Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL, 28 de Marzo de 2017, expediente CCC 011546/2017/TO01
Fecha de Resolución | 28 de Marzo de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 11546/2017/TO1 n la Ciudad de Buenos Aires a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil diecisiete procedo a levantar el acta correspondiente a la audiencia prevista en el art. 353 septies del C.P.P.N., según Ley 27.272, en la Causa Nro. 11.546/2017 ( Registro interno N.. 5169 )
seguida a F.S.V., de nacionalidad argentina, titular del D.N.
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N° 38.151.191, nacida el 1 de mayo de 1994 en Capital Federal, hija de F. y de R.M., de estado civil soltera, con último domicilio aportado en la calle M.N.°
2560, 8 ° piso Depto “E” de esta Ciudad, P.P.T.M.N.° 88.389 y RNR N° 03028640, en orden al delito de robo simple en grado de tentativa( arts. 42, 45 y 164 del C.P.N.). La presente audiencia es presidida por el Dr. G.G., quien resultó sorteado para resolver esta causa e integra este Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nro. 29. Interviene en representación del Ministerio Público Fiscal el Dr. H.F., titular de la Fiscalía General Nro. 27. Por la defensa lo hace el Dr. O.D. quien asiste a la nombrada V.. Acto seguido siendo las 10:30 hs, se da comienzo a la audiencia. Se preguntó a las partes si tenían alguna excepción o nulidad que plantear a lo que respondieron que no. Acto seguido se le concedió la palabra al Sr. Fiscal General, Dr. H.F. quien hizo el ofrecimiento de prueba correspondiente y se reservó el derecho de ampliar la prueba. Acto seguido la defensa mencionó que se adhería a la prueba ofrecida por el Ministerio Público Fiscal. Por lo cual el Dr. G.G. hizo lugar a la siguiente prueba, en cuanto a la Testimonial, se cite a E.P. ( fs. 9 madre de la menor damnificada ); A.B. ( testigo nuevo ); S.M.B. ( fs. 1/4 preventora); L.L. ( fs. 8 ). Asimismo en cuanto a la prueba que se incorpora por lectura y/o exhibición: acta de detención de fs. 6; acta de secuestro de fs. 7; declaraciones de los testigos de procedimiento A.A.M.F. de firma: 28/03/2017 Firmado por: R.G.G., JUEZ Firmado(ante mi) por: A.M., SECRETARIA #29455564#174961600#20170329154050397 de fs. 10 y E.L.R.G. de fs. 11; vistas fotográficas de la imputada de fs. 13; informe médico legal de fs. 20 y 41; informe social elaborado en la dependencia policial de fs. 21; informe pericial del teléfono celular de fs. 29; vistas fotográficas del celular de fs. 30/34 e informe de “ Configuraciones Centro de Tratamiento para la drogodependencia” de fs. 51/52. Luego de ello tomó la palabra el Sr. F. General quien dijo que con lo resuelto culminaría la audiencia, pero que existía la posibilidad de que en este acto se requiera la celebración del juicio oral pertinente ello siempre y cuando la defensa y la propia imputada estuvieran de acuerdo. En ese caso solicitaba se incorpore toda la prueba por lectura, a lo cual tanto el Defensor Dr. Dragonetti como la imputada V. prestaron su conformidad. El Dr. G. hace lugar a lo requerido en virtud de la conformidad prestada por las partes y la imputada presente. Acto seguido el Sr. Juez me indico proceda a leer el requerimiento de elevación a juicio de fs. 53 donde se encuentra detallada la imputación que se le endilga a la nombrada V.. Finalizada la lectura se llevo a cabo un interrogatorio de identificación de la imputada, quien dijo llamarse F.S.V., identificada con D.N.
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N°
38.151.191, ser argentina, nacida el 1 de mayo de 1994 en Capital Federal, soltera, de 22 años, dijo tener una hija de cinco años de edad, que vive con ella y sus padres. Que los sábados la niña se va a la casa de la familia del padre. Que en la actualidad no esta haciendo nada pero que tenía pensado terminar la escuela secundaria. Que habría dejado en primer año y que era su intención reiniciar este año.
Dijo que se mantenía gracias a sus padres. Que vivía con ellos en la calle M. 2560, 8 piso depto “E” de CABA. Que sabe leer y escribir y que no posee antecedentes condenatorios anteriores. Que su padre F.V. es mozo en la Confitería Plaza del C. y su madre R.M. es peluquera. Dijo tener problemas con las drogas, que estuvo internada cuatro meses en un lugar en la localidad Fecha de firma: 28/03/2017 Firmado por: R.G.G., JUEZ Firmado(ante mi) por: A.M., SECRETARIA #29455564#174961600#20170329154050397 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 29 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 11546/2017/TO1 de D., Provincia de Buenos Aires. Agregó que el tratamiento no lo finalizó, que esto había sido hace un año y medio aproximadamente.
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