Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL, 24 de Febrero de 2017, expediente CCC 070611/2015/TO01

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 70611/2015/TO1 la ciudad de Buenos Aires, el día 24 de febrero del año dos mil diecisiete, se reúnen los Sres.

Jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N° 25, D..

R.B.L. como P., y A.D.D.H. y R.G.G. como vocales, con la asistencia de la Sra. Secretaria, Dra.

P.G.B., para dictar sentencia en la causa Nº 4906/4947 del registro de dicho Tribunal, instruida en orden a los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo que concurren idealmente con el de amenazas simples agravadas por el empleo de arma (hecho I), que concurre materialmente con el delito de amenazas simples (hecho II) y con el delito de privación ilegítima de la libertad agravada por el vínculo la cual concurre idealmente con el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo (hecho III) (causa n° 4906) y amenazas coactivas, lesiones leves agravadas por el vínculo, daño y desobediencia a funcionario público, todos los cuales concursan en forma real entre sí (causa n° 4947), contra J.C.V., sin otros nombres ni apodos, de nacionalidad colombiana, titular del D.N.

  1. n° 94.941.490 y cédula de identidad colombiana CC1130627403, nacido el 13 de abril de 1984 en la Ciudad de Cali, República de Colombia, hijo de H.C. (f) y de L.V., identificado con L.S.S.P 124.709 de la Policía Federal Argentina, de estado civil soltero, de última ocupación empleado en una empresa de construcción y con último domicilio real registrado en autos en la calle Pergamino 35 de esta Ciudad y actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal N° 1 del Servicio Penitenciario Federal.

Fecha de firma: 24/02/2017 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #28850622#172774328#20170313135523893 Intervienen en el proceso la Sra. Fiscal General, Dra. D.P. y el Sr. Defensor Particular, Dr. S.D.C. asistiendo al imputado.

El Dr. R.B.L. dijo:

Y VISTOS:

Han venido estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud de los requerimientos de elevación a juicio obrantes a fs. 212/215 (causa n° 4906) y fs. 398/402 (causa n° 4947) donde se le endilgan al imputado J.C.V., los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo que concurren idealmente con el de amenazas simples agravadas por el empleo de arma (hecho I), que concurre materialmente con el delito de amenazas simples (hecho II) y con el delito de privación ilegítima de la libertad agravada por el vínculo la cual concurre idealmente con el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo (hecho III) (causa n°

4906) y amenazas coactivas, lesiones leves agravadas por el vínculo, daño y desobediencia a funcionario público, todos los cuales concursan en forma real entre sí (causa n° 4947), por los que deberá responder en calidad de autor. (arts. 45, 54, 55, 92 en función del art. 80 inc. 1°, 142 inc. 2°, 149 bis, y párrafo, 183 y 239 del Código Penal)

En base a la descripción fáctica que se formulara en las respectivas acusaciones.

CONSIDERANDO:

Primero

Que a fs. 467 y fs. 468 el imputado J.C.V. laS.F. General y la defensa de éste, solicitan se aplique en esta causa el procedimiento de "juicio abreviado"

Fecha de firma: 24/02/2017 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #28850622#172774328#20170313135523893 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 70611/2015/TO1 previsto por el art. 431 bis, del Código Procesal Penal de la Nación, introducido por la ley 24.825.

Segundo

De las pruebas recibidas durante la instrucción:

Lo expuesto en base a las siguientes probanzas arrimadas a la causa:

Causa n° 4906 -Declaración testimonial del Suboficial C.R.F. obrante a fs. 35, quien indicó que el día 12 de abril de 2016, mientras se encontraba recorriendo el ejido jurisdiccional a cargo del móvil 750 en prevención de ilícitos, siendo aproximadamente las 23:20 fue desplazado por el departamento federal de emergencias a constituirse en la calle Bolivia nomenclatura catastral 359 de esta Ciudad por un hecho de violencia de género. Al llegar al lugar tomó

contacto con la Srta. F.L.R., quien manifestó que momentos antes había sido agredida físicamente mediante golpes de puño por su pareja el cual se encontraba en el interior de la habitación que ambos compartían. Atento ello procedió a solicitarle al agresor que saliera de la habitación, quien accedió sin oponer resistencia y una vez en la vereda procedió a detenerlo y notificarlo de derechos y garantías constitucionales en presencia de testigos. Luego arribó una ambulancia del servicio SAME para examinar a la damnificada, siendo recomendado por el facultativo a cargo su traslado al Hospital Álvarez.

-Acta de detención y notificación de derechos y garantías al imputado obrante a fs. 36.

-Declaración testimonial de S.A.C. de fs. 3 y de A.A.N. de fs. 4, quienes propiciaron de testigos del Fecha de firma: 24/02/2017 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #28850622#172774328#20170313135523893 procedimiento policial que culminó con la detención del imputado.

- Denuncia realizada por la damnificada el día 30 de noviembre de 2015, ante la Oficina de Violencia Domestica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación obrante a fs. 8/11, donde relató los hechos del día 27 de noviembre de 2015. En esa oportunidad explicó que el imputado era su pareja, desde el 6 de agosto de 2015, habiendo comenzando la convivencia en el mes de septiembre. En relación a los hechos que motivaron su presentación relató que el viernes 27 de noviembre, fue en un lapso de 7 de la tarde a la 1 de la mañana, le dijo a C.V. que no quería vivir más con él, y apenas quiso agarrar una prenda, le pateó la cabeza y ahí empezó

todo el maltrato que duró hasta la 1 de la madrugada. Lo primero que hizo fue agarrar una prenda suya y como estaba en el piso, le dio una patada y la empezó a ahorcar. Le dio una serie de piñas y patadas en las costillas, en el cuerpo y demás. Luego bajó a comprar alcohol y supuestamente cocaína y ahí la dejó encerrada, cuando volvió, la dicente esperó que le abriera la puerta, pero eso no sucedió y ahí la ahorcó por segunda vez, le empezó a dar piñas en la cara, volvió a salir para comprar más alcohol, la volvió a dejar encerrada y cuando regresó siguió con los golpes, ella le dijo que se fuera o que la deje salir, no hizo ninguna de las dos cosas y ahí la ahorcó por tercera vez, la tiró

en la cama y con una mano en el cuello y con la otra le dio puños en la cabeza y le lesionó el ojo izquierdo. Se asustó porque vio que le empezó a chorrear sangre de la cabeza, ya eran casi la 1 de la madrugada y es ahí cuando le dijo, bueno hasta acá llegaste, en una crisis de llanto total le dijo Fecha de firma: 24/02/2017 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #28850622#172774328#20170313135523893 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 70611/2015/TO1 “me vas a matar, déjame salir”, ahí le abrió la puerta, sacó un bolso y la dejó salir, salió del hotel, llegó a la esquina y sintió que alguien venía corriendo y se imaginó que era él, pensó que venía a socorrerla porque le había lastimado feo y alcanzó a girar el cuerpo para ver si era él, cuando miró para atrás, de vuelta el imputado le dio una patada y le partió la mandíbula, quedó tirada en la esquina, estuvo inconsciente, fueron segundos o un minuto y cuando se reincorporó miró y ya no había nadie. Ahí

se levantó, caminó un par de pasos, se sentó encima del bolso, sangrando, llorando, confundida por el golpe en la cabeza, pasó un señor en bicicleta, que pasó de largo, después le preguntó si necesitaba ayuda, y le dijo que sí. Este hombre que la ayudó

llamó a su mujer que se dedicaba a estas cosas de mujeres golpeadas y esa señora la llevó al Hospital Álvarez. En el hospital la tuvieron en observación porque estaba muy mareada y tenía fractura de mandíbula, de nariz, dolor en la garganta, el ojo izquierdo nublado y un corte en la cabeza por medio de piñas. Previo a todo eso estando en el colectivo llegando a la casa del hermano del imputado, le empezó a decir barbaridades en el colectivo, ella le decía “decime lo que quieras, total estas borracho”

y él le respondió ¿ ah si? Cuando llego te apuñalo.

-Declaración testimonial de F.L.R. de fs. 42, realizada en sede policial en relación al hecho del día 13 de abril de 2016.

Indicó que hacía 8 meses que convivía con quien era su pareja el imputado C.V., siendo la relación muy violenta ya que solía beber y es ahí

donde se incrementaban las agresiones. Indicó que el día 13 de abril de 2016, siendo las 22.30 horas, en momentos en que ingresó a su domicilio, C.V.F. de firma: 24/02/2017 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #28850622#172774328#20170313135523893 se encontraba con un amigo y su hermano, comenzando a agredirla verbalmente, por lo que al retirarse estos dos últimos, la dicente comenzó a discutir con el imputado hasta que en un momento de la discusión comenzó a propinarle golpes de puños en el rostro (lesiones visibles a la instrucción, hinchazón en ojo izquierdo y un golpe en el labio inferior) y en el pecho, pudiendo luego correr al interior del baño, siendo seguida por el imputado comenzando a pegarle patadas en la piernas, hasta que logró

cerrar la puerta y llamar al 911, y al salir...

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