Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL, 8 de Marzo de 2017, expediente CCC 011483/2017/TO01
Fecha de Resolución | 8 de Marzo de 2017 |
Emisor | TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 23 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 11483/2017/TO1 Buenos Aires, 8 de marzo de 2017.
Y VISTA:
Para dictar sentencia en la causa N°
5217, de este Tribunal Oral en lo Criminal N° 23, de conformidad con el procedimiento establecido en la ley 27.272.
El proceso fue elevado a juicio por el delito de robo en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad, respecto de F.G.Q., titular del D.N.
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N° 27.101.432, de nacionalidad argentina, nacido el día 25 de diciembre de 1978 en Almirante Brown, Provincia de Buenos Aires, hijo de P.Q. y de D.S., con prontuarios RH 250.092 de la Policía Federal y N° 2.451.373 de Reincidencia, actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal I.
Intervienen en el proceso representando a Ministerio Público Fiscal, el F. General F.C., y en la defensa del imputado, el Defensor Oficial Coadyuvante, H.S..
Y CONSIDERANDO:
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- El hecho Según la acusación, el 25 de febrero de 2017, cerca de las 9.20, F.G.Q. ingresó al kiosco de la calle V.F. 3245, de esta Ciudad, el cual era atendido por el menor N.J.J.P., y haciendo ademán de tener un arma le refirió “tirate al piso y dame toda la plata”, para después arrancar unos cables de Fecha de firma: 08/03/2017 Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: S.M.G., SECRETARIO DE CÁMARA #29468929#173392749#20170309130939295 teléfono y atar a la víctima. De esta manera tomó
varias cajas de cigarrillos, encendedores, tarjetas de teléfono y otros elementos del kiosco, para finalmente huir. El menor fue desatado por un cliente que apareció en el local y salió en búsqueda del asaltante, observando que ya había sido detenido por personal policial en la intersección de Portela y Rivadavia, de esta ciudad.
De acuerdo a mi criterio, el hecho está
probado por los dichos de la madre del menor, L.P.A. (fs. 10/11 y 53), quien explicó
las circunstancias en que su hijo había sufrido el robo, cómo lo ataron, para finalmente dar una breve descripción del ladrón. También valoré los dichos del Sargento José Luna (fs. 1/2), quien detuvo a Q. y secuestró las cosas ajenas en su poder; y de la Subinspector María Montenegro (fs. 8/9), la cual colaboró con el procedimiento.
De todo lo ocurrido se dejó constancia en las actas de fs. 3 y 4, que dan cuenta, respectivamente, de la detención de Q., y del secuestro de los elementos sustraídos. Todo esto se hizo delante de los testigos A.J.C. (fs. 6) y A.C. (fs. 7).
Completan la prueba el acta de fs. 23 que da cuenta del secuestro de los cables con lo que ataron al menor, el croquis de fs. 5, las fotografías e informes periciales de los elementos secuestrados en poder del imputado de fs. 30/36 y 37, las fotos de...
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