Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA, 4 de Abril de 2017, expediente FPA 011107/2015/TO01

Fecha de Resolución 4 de Abril de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ- SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

SENTENCIA N° 021/17 En la ciudad de Paraná, a los cuatro días del mes de abril de dos mil diecisiete, se constituye el Tribunal Oral Federal en lo Criminal, integrado por el Sr. Vocal titular, Dr. R.M.L.A., asistido por la Sra.

Secretaria (DDHH), Dra. V.I., con el objeto de dictar sentencia con la modalidad de fallo unipersonal, en la causa FPA 11107/2015/TO1, caratulada:

G.S.D. SOBRE INFRACCIÓN LEY 23.737

, por tratarse el presente del supuesto contemplado en el Libro III, T.I., Capitulo IV del CPPN -juicio abreviado- (art. 9 inc. “b” Ley 27.307, art. 32 apartado II, inciso 2º del CPPN, modificado por Ley 23.307; y art. 8 inc. “b” Ley 23.308).

IMPUTADO:

La causa se sigue a S.D.G., DNI 17.044.756, argentino, de sobrenombre “CACHAU”, nacido el 25/09/64, en esta ciudad de Paraná (ER), divorciado, empleado municipal, con instrucción primaria completa, domiciliado en calle Alemanes del Volga N° 261 también de esta ciudad, hijo de F.G.G. y R.R.V..

En la audiencia realizada en los términos del art. 431 bis., intervino como reprsentante del Ministerio Publico Fiscal, el F. General S. ante este Tribunal el Dr. L.A., en tanto en la defensa técnica del imptuado intervino el Sr. Defensor particular Dr. M.A. DE LA VEGA.

En ese acto el imputado, preguntado que fuera, expresó no padecer de ninguna enfermedad que le imposibilite entender lo que sucede en la misma.

REQUERIMIENTO FISCAL:

Según el requerimiento fiscal de elevación a juicio, obrante a fs. 726/733 vta., se imputa a S.D.G. ser autor del delito de ALMACENAMIENTO DE ESTUPEFACIENTES previsto en el art. 5 inc. c) de la ley 23.737.

EL CASO:

La presente causa tiene su origen el día 26/08/2015, a las 17:25 aproximadamente, en el domicilio sito en calle Alemanes del Volga Nº 261 de Paraná, Provincia de Entre Ríos, en ocasión del cumplimiento por parte del Fecha de firma: 04/04/2017 personal de Policía de Entre Ríos de una orden de allanamiento dispuesta por el Firmado por: R.L.A. , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.M.Z., SECRETARIO DE CAMARA #28121147#175552190#20170405110135105 Juez de Garantías Nº 3 de Paraná, Dr. R.B., en el marco del Legajo de Fiscalía Nº 12839 -Investigación por Homicidio Simple en grado de Tentativa-.

En tal oportunidad, la fuerza referida constató la tenencia en el patio del domicilio señalado -perteneciente a S.D.G.-, en una caja hermética de chapa, una gran cantidad de envoltorios en forma de ladrillos, conteniendo una sustancia de color verde, siendo personal de la Dirección de Toxicología -al que se le dio intervención- quien contabilizó 110 envoltorios con un pesaje inicial de 1.776 kg de marihuana. En virtud de la especie, la cantidad, las características especiales de guardado, acondicionamiento, conservación y cuidado, como el lugar en que se hallaba el estupefaciente antes señalado, la tenencia del material estupefaciente descripto lo es en la modalidad de almacenamiento. En sede judicial dicho estupefaciente arrojó un peso total de 1.772,400 kg.

ACTA DE JUICIO ABREVIADO:

En el “Acta para Juicio Abreviado”, celebrada entre el titular de la acción pública y el procesado, éste fue impuesto del hecho que se le imputa, así como de la prueba de cargo y calificación legal correspondiente, mediante lectura de la requisitoria fiscal de elevación de la causa a juicio obrante a fs. 171/173. Luego de las aclaraciones correspondientes, el imputado expresó sus deseos de acogerse al beneficio del art. 431 bis, a cuyo fin reconoció su responsabilidad en el hecho, acordando aceptar la calificación como autor de almacenamiento estupefaciente (...

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