sólo tenía el cuchillo en la mano izquierda y que podría haber matado, debido a que se nubló. Que no tenía la intención de matarlo, aunque había perdido la noción de lo que estaba pasando, pues no se encontraba bien.

Que luego del hecho volvió a su departamento, se lavó

las manos, llevó a su perro a la casa de su vecino que se dedica al paseo de perros, puesto que temía no volver y esperó a la policía, los que le preguntaron que había pasado a la vez que revisaron su domicilio, encontrando el cuchillo que había utilizado.

Durante el curso del debate se le recibió declaración testimonial a F.L.C., M.I.D., J.R.M., R.M.T., así como se incorporaron por lectura los dichos de P.N.B., N.P.M., Fecha de firma: 06/04/2017 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #28443463#175548645#20170405111629035 P.F.I.S. y M.M.L., de conformidad con lo sugerido por las partes.

También lo fueron la declaración testimonial de O.R. (fs. 124); las actas de detención y notificación de derechos de D. (fs. 4) y la de secuestro (fs. 5) relativo al cuchillo de “Caza” con hoja metálica...

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