Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 3 de Marzo de 2017, expediente FPO 091000037/2008/TO01

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO Nº 91000037/2008/TO1 Posadas, 3 de marzo del año 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver sobre la Prescripción de la acción penal en esta causa FPO Nº 91000037/2008/TO1, caratulada: “S.G., PATRICIO s/INFRACCION LEY 22.362 (ART.31 INC.D)” y, CONSIDERANDO:

  1. - Que del análisis de las presentes actuaciones surge que contra P.S.G. se instruyó la causa penal ante el Juzgado Federal de Posadas, cuyo número y carátula de origen es la siguiente: N.. 2-141/06, caratulada “S.G., P. s/

    Infracciones Leyes 22.362 y 11.723”.

  2. - Que, en el requerimiento fiscal de elevación a juicio de fs. 29/31 de fecha 3 de agosto de 2006, el Señor Agente Fiscal acriminó a SOSA GONZÁLEZ la comisión del delito calificándolo de Infracción a las Leyes de Marcas y Propiedad Intelectual en calidad de autor (art. 31 inc. “d”

    de la Ley 22.362 y art 72 bis inc. “a” de la ley 11.723 y 45 del Código Penal).

  3. - Que la presente causa fue recibida por este Tribunal en fecha 17 de marzo de 2008 - fs. 36 vta.-

  4. - Que, así las cosas, a fs. 37 y con fecha 26 de marzo de 2008 se materializó la citación a juicio, siendo este acto procesal el último con entidad suficiente para interrumpir el curso de la prescripción de la acción penal (art.67, inc. d. del Código Penal).

  5. - La Sra. Defensora Oficial Dra. S.B.C.A., requirió a fs. 53 y vta., el dictado de sobreseimiento por prescripción de la acción penal en favor de P.S.G., respeto de los ilícitos atribuidos en autos, en los términos y con los alcances de los arts.

    361, 334, 335, 336 inc. 1º del CPPN, arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2º, 67 cuarto párrafo inc. “d” del CPA –modificado por el art. 1º de la ley 25990-, y art. 31 inc. “d” de la Ley 22.362 y art 72 bis inc. “a” de la Ley 11.723, arts.45 y 54 del Código Penal.

    Señaló que el último acto interruptivo de la prescripción fue la citación a juicio de fecha 26 de marzo de agosto de 2008, por lo que la prescripción de la acción penal operó el día 26 de marzo de 2014.

    A fs. 54 se ordenó requerir informe actualizado al Registro Nacional de Reincidencia –que a fs. 55 certificó la carencia de antecedentes de PATRICIO SOSA GONZALEZ-, y se pasó en vista al Ministerio Fiscal la solicitud, dictaminando en un sentido favorable a fs. 56.-

  6. - Conforme los actos procesales detallados Fecha de firma: 03/03/2017 Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.M.C., SECRETARIA...

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