Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL, 13 de Febrero de 2017, expediente CCC 001870/2017/TO01

Fecha de Resolución13 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 1870/2017/TO1 la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los siete días del mes de febrero de dos mil diecisiete, a fin de celebrar la audiencia prevista en el art. 353 septies del C.P.P.N, que se registrará en el sistema de audio y video, cuyo material se anexa a la presente y forma parte de la misma, en la presente causa n° 1870/2017 ( n° interno F. 6) se constituye en la sala de audiencias de este Tribunal Oral en lo Criminal n° 24, el Sr. Juez integrante de estos estrados, Dr. Raúl H.

Llanos, quien interviene en los presentes autos, ante la suscripta Ma.

E.D.R., Secretaria de Cámara ante esta sede. Se encuentran presentes el Dr. S.V., F. General subrogante interinamente a cargo de la Fiscalía Oral n° 24, el Dr.

G.A., defensor oficial titular de la Unidad de Letrados Móviles n° 3 y el imputado G.D.R..----------

El Dr. Llanos recuerda la finalidad de la audiencia establecida en el art. 353 septies del Código Procesal Penal de la Nación, a los fines de presentar pruebas, formular posibles planteos de nulidades y excepciones, sin perjuicio de su carácter multipropósito. El Sr. Fiscal señala que por conversaciones que ha mantenido con la Defensa, entiende que si así se confirma, ofrecerá prueba y la audiencia será de debate oral. La Defensa, conforme ha conversado con su asistido así

lo solicita. -----------------------------------------------------------------------

El Sr. Fiscal General ofrece como prueba la declaración testimonial del S.D.M.O. (fs. 1/2), del C.D.G. (fs. 65) que efectuó la persecución y detención, del C.R.O.S. (fs. 67/8 y 184/5), del damnificado M.I.H. (fs. 50/1), y la de la testigo M.E.M. (fs. 85 y 118). También las actas de detención y secuestro (fs. 4 y 6) y de la entrega del teléfono celular (fs. 61), sus fotos y el peritaje (fs.

58/60), las imágenes del imputado obrantes en el legajo personal y aquellas captadas por la División de Monitoreo de Imágenes de la PFA agregadas a la causa.

---------------------------------------------------La Defensa adhiere a la Fecha de firma: 13/02/2017 Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.D., SECRETARIO DE CAMARA #29340588#171280991#20170210132711387 ofrecida por la Fiscalía y solicita además que se incorporen la declaración del Sargento D.M.M. (fs. 70/1) y los reconocimientos en rueda de personas (fs. 117/8). En cuanto a las imágenes entiende que resulta suficiente aquella que identifica la calle M.G. 594 y su intersección con la calle A. que es la que capta la secuencia vinculada con el hecho de autos.-----------------------------------------------------------------------------

El Sr. Presidente, además de las ofrecidas por las partes, dispone la incorporación del informe socioambiental y la certificación de antecedentes, transformando la audiencia en una de juicio oral y público, conforme peticionaron las partes. Seguidamente se recuerdan a R. los derechos que le asisten, dándose lectura al requerimiento de elevación a juicio de fs. 158 en lo pertinente. Se da por abierto el debate y se incorpora la prueba conforme la petición de las partes.

---Pasa ante el estrado G.D.R., argentino, de 28 años, nacido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, soltero, con domicilio anterior a su detención en México 954, habitación 1 de esta Ciudad, donde residía junto a sus hermanos. Posee estudios secundarios incompletos – segundo año-. En el aspecto laboral indica que trabajó en una fábrica de arneses, en un hotel en la calle Tacuarí, en la Rural en tareas de limpieza, y por último –desde julio a diciembre de 2016- en tareas de embalaje en una fábrica de artículos de bazar sita en la calle Saladillo al 2200 donde ganaba entre ocho mil y diez mil pesos mensualmente. Ingresó por agencia y lo dieron de baja. Carece de obra social y no cobra subsidio alguno. En lo personal, no tiene pareja actualmente. Por último señaló que tuvo problemas de adicción en su juventud, pero no en la actualidad. Las partes no realizan preguntas adicionales sobre cuestiones personales.

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En relación a la imputación de autos G.D.R. indica que su deseo es PRESTAR DECLARACIÓN, y así manifiesta “que estaba sólo en la causa, lo increpé a H.. El y su compañero. No sabe de una tercera o cuarta persona”. Asimismo señala que quiere Fecha de firma: 13/02/2017 Firmado por: R.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.D., SECRETARIO DE CAMARA #29340588#171280991#20170210132711387 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 24 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 1870/2017/TO1 hacer una denuncia respecto de hechos ocurridos en su lugar de alojamiento y el Complejo Penitenciario Federal 1. Señala que cuando la causa estaba en el juzgado de instrucción había dicho que tenía inconvenientes, que lo trasladaran por problemas con CPF 1 y CPF 2.

Lo obligaron a firmar un acta que decía que se golpeó y no fue así.

Ayer tuvo otro inconveniente, lo golpearon personal del Servicio Penitenciario Federal y otros internos. No sabe qué pena recaerá. Pide que se considere su desesperación, que lo que sea de pena, lo quiere hacer bien. Se...

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